20/11/2023
💰👉🏼¿Sabias que? Cuando inicias un Procedimiento Oral de Alimentos para solicitar una pensión alimenticia en favor de tus hijos, el Juez de lo Familiar fijara una pensión alimenticia provisional en favor tus menores hijos.
👀 Esto quiere decir que no necesariamente debes esperar a que mediante una Sentencia Definitiva o un Convenio entre ambas partes, se deba establecer una pensión alimenticia para que tus hijos puedan percibir dicho concepto, debido que, a partir en que el Juez conozca de la demanda que has presentado, establecerá una Pensión Alimenticia Provisional, en base a las necesidades y capacidades económica de los deudores alimentistas (padre y madre).
⚖️Pensión provisional que es fijada al inicio del Procedimiento Judicial por el Juez de lo Familiar Oral, mediante un porcentaje en base al salario diario o quincenal que perciba la padre o madre que no se dedique al cuidado de los hijos y en caso que el deudor alimentista, no cuente con un salario comprobable (asalariado), muchas veces esta pensión provisional es fijada en base al salario mínimo diario de la región.
Además que cuando la pensión alimenticia que se fija al deudor alimentista, es conforme a un porcentaje en base su salario diario o quincenal y este mismo además percibe prestaciones de ley como aguinaldo, prima vacacional, utilidades, bonos o cualquier ingreso por parte de su patrón, estas prestaciones de ley también sufrirán un rebaje por parte del patrón con el que trabaje el deudor, en base al porcentaje fijado por el Juez, por el concepto de pensión alimenticia provisional, ello con la finalidad de proteger el interés superior del menor.
🤝🏼Si tienes alguna duda o deseas que te representemos para solicitar una pensión alimenticia en favor de tus hijos, no dudes en contactarnos vía WhatsApp o Facebook.
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