24/12/2020
Sociedad Mercantil Por Acciones Simplificada
La sociedad por acciones simplificada se constituirá a través del procedimiento
establecido en el Capítulo XIV de esta Ley (Párrafo adicionado DOF 14-03-2016)
(LGSM , 2016)
Artículo 260.- La sociedad por acciones simplificada es aquella que se constituye
con una o más personas físicas que solamente están obligadas al pago de sus
aportaciones representadas en acciones. En ningún caso las personas físicas
podrán ser simultáneamente accionistas de otro tipo de sociedad mercantil a que
se refieren las fracciones I a VII, del artículo 1o. de esta Ley, si su participación en
dichas sociedades mercantiles les permite tener el control de la sociedad o de su
administración, en términos del artículo 2, fracción III de la Ley del Mercado de
Valores (LGSM, 2016)
Los ingresos totales anuales de una sociedad por acciones simplificada no podrán
rebasar los 5 millones de pesos. En caso de rebasar el monto respectivo, la
sociedad por acciones simplificada deberá transformarse en otro régimen
societario contemplado en esta Ley, en los términos en que se establezca en las
reglas señaladas en el artículo 263 de la misma. El monto establecido en este
párrafo se actualizará anualmente el primero de enero de cada año, considerando
el factor de actualización correspondiente al periodo comprendido desde el mes de
diciembre del penúltimo año hasta el mes de diciembre inmediato anterior a aquel
por el que se efectúa la actualización, misma que se obtendrá de conformidad con
el artículo 17-A del Código Fiscal de la Federación. La Secretaría de Economía
MDC 022 | Marco Jurídico de la Empresa
FECHA DE ELABORACIÓN VERSIÓN PÁGINA
Junio, 2020 1 10/15
Universidad ISU
publicará el factor de actualización en el Diario Oficial de la Federación durante el
mes de diciembre de cada año. En caso de que los accionistas no lleven a cabo la
transformación de la sociedad a que se refiere el párrafo anterior responderán
frente a terceros, subsidiaria, solidaria e ilimitadamente, sin perjuicio de cualquier
otra responsabilidad en que hubieren incurrido. (Artículo derogado DOF 11-06-
1992. Adicionado DOF 14-03-2016, LGSM, 2016)
Por lo anterior en la pagina https://www.gob.mx/tuempresa/articulos/crea-tusociedad-por-acciones se pueden formar la sociedad por acciones simplificadas
(SAS) directamente en el portal.
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