Consultoria Jurídica del Estado de México FF&A

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“La justicia no nace para servir a unos cuantos, existe para estar al servicio del pueblo.”Hoy se cumplen cinco años des...
02/02/2026

“La justicia no nace para servir a unos cuantos, existe para estar al servicio del pueblo.”

Hoy se cumplen cinco años desde que la Consultoría Jurídica del Estado de México comenzó como comienzan los sueños que valen la pena… en silencio, con miedo, con dudas… y muchas veces, sin la confianza de otros.
En ese momento no había clientes, no había reconocimiento, no había garantías. Había solo un escritorio, una oficina vacía y una decisión firme… empezar, aun cuando muchos dudaban de que fuera posible…

Esta fotografía fue tomada el primer día.
Un día que parecía pequeño, pero que hoy representa el acto más valiente de todos, creer en uno mismo cuando pocos lo hacen. No se ven los desvelos, los errores, los tropiezos ni las veces en que se pensó rendirse; se ve la determinación de quien entiende que todo proyecto grande nace desde la nada.

Estos cinco años han sido años de cambios necesarios, sacrificios y aprendizaje constante.
Hemos tenido tres oficinas funcionando al mismo tiempo, recorrido más de nueve estados de la República y atendido a más de cien clientes, demostrando que, aunque muchos no confiaban al inicio, la constancia terminó demostrando lo contrario.

Hoy, ese escritorio ya no está solo.
Esa oficina ya no está vacía.
La firma continúa transformándose, ampliando su visión y ofreciendo servicios legales, contables, administrativos y fiscales, siempre con la firme idea de evolucionar sin perder el propósito con el que se inició.

Durante estos cinco años, la consultoría se ha mantenido fiel a su lema y a su esencia, ejerciendo el derecho con carácter social, entendiendo que la justicia no debe ser un privilegio, sino una herramienta al servicio de las personas. Este carácter social no es casualidad, es resultado de la formación y educación social con la que fui formado por mi alma mater, el Centro Universitario Tlacaelel, institución que sembró la convicción de que el conocimiento jurídico debe ponerse al servicio de la comunidad y de quienes más lo necesitan.

El agradecimiento es profundo e infinito para todos los colaboradores que han pasado por este camino y han aportado su granito de arena para construir este sueño. A quienes creyeron desde el inicio, a quienes siguen creyendo hoy, a los primeros clientes que confiaron cuando no había trayectoria que mostrar, y a los compañeros, colegas y estudiantes que se han ido sumando a esta lucha diaria, su convicción ha sido parte fundamental de este logro.

Y a quienes hoy están pensando en abrir una oficina, comenzar un despacho o emprender un proyecto propio, este mensaje es para ustedes…

“No esperen el momento perfecto, porque no existe”… Empiecen con lo que tengan y desde donde estén. Una oficina vacía no es un fracaso, es el punto de partida. Que la duda de otros no sea un freno, sino un impulso. La constancia, el trabajo diario y la disciplina siempre terminan hablando más fuerte que cualquier opinión.

Este aniversario no solo celebra cinco años de trabajo; celebra la valentía de no rendirse, de adaptarse y de avanzar aun cuando el camino se vuelve difícil. Porque todo lo que hoy es realidad, alguna vez fue solo eso: un sueño, una oficina vacía y muchas ganas de lograrlo.

Que esta imagen nunca deje de recordarnos de dónde venimos y hacia dónde vamos.

Lic. Osmar Daniel Fuentes Francisco
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“Se Violenta el Estado de Derecho Internacional”🇺🇸🌎🗺️🗽💣🧨🧭🇻🇪Desde una perspectiva estrictamente jurídica y conforme a los...
03/01/2026

“Se Violenta el Estado de Derecho Internacional”
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Desde una perspectiva estrictamente jurídica y conforme a los principios rectores del Derecho Internacional Público, la detención del Jefe de Estado de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro, así como de su esposa, y cualquier acción militar o intervención extranjera en su contra, constituyen una grave vulneración al orden jurídico internacional, particularmente a la Carta de las Naciones Unidas, al Derecho Internacional Consuetudinario y a los principios que rigen la convivencia pacífica entre los Estados.

El principio de soberanía de los Estados, consagrado en el artículo 2, numeral 1, de la Carta de la ONU, reconoce la igualdad soberana y la autodeterminación de los pueblos. Este principio impide que cualquier Estado extranjero ejerza actos de dominación política, económica o militar sobre otro, bajo cualquier pretexto. La injerencia directa o indirecta en la conducción política de Venezuela representa una negación de su condición de sujeto soberano del Derecho Internacional.

En este mismo sentido, el principio de no intervención, establecido en el artículo 2, numeral 7, de la Carta de la ONU, prohíbe de manera absoluta la intromisión en los asuntos internos de los Estados. La promoción, financiamiento o ejecución de acciones destinadas a derrocar, detener o deslegitimar a un gobierno extranjero excede cualquier marco jurídico permitido y configura una intervención ilícita.

Desde el ámbito del Derecho Internacional Penal, resulta indiscutible que los jefes de Estado en funciones gozan de inmunidad personal (inmunidad ratione personae) frente a la jurisdicción penal extranjera, conforme a la jurisprudencia consolidada de la Corte Internacional de Justicia, particularmente en el caso Arrest Warrant (RDC vs. Bélgica). Dicha inmunidad se extiende mientras el cargo se encuentre vigente y solo puede ser limitada por tribunales internacionales competentes, en estricto apego a los tratados aplicables, lo cual no puede ser sustituido por acciones unilaterales de Estados extranjeros.

Por otra parte, cualquier ataque militar contra la República Bolivariana de Venezuela constituye una violación directa del artículo 2, numeral 4, de la Carta de la ONU, que prohíbe el uso o la amenaza del uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de un Estado. La invocación unilateral de supuestas justificaciones humanitarias o de seguridad carece de validez jurídica si no existe autorización expresa del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas o un supuesto real y comprobable de legítima defensa conforme al artículo 51 del mismo instrumento.

Adicionalmente, la intervención que Estados Unidos ha ejercido en los asuntos internos de Venezuela no puede analizarse de forma aislada del contexto económico y estratégico internacional. Desde una perspectiva jurídico-política, dicha intervención revela una finalidad ajena a la protección del Derecho Internacional o de los derechos humanos, orientándose más bien a la obtención de beneficios geoestratégicos y económicos, particularmente el control indirecto de un Estado con una de las mayores reservas de petróleo del mundo.

Esta conducta resulta incompatible con el Derecho Internacional, pues pretende subordinar la soberanía venezolana a intereses extranjeros, configurando una forma contemporánea de dominación o neocolonialismo, prohibida por los principios de autodeterminación de los pueblos y de independencia política de los Estados. El intento de condicionar el destino político de Venezuela para convertirla en un Estado dependiente o funcional a intereses externos vulnera no solo la Carta de la ONU, sino también los principios fundamentales del sistema internacional posterior a la descolonización.

Finalmente, permitir que un Estado actúe unilateralmente con base en su poder económico o militar, al margen de los mecanismos multilaterales, erosiona el Estado de Derecho internacional y sustituye el imperio de la ley por la lógica de la fuerza, sentando un precedente peligroso para la estabilidad y la paz internacionales.

En conclusión, tanto la detención del Presidente de Venezuela y su esposa, como un ataque militar o la intervención de Estados Unidos con fines de control político y aprovechamiento de recursos naturales, carecen de sustento jurídico, vulneran principios esenciales del Derecho Internacional y constituyen una amenaza directa al sistema jurídico internacional que la comunidad de Estados está obligada a preservar.

CJEM
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11/08/2025

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29/04/2025

Gracias por la confianza en la Consultoria Jurídica del Estado de México FF&A ...🤝
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07/03/2025

Materia: Agraria 🐎

Se lleva a cabo Levantamiento Geodesico y Topografico en la Comunidad de Santa Isabel "Atenayuca" Puebla, Muchas gracias a nuestro equipo de Ingenieros a cargo del Arquitecto David Aranda, toda una experiencia el colaborar en Pro de Bienes Comunales.

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05/03/2025

"El Pasante perfecto no es el que llega temprano y se va tarde de la oficina, si no aquel que pone todo su conocimiento, esfuerzo y corazón a su trabajo"...

Un gran reconocimiento a nuestra Pasante en Derecho Mcn Alejos de la Consultoria Jurídica del Estado de México FF&A por tu compromiso y dedicación sin desistir a pesar de los retos día a día...!!!

Seguros de colaborar para que la sociedad tenga Abogados más humanos y comprometidos con su sociedad.!!
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