02/07/2024
Aquí les dejo las 10 cosas que me preguntan comúnmente en una asesoría de un divorcio y pensión alimenticia.
1. Basta con que una de las parte se quiera divorciar para que el Juez Familiar lo conceda. Ya se acabó eso de: "No te voy a dar el divorcio".
2. Si te casaste por bienes mancomunados, los bienes se tienen que dividir por partes iguales en el divorcio. (Excepto las donaciones, herencias y por las generadas por la fortuna).
3. Si te casaste por bienes separados puedes solicitar una indemnización de hasta el 50% de los bienes, siempre y cuando te hayas dedicado preponderantemente a las labores del hogar y exista una desproporción económica entre lo que generaste en comparación con lo que generó tu pareja.
4. La guarda y custodia puede quedar a cargo de cualquiera de los dos padres o compartir la custodia (poco recomendado).
5. El padre que no tenga la guarda y custodia, tiene derecho a convivir con sus hijos y ellos tienen derecho a convivir con él.
6. El padre que no tenga la guarda y custodia debe proporcionar pensión alimenticia a sus hijos.
7. No existe un monto fijo en la ley a pagar por concepto de pensión alimenticia. Se fija dependiendo las necesidades de los hijos y de los ingresos del deudor alimentario. (Se toma en cuenta si tiene otros dependientes económicos)
8. La pensión alimenticia debe cubrir: comida, vestido, habitación, atención médica, hospitalaria, educación, esparcimiento, etc. Es muy raro el caso que cubre todos esos conceptos.
9. La pensión alimenticia es irrenunciable, inalienable, imprescriptible. En resumen, la deuda que se vaya generando siempre se va a tener. Además no cumplir con esa obligación es un delito.
10. La pensión alimenticia no es 50% y 50% cada padre. Es totalmente ilógico que se pretenda que el padre que ostenta la guarda y custodia, además tenga que salir a buscar ese otro 50% de la pensión, mientras que el padre que no tiene la custodia, sólo se dedique a trabajar. Aunque desafortunadamente así es como suele suceder en nuestro país.
Cualquier otra duda que tengan, con gusto podemos ampliar la publicación.