14/06/2025
DIFERENCIAS Y SIMILITUDES ENTRE LAS INCOMPETENCIAS POR DECLINATORIA E INHIBITORIA CONTENIDAS EN LOS ARTÍCULOS 27 Y 28 DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES.
Resumen:
Diferencias principales: La declinatoria puede ser declarada de oficio, la inhibitoria solo a petición de parte; la declinatoria se promueve ante el órgano que conoce del asunto, la inhibitoria ante el que se considera competente.
Similitudes principales: Ambas pueden ser promovidas por escrito u oralmente, tienen límites procesales similares, buscan que el asunto lo conozca el órgano competente y no proceden en casos de competencia por razón de seguridad.