LC Asesores Jurídicos Laborales

LC Asesores Jurídicos Laborales Somos un Despacho de Abogados especializados en la defensa de trabajadores que son despedidos injustificadamente de su trabajo. ¡Asesoría Gratuita!

04/07/2023
16/09/2020

Estimad@s amig@s:

Hoy es día de descanso obligatorio; todos los trabajadores que presten sus servicios en esta fecha deberán percibir un salario doble, independientemente del sueldo que les corresponda.

Existen otros días así:

* 1o. de enero.
* Primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero.
* Tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo.
* 1o. de mayo.
* Tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre.
* 1o. de diciembre de cada seis años.
* 25 de diciembre.

Implementación de la NOM-035-STPS
05/10/2019

Implementación de la NOM-035-STPS

Realizando los trabajos de implementación de la Norma 035 de la STPS, estamos a sus órdenes.
25/09/2019

Realizando los trabajos de implementación de la Norma 035 de la STPS, estamos a sus órdenes.

07/09/2019

Si eres propietario de una fuente de trabajo y tienes más de un trabajador a tu cargo, debes saber que a partir del 23 de octubre de este año, entra en vigor la NOM 035 de la STPS y es de carácter obligatorio en todo el territorio nacional, evitate multas!! Acércate a nosotros para apoyarte en su implementacion.

14/05/2019

Despidos injustificados "sesoría gratuita" estamos en Avenida Aztecas, agenda tú cita!!

03/05/2019

¿Sabías que las trabajadoras domésticas también tienen derecho a demandar si las despiden injustificadamente? Si es tu caso llamanos ¡Nosotros te defendemos! Citas al 55 80 92 37 96

02/05/2019

*Cronología de entrada en vigor de la REFORMA LABORAL según los artículos Transitorios del Decreto:*

1. PUBLICACIÓN en el Diario Oficial de la Federación, 1o de mayo de 2019.

2. ENTRADA EN VIGOR al dia siguiente de su publicación. *2 de mayo 2019*.

3. Plazo para CREAR LEY ORGÁNICA del centro federal de conciliación y registro laboral. 180 días después de publicado decreto el 1 de mayo de 2019, aproximadamente 6 meses, es decir, *1 de noviembre de 2019.*

4. INICIO de FUNCIONES del CENTRO FEDERAL de Conciliación y Registro Laboral, en materia de registro de asociaciones sindicales y contratos colectivos de trabajo, dentro de 2 años siguiente a la publicación de la ley. *1 de mayo de 2021.*

5. Listado y SOPORTE ELECTRÓNICO de expedientes asociaciones sindicales al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, 6 meses antes de inicio de funciones, es decir, 6 meses antes del 1 de mayo de 2021, *1 de noviembre de 2020*.

6. Traslado FÍSICO de expedientes de las asociaciones sindicales al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, 1 año despues de inicio de funciones, es decir, 1 año despues del 1 de mayo de 2021. *1 de mayo de 2022*.

7. Entrada en funciones del Centro de Conciliación LOCALES y Tribunales Locales, plazo de 3 años, a partir del 1o de mayo de 2019. *1o de mayo de 2022*.

8. Entrada en funciones del Centro de Conciliación FEDERAL y TRIBUNALES FEDERALES, plazo de 4 años, a partir del 1o de mayo de 2019, *1o de mayo de 2023*.

9. REVISIÓN EXTRAORDINARIA de Contratos Colectivos de Trabajo para no extingirlos, por lo menos 1 vez dentro de los 4 años siguintes a la reforma, es decir, maximo el *1 de mayo de 2023*.

10. PROTOCOLO de la STyPS para la verificación de la consulta de contratos colectivos mediante respaldo mayoritario de trabajadores por voto personal libre y secreto, tres meses siguientes a la publicación de la reforma, es decir, *1 de agosto de 2019*.

11. PRIMERA SESIÓN junta gobierno del Centro del centro federal, *90 días a partir de la designación de su titular.*

12. Las Juntas Federal y Locales presentaran al Consejo de Coordinación para la implementación de la reforma al sistema de justicia laboral, el PLAN y PROGRAMA de TRABAJO para la CONCLUSIÓN de ASUNTOS en trámite, dentro de los siguientes 120 días naturales, es decir aproximadamente 4 meses, esto es, 1o de septiembre de 2019.

13. REVISIÓN por parte del Órgano Interno de Control de cada Junta sobre INDICADORES DE LOS RESULTADOS del plan y programas para conclusión de asuntos, cada 6 meses a partir de la reforma.

14. La STyPS emitirá lineamientos de operación y la convocatoria para la primera sesión del Consejo de Coordinación para la implementación de la reforma al sistema de justicia laboral, dentro de los 45 días siguientes, es decir, *17 de junio de 2019.*

15. ORGANIZACIONES SINDICALES se ajusten al procedimiento de 30% de mayoria de trabajadores mediante voto directo, personal, libre y secreto, para obtener constancia de mayoria del centro federal de registro, 1 año a partir de la reforma, es decir, para el *1o de mayo de 2020.*

16. DIRECTIVAS SINDICALES y adecuación de estatutos para seleccionar a la directiva mediante voto directo, personal, libre y secreto, dentro de los 240 días posteriores a la reforma, es decir aproximadamente 8 meses a partir del 1 de mayo de 2019, es decir, plazo maximo el *1o de enero de 2020.*

17. CREACION PLATAFORMA INFORMÁTICA en materia de seguridad social para consulta del tribunal, plazo maximo de 2 años a la entrada en vigor de la ley, *1o de mayo de 2021.*

Si te toco laborar el día de hoy primero de mayo, exige tus derechos!!!
02/05/2019

Si te toco laborar el día de hoy primero de mayo, exige tus derechos!!!

02/05/2019

Antes de firmar renuncia llámenos, nosotros lo asesoramos!! Citas al 55 80 92 37 96.

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Mexico City
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