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Se tramitan asuntos civiles, mercantiles, laborales, familiares, juicios de amparo, penales, jurisdicción voluntaria, administrativos y diversos trámites legales

28/04/2026
28/04/2026
27/04/2026

⚖️📄 ¿Sabes cómo iniciar una demanda civil?

Dar el primer paso en un proceso legal puede parecer complejo 👀, pero conocer cada etapa hace la diferencia.
Desde la preparación de tu demanda hasta la sentencia, todo sigue un proceso claro y ordenado 🧾📂

🧠 Informarte es clave para ejercer y defender tus derechos.

👀 Descubre en esta guía paso a paso cómo hacerlo correctamente.

27/04/2026
27/04/2026

⚖️ ¿CUÁNDO HAY INSUFICIENCIA PROBATORIA EN MATERIA PENAL?

En el sistema penal acusatorio no basta con señalar… hay que probar.

📌 La insuficiencia probatoria se presenta cuando:
✔️ No existen pruebas de cargo, o
✔️ Las pruebas son mínimas o irrelevantes para acreditar el hecho o la responsabilidad.

👉 En otras palabras:
La Fiscalía no cumple con su carga de la prueba.

⚖️ ¿Qué implica esto jurídicamente?

🔹 Existe un vacío probatorio
🔹 No hay elementos suficientes para generar convicción en el juez
🔹 Ni siquiera hay un verdadero conflicto entre hipótesis

🧠 Estado del juez:
👉 Falta de base probatoria
👉 Imposibilidad de construir certeza

⚖️ CONSECUENCIA:
Se activa la presunción de inocencia como regla probatoria

✔️ Resultado: ABSOLUCIÓN

📌 Porque en derecho penal:
Ningún tribunal puede condenar en vacío.

⚠️ Entender esto es clave:
No se trata de “defender culpables”,
se trata de respetar las reglas del debido proceso y garantizar que solo se condene con prueba suficiente.

⚖️ La justicia no se basa en sospechas…

Myrelle Lozoya
Magistrada penal

21/04/2026
17/04/2026

LA ULTIMA VEZ QUE SE APLICÓ LA PENA DE MUERTE EN MÉXICO 🇲🇽

La tarde del 17 de junio de 1957 fue la última vez que se aplicó en México la pena de muerte a civiles.

Se ejecutó a Juan Zamarripa, quien cometió el delito de violación y homicidio en contra de la niña Ernestina Leyva, en el año de 1950, en la comunidad de Pótam.

El otro ejecutado esa tarde fue Francisco Ruiz Corrales, quien violó y estranguló a la niña María de la Luz Margarita Mendoza Noriega, quien tenía seis años de edad.

Ello ocurrió en la Penitenciaría de la ciudad de Hermosillo, cerca del Cerro de la Campana y actualmente convertida en museo, donde dos infanticidas fueron llevados al paredón de fusilamiento.

En ese tiempo, el Código Penal del Estado de Sonora contemplaba la pena de muerte para delitos extremadamente graves, especialmente cuando involucraban:

• Homicidios particularmente atroces (como en el caso de niñas violadas y asesinadas en 1957)
• Asesinatos múltiples
• Crímenes con sevicia (crueldad excesiva)



Código Penal de Sonora (1949), artículo 254:

“Al autor de parricidio, o de homicidio calificado por asalto, plagio, premeditación, alevosía o traición, se le aplicará la pena de muerte. Basta, pues, una sola de las calificativas expresadas para que proceda imponer la pena de muerte al autor o autores de homicidio.”

Ambos hombres fueron sentenciados a muerte por violar y asesinar a una niña de 11 años.
• El gobernador Álvaro Obregón Tapia (hijo del expresidente) rechazó conceder el indulto, que era la última vía para evitar la ejecución.
• El fusilamiento se realizó en el Cuartel Militar de Hermosillo el 17 de junio de 1957.
• Fue la última ejecución civil en México.

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