11/06/2025
A partir del 13 de mayo, los medios alternativos de solución de controversias podrán ser utilizados en los procedimientos que se siguen ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA).
Los antecedentes remiten a la publicación de la Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en enero de 2024, la cual fue expedida por el Congreso de la Unión a partir del texto constitucional que desde 2017 lo facultó para emitir una ley general en la que debían establecerse los principios y bases en materia de MASC, con excepción de la materia penal.
Esta ley tiene como objetivo garantizar el acceso a una justicia alternativa, caracterizada por la confidencialidad, voluntariedad, neutralidad y gratuidad, y podrá ser impartida por Centros Públicos y Privados. Se definen los diferentes mecanismos como mediación, conciliación, negociación colaborativa y arbitraje, y se establecen los requisitos para las personas facilitadoras, incluyendo su certificación y responsabilidades.
La regulación específica de los MASC en materia de justicia administrativa, en el capítulo VIII de la ley, establece que estos procedimientos serán aplicables en controversias entre particulares y organismos de la administración pública o de órganos constitucionales autónomos. En esta materia no podrá utilizarse el arbitraje, además de otras limitaciones como por ejemplo, las sanciones administrativas, asuntos agrarios y de comercio exterior, en los que no proceden los MASC.
Tanto el TFJA, como los tribunales de justicia administrativa de las entidades federativas, deberán crear Centros Públicos de solución de controversias, que serán los órganos facultados para el ejercicio de los MASC.
| AGENDA UNA ASESORÍA |
Para mayor información envíanos un mensaje o contáctanos en:
✉️ [email protected]
📲 Tel. (55) 69 13 96 17
🌐 www.daeraconsultores.com