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23/07/2026

Pregunta retadora para que acciones 🥊 ¿Cuántas de sus empresas registran sus activos intangibles en su contabilidad? ¿Cuánto valen? ¿Es de ellas?

🚀 ¡Los activos intangibles ya son el principal motor de creación de valor en la economía mundial!

💰 Por primera vez en la historia, la inversión global en activos intangibles superó los 10 billones de dólares. Además, desde 2008 ha crecido más de tres veces más rápido que la inversión en activos tangibles y hoy representa casi el 13% del PIB de las economías analizadas. 📈

Pero… ¿qué son realmente los activos intangibles? 🤔

Son aquellos activos cuyo valor proviene del conocimiento, la innovación y la reputación de una empresa, por ejemplo:

🔬 Investigación y desarrollo (I+D)
💻 Software y bases de datos
🏷️ Marcas
🎨 Diseño
🧠 Know-how organizacional
🛡️ Propiedad intelectual

📊 Algunos de los hallazgos más relevantes del informe World Intangible Investment Highlights 2026 son:

🇺🇸 Estados Unidos mantiene el liderazgo mundial con cerca de 5 billones de dólares invertidos en activos intangibles.

🥈 Japón ocupa el segundo lugar, seguido por 🇩🇪 Alemania.

🌏 India y Filipinas destacan entre las economías con el crecimiento más acelerado en este tipo de inversiones.

🏷️ La inversión en marcas ya supera 1 billón de dólares, consolidándolas como uno de los activos estratégicos más valiosos para cualquier empresa.

🤖 La inteligencia artificial está acelerando la creación, explotación y valorización de los activos intangibles, haciendo aún más relevante su adecuada protección jurídica.

⚖️ ¿Qué significa esto para las empresas?

Hoy, el valor de una organización ya no depende únicamente de sus fábricas, maquinaria o inmuebles. Cada vez más, su ventaja competitiva reside en sus marcas, tecnología, software, bases de datos, innovación, reputación y demás activos de propiedad intelectual.

🔒 Protegerlos, administrarlos estratégicamente y convertirlos en una fuente de valor económico ya no es opcional: es una necesidad para competir en la economía del conocimiento.

📥 Descarga el estudio completo aquí:
👉 ⁠World Intangible Investment Highlights 2026

📚 Fuente:
🌐 ⁠Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI/WIPO) – World Intangible Investment Highlights 2026

💬 ¿Tu empresa está invirtiendo en desarrollar y proteger sus activos intangibles o sigue enfocando su estrategia únicamente en activos físicos?

17/07/2026

¿Dos personajes se parecen solo porque tienen el mismo nombre? 🎭⚖️

No necesariamente.

La Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual del Tribunal Federal de Justicia Administrativa sostuvo que, para determinar si dos personajes generan semejanza en grado de confusión, no basta comparar sus nombres.

El análisis debe realizarse de manera integral, considerando:

✅ El nombre del personaje.
✅ Sus características físicas.
✅ Sus rasgos psicológicos.
✅ La semejanza gramatical, fonética, visual o conceptual.
✅ La impresión general que producen los personajes en su conjunto.

El criterio también reconoce que pueden aplicarse, por analogía, ciertos principios utilizados en materia de marcas para evaluar la similitud entre signos distintivos, pero sin perder de vista que la reserva de derechos al uso exclusivo tiene naturaleza y características propias.

En consecuencia, un registro puede negarse cuando la identidad o semejanza entre personajes pueda inducir a error o confusión respecto de una reserva previamente otorgada o en trámite.

La enseñanza práctica es clara: la protección de un personaje no descansa únicamente en su nombre, sino en la combinación de los elementos que construyen su identidad.

📌 Criterio aislado: IX-CASE-PI-18
📌 Rubro: Reserva de derechos al uso exclusivo. Análisis de semejanza en grado de confusión tratándose de personajes humanos de caracterización, ficticios o simbólicos.
📌 Órgano: Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual del TFJA.
📌 Expediente: Juicio Contencioso Administrativo Núm. 2093/25-EPI-01-8.
📌 Fecha de resolución: 27 de febrero de 2026.
📌 Publicación: Revista del TFJA, Novena Época, Año V, Núm. 53, julio de 2026, pp. 143-144.

Fuente oficial: Revista del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, Núm. 53, julio de 2026.

17/07/2026

¿Las capturas de pantalla hacen prueba? 📲⚖️

Sí, pero no cualquier captura ni en cualquier circunstancia.

La Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa determinó que la copia certificada de una captura de pantalla del Modelo de Administración Tributaria (MAT) constituye un medio de convicción idóneo para acreditar el domicilio fiscal del contribuyente a la fecha de presentación de una demanda.

¿Por qué tiene valor probatorio?

✅ Proviene de una base de datos oficial administrada por el SAT.
✅ Contiene información proporcionada por el propio contribuyente al inscribirse o actualizar sus datos en el RFC.
✅ Es certificada y emitida por un funcionario competente.
✅ Cumple con condiciones de autenticidad, certeza y vinculación con los hechos controvertidos.
✅ Puede adquirir el valor de documento público, aun cuando su emisión sea posterior a la presentación de la demanda.

La precisión es importante: el criterio no establece que toda captura de pantalla tenga automáticamente valor probatorio. Su eficacia dependerá de su origen, autenticidad, certificación, integridad y relación directa con los hechos que se pretenden demostrar.

📌 Criterio: IX-P-2aS-683
📌 Rubro: Incidente de incompetencia por razón de territorio. La copia certificada de la captura de pantalla del Modelo de Administración Tributaria (MAT) debe tenerse como medio de convicción idóneo para acreditar el domicilio fiscal del actor a la fecha de presentación de la demanda.
📌 Órgano: Segunda Sección de la Sala Superior del TFJA.
📌 Publicación: Revista del TFJA, Novena Época, Año V, Núm. 53, julio de 2026, pp. 126-127.

🔗 Fuente oficial:
https://www.tfja.gob.mx/media/media/biblioteca/revistas/2026/Rev_TFJA_Jul_2026.pdf

Vamos México!!! 🇲🇽🇲🇽🇲🇽R1OS Abogados le va a México.
11/06/2026

Vamos México!!! 🇲🇽🇲🇽🇲🇽
R1OS Abogados le va a México.

⚽ Mundial FIFA 2026: ¿qué pasa el 11 de junio en la CDMX?Se publicó en el DOF un decreto presidencial con medidas por la...
11/06/2026

⚽ Mundial FIFA 2026: ¿qué pasa el 11 de junio en la CDMX?

Se publicó en el DOF un decreto presidencial con medidas por la inauguración del Mundial. Esto es lo esencial:

✅ Servidores públicos federales en CDMX: teletrabajo o esquemas flexibles (salvo servicios esenciales).

✅ Empresas privadas: se les invita a aplicar home office ese día en actividades no esenciales —no es obligatorio—.

✅ Escuelas: clases suspendidas el 11 de junio en educación básica y en planteles de nivel medio superior y superior de la SEP en CDMX, públicas y privadas.

29/05/2026

En cosas importantes en el ámbito jurídico... Y pocos días del inicio del Mundial:

¡El Tequila ya tiene su día nacional oficial! 🇲🇽🥃

Hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación ( ) el Decreto por el que se declara el 24 de julio de cada año como el "Día Nacional del Tequila".

Más allá de la celebración cultural, el tequila es un pilar fundamental de la propiedad industrial en México. Al ser una Denominación de Origen (DO), representa un caso de éxito global en la protección de activos intangibles, regulaciones de calidad y defensa jurídica frente a la competencia desleal internacional.

Este decreto no solo rinde homenaje a una tradición, sino que consolida la relevancia jurídica y económica de una industria que lleva el nombre de México a todo el mundo.

14/05/2026

🚨👉 Hoy se publica (por fin) las reformas a la Ley Fed Trabajo y la Ley Federal del Derecho de Autor:
https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5787418&fecha=14/05/2026 .tab=0
Una reforma (otra mas) regresiva en materia del derecho a la propia imagen. Además, contiene disposiciones en materia de inteligencia artificial relacionadas con el uso de voz, imagen, etc. de artistas intérpretes o ejecutantes. En breve les compartiremos un análisis profundo de la iniciativa y el impacto que tiene. Pendiente

Buena lectura en materia de IA + Ds de Autor. Se protegen los outputs a partir de los prompts? Respuesta sí, en Alemania...
23/03/2026

Buena lectura en materia de IA + Ds de Autor. Se protegen los outputs a partir de los prompts? Respuesta sí, en Alemania. Puede servir de guía para nuestro país.

Título: Matices sobre la Propiedad Intelectual y la Inteligencia Artificial

Ante el auge de las herramientas generativas, la jurisprudencia internacional comienza a trazar fronteras necesarias. Analizamos los criterios de la sentencia 142 C 9786/25 del Tribunal de Múnich:

¿Es posible proteger arte creado con IA? Sí, siempre que la IA sea una herramienta auxiliar y no el motor independiente de la creación.

El límite de lo protegible: Si la ejecución final depende de las reglas técnicas del software y no de instrucciones humanas "suficientemente individualizadoras", la obra carece de originalidad legal.

La irrelevancia del proceso técnico: El carácter iterativo (pedir cambios una y otra vez) no garantiza autoría si las peticiones siguen siendo generales o abiertas.

La esencia del Derecho de Autor: La protección se reserva para el "toque personal". Sin este, estamos ante un diseño predeterminado por un algoritmo.

En la intersección entre la técnica y la ley, la clave no es la herramienta, sino quién toma las decisiones que condensan la originalidad. Y dejar esa impronta para que se surja la originalidad que es un requisito para que se otorgue protección. la luz de la Ley Federal del Derecho de Autor.

Fuente: Expansión (Marzo, 2026)
👉

Desde que el mundo es mundo, el ser humano ha dado muestra de una incontenible pulsión creadora de la que quedan restos en todos los lugares donde alguna vez se ha establecido (de...

19/02/2026

⚠️🚨 Nuevos Lineamientos PROFECO sobre Venta de Boletos para Conciertos Masivos (DOF – Febrero 2026)

🎟️ Alcance de la regulación;

📢 Obligaciones clave de información (ANTES de iniciar la venta)

Los proveedores deberán publicar, al menos 24 horas antes, información clara y verificable sobre:
• Fecha, horario, recinto y artistas principales.
• Términos y condiciones, incluyendo políticas de cancelación y reembolso.
• Plano del inmueble con:
• Secciones identificadas (VIP, general, gradas, etc.).
• Número de asientos disponibles por zona.
• Precio total por sección, visible desde el inicio.
• Procedimiento de devolución en caso de cancelación, que deberá:
• Reintegrar el monto pagado.
• Incluir bonificación mínima del 20% cuando proceda conforme a la LFPC.



💰 Regla central: Precio Total Transparente (sin “cargos sorpresa”)
• El precio exhibido debe incluir impuestos, comisiones, cargos y cualquier costo adicional.
• El monto anunciado no puede incrementarse al finalizar la compra.
• Servicios adicionales solo podrán cobrarse si el consumidor los acepta expresamente (sin casillas preseleccionadas).
• Los paquetes VIP deben describir claramente qué incluyen.



⚖️ Prohibiciones comerciales relevantes

Se prohíben prácticas como:
• Publicidad ambigua o engañosa.
• Incrementos de precio distintos a los anunciados.
• Cargos automáticos o servicios no solicitados.
• Simulación de disponibilidad o manipulación de etapas de venta.
• Condiciones abusivas o coercitivas.

Los descuentos sí son válidos, siempre que no impliquen aumentar precios previamente informados.



🖥️ Reglas sobre tecnología, preventas y filas virtuales
• Deben implementarse controles contra bots, duplicidades o compras masivas automatizadas.
• Si hay filas virtuales o asignación digital, se debe informar:
• Que el turno no garantiza disponibilidad.
• Cómo funciona el sistema.
• Motivos por los que se puede perder el lugar.



🎫 Disponibilidad y etapas de venta

Si la venta se divide en fases (preventas, etc.), debe garantizarse que existan boletos en todas las secciones en cada etapa, evitando simulaciones de escasez.



📊 Responsabilidad directa de promotores y boleteras

Ambos responden solidariamente por:
• La veracidad de la información publicitaria.
• El respeto al precio ofrecido.
• La autenticidad y validez de los boletos.
• La protección de los sistemas de comercialización.

PROFECO podrá requerir información, monitorear procesos y verificar cumplimiento.



🚨 Sanciones

El incumplimiento se sancionará conforme a la Ley Federal de Protección al Consumidor (multas, medidas correctivas e incluso suspensión de prácticas).



📅 Entrada en vigor

Inmediata: el acuerdo entró en vigor el mismo día de su publicación en el DOF.



🔎 Implicaciones prácticas para empresas del sector entretenimiento y ticketing
• Obliga a rediseñar estrategias de pricing, UX de venta digital y contratos con boleteras.
• Incrementa la exposición a verificación administrativa y sanciones por publicidad.
• Impacta preventas, dinámicas de “cargos por servicio” y modelos de revenue complementario.
• Exige controles tecnológicos antifraude documentables.

Fuente:

🚗⚖️ Otra tesis /criterio que puede generarte valor: "CONTRATO DE SEGURO. CUANDO SE DEMANDA SU CUMPLIMIENTO COMO OBJETO P...
05/02/2026

🚗⚖️ Otra tesis /criterio que puede generarte valor:

"CONTRATO DE SEGURO. CUANDO SE DEMANDA SU CUMPLIMIENTO COMO OBJETO PRINCIPAL DEL JUICIO, NO ES UN ELEMENTO DE LA ACCIÓN QUE LA PARTE ACTORA DEMUESTRE EN CANTIDAD LÍQUIDA EL MONTO DE LOS DAÑOS DEL BIEN AMPARADO"

🤓¿Qué significa este Nuevo criterio judicial?: si demandas el cumplimiento de tu póliza, no necesitas probar desde el inicio el monto exacto del daño.

Basta demostrar:
✅ Existencia del contrato de seguro
✅ Que ocurrió el siniestro cubierto
✅ Aviso oportuno a la aseguradora

La cantidad a pagar se define después, en ejecución de sentencia. 📂

👉 Esto protege al asegurado y evita que la aseguradora eluda su obligación.

Conclusión: puedes exigir el cumplimiento del seguro aunque el daño aún no esté cuantificado.

👉

Sistema de consulta de Tesis, Precedentes (Sentencias) y otros documentos publicados semanalmente del Semanario Judicial de la Federación.

Dirección

Halley 21, Col. Anzures, Delgación Miguel Hidalgo
Mexico City
11590

Horario de Apertura

Lunes 8am - 6pm
Martes 8am - 6pm
Miércoles 8am - 6pm
Jueves 8am - 6pm
Viernes 8am - 6pm

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