21/05/2023
Hablemos del Delito de Cobranza Ilegitima
El articulo 209-bis del Código Penal Vigente en la CDMX.
Establece como delito al que por medios ilícitos efectué actos de hostigamiento e intimidación para requerir el pago de desudas En caso de ser requeridos en esta forma se podrá denunciar estos hechos ante la Fiscalía de la Ciudad de Mexico
Que es el hostigamiento, es la acción de molestar: cómo se puede realizar, por escrito, vía telefónica y en forma directa por el personal de cobranza. mi correo es:
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