10/05/2019
A propósito del Día de las Madres que se avecina les compartimos los derechos con los que cuentan las mujeres embarazadas y en etapa de lactancia.
1. El embarazo NO es una causal de despido.
2. Durante el período del embarazo, no realizarán trabajos que exijan esfuerzos considerables y signifiquen un peligro para su salud en relación con la gestación, tales como levantar, tirar o empujar grandes pesos, que produzcan trepidación, estar de pie durante largo tiempo o que actúen o puedan alterar su estado psíquico y nervioso
3. Está prohibido que te obliguen a realizarte una prueba de embarazo en un proceso de selección o durante la relación de trabajo, la empresa que lo haga incurre en actos de discriminación.
4. Las mujeres gozan por DERECHO de un periodo de descanso de 6 semanas anteriores y 6 semanas posteriores al parto (12 en total). Actualmente el IMSS otorga la posibilidad de variar el orden de las semanas pudiendo tener como mínimo 2 semanas antes del parto y máximo 10 después de este. Estas semanas CUENTAN dentro de tu antigüedad laboral y no limitan tu orden de preferencia o escalafón.
5. Para las mamás que han decidido adoptar la Ley Federal del Trabajo contempla un periodo de 6 semanas de descanso una vez oficializada la adopción
6. El periodo de lactancia es un DERECHO y está contemplado en la LFT considerando para ello un periodo de 6 meses. Este periodo consiste en 2 reposos de media hora por día para esta tarea, algunas empresas acostumbran a acordar con la trabajadora para que ésta entre una hora después o salga una hora antes pero cada vez más empresas y oficinas de gobierno han ido adaptando Salas de Lactancia para el uso por parte de las nuevas madres.