09/06/2022
SUCESIÓN TESTAMENTARIA O INTESTAMENTARIA
¿QUÉ PASA SI NO OTORGO TESTAMENTO?
En el supuesto de no dejarse un testamento, la ley establece quiénes serían los herederos y en qué proporción. Esta situación puede provocar que la familia del difunto enfrente gastos elevados, pérdida de tiempo y en ocasiones conflictos entre aquellas personas que consideren tener derecho a recibir los bienes, pues tendría que tramitarse un juicio sucesorio ante el juzgado de lo familiar para determinar el reconocimiento de herederos que en muchas ocasiones puede no coincidir con la voluntad de la persona que falleció y que no formuló testamento alguno.
CON TESTAMENTO
Los herederos acuden a la notaría o también podrán hacerlo vía judicial.
Se realiza la búsqueda del testamento y se apertura.
Se nombra al albacea que decidiste en tu testamento.
Se hace un inventario y avalúo de tus bienes.
Administración de bienes.
Repartición de bienes para los herederos.
Se cumple tu voluntad
SIN TESTAMENTO
Se inicia un juicio sucesorio intestamentario.
Se cita a los herederos, se convoca a los posibles herederos y finalmente se hace una declaración de herederos.
A falta de testamento heredan los:
· Descendientes
· Cónyuges, concubin@
· Ascendientes
· Parientes colaterales hasta el cuarto grado.
Se designa un albacea.
Se hace un inventario y avalúo de tus bienes.
Administración de bienes.
Se realiza un proyecto de partición de bienes, un acuerdo y resolución sobre este.
Adjudicación de los bienes a los herederos.
Sabías que…
Si realizas tu testamento aparte de proteger tu patrimonio también puedes proteger a tus hij@(s) y seres queridos
Si tienes hij@(s) menores de 18 años o incapaces jurídicamente, es conveniente designarles un tutor o tutora en el Testamento.
Puede ser cualquier persona, que se encargará de la guardia, custodia y representación, en caso de que ambos padres fallezcan.
En ningún momento puede disponer de los bienes, salvo autorización del juez.
Puedes nombrar también a un Curador, quien vigilará la conducta del tutor(a).
Si la tutela recae sobre una persona menor de edad se extinguirá cuando esta cumpla los 18 años
También puedes designar un sustituto en caso de que el tutor designado fallezca antes o al mismo tiempo que los padres.