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De acuerdo con datos de la PROFECO, 4 de cada 10 mexicanos reportan haber sufrido un fraude al comprar un departamento e...
14/11/2025

De acuerdo con datos de la PROFECO, 4 de cada 10 mexicanos reportan haber sufrido un fraude al comprar un departamento en preventa.

A continuación, te doy consejos legales que no debes brincarte nunca y que te ayudarán a estar menos vulnerable.

1. INVESTIGACIÓN PREVIA POR PARTE DE UN ABOGADO Y FORMALIDAD EN LA OPERACIÓN

Muchos de estos casos ocurren porque al mexicano le entra la idea de que que un abogado revise lo que estás firmando es un gasto innecesario, aunque no entiendas los términos de un contrato que te compromete a pagar millones.
La mayoría de los defraudadores inmobiliarios no es la primera vez que lo hacen.

Es necesario investigar quiénes son los accionistas o socios, si ya tienen demandas mercantiles o procesos penales, quejas en PROFECO, cambios frecuentes de razón social, retrasos constantes en entregas previas, si cuentan con todos los permisos gubernamentales necesarios o si tienen proyectos abandonados.

Es muy importante que un abogado analice exactamente cuáles son los términos del contrato en temas como reembolsos, penalizaciones, intereses, rescisión del contrato y retrasos. El diablo se esconde en los detalles: cláusulas de retraso de entrega, mecanismos de devolución y responsabilidad del desarrollador.

2. PAGAR EN EFECTIVO

Si algo sale mal, quieres demandar y pagaste en efectivo, se vuelve extremadamente complejo probar que pagaste. Mucha gente dice: “me firmaron un papel de recepción del dinero”, pero las personas que firmaron eso seguramente no son desarrolladores, no aparecen en el acta constitutiva, no tienen poderes y, muchas veces, no hay ningún vínculo legal comprobable con quien te vende.

Por lo tanto, pueden negar que les hayas pagado, meter peritos en grafoscopía para alegar que la firma ni siquiera es de esa persona, etcétera.
Por tal razón recomiendo que vayan a una notaría a celebrar cualquier contrato de promesa de compraventa.

Una vez revisado el contrato, transfieran el pago que les pidan a una cuenta del desarrollo, y que en ese acto, en presencia del notario y de testigos, el desarrollador confirme la recepción del pago, lo cual debe quedar incluido en los documentos que firmen y tener fe pública.
Por favor, no te fíes de lo que te diga el o la vendedora ni te dejes presionar para comprar bajo ningún pretexto.

A ellos les vale: lo único que quieren es sacar su comisión y, no van a resolverte absolutamente nada. Recuerda que los renders no son el producto final.

Completamente oficial, el Infonavit redujo drásticamente los puntos necesarios para acceder a un crédito de vivienda.Aho...
06/10/2025

Completamente oficial, el Infonavit redujo drásticamente los puntos necesarios para acceder a un crédito de vivienda.

Ahora, estos son los requisitos mínimos para tramitar un crédito:

- Tener un empleo formal.
- Ganar entre 1 y 2 salarios mínimos.
- No tener una vivienda propia.

(Con el nuevo modelo del Infonavit, ya no se requieren los 1,080 puntos del sistema anterior, pero sí se necesitan mínimo 100 puntos para precalificar a un crédito hipotecario)

Este criterio habla sobre los plazos que tiene un arrendatario (inquilino) para hacer valer acciones frente al arrendado...
30/09/2025

Este criterio habla sobre los plazos que tiene un arrendatario (inquilino) para hacer valer acciones frente al arrendador (propietario) cuando surgen obstáculos para usar el inmueble arrendado especialmente si esos obstáculos se deben a eventos inesperados, de fuerza mayor o casos fortuitos (por ejemplo, una pandemia).

Si durante el contrato aparece un evento inesperado que impide total o parcialmente que el arrendatario use el inmueble, existe la posibilidad de modificar o rescindir el contrato.

Pero estas acciones (modificación o rescisión) deben presentarse dentro de los 30 días siguientes después de que hayan pasado dos meses del impedimento.

Si el arrendatario no ejerce esas acciones en ese tiempo, aún puede invocar excepciones (es decir, argumentar que no debe pagar total o parcialmente) en un juicio iniciado por el arrendador, dentro del plazo de 5 años que el arrendador tiene para reclamar esas rentas conforme al artículo 1,162 del Código Civil aplicable.

En otras palabras: no usar esos 30 días no elimina la posibilidad de defensa, pero limita las opciones.

Ante el reciente caso de la adulta mayor que desvivió a dos sujetos en el Estado de México, se ha vuelto tendencia sobre...
07/04/2025

Ante el reciente caso de la adulta mayor que desvivió a dos sujetos en el Estado de México, se ha vuelto tendencia sobre los pasos a seguir ante una invasión de una propiedad, según Reporte Índigo.

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