15/08/2026
⚖️ ¡Freno judicial al desbloqueo de cuentas por la UIF! 🏦
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha establecido un criterio clave para el sistema financiero mexicano. A partir del 12 de agosto de 2026, los jueces de amparo no podrán conceder suspensiones provisionales para liberar cuentas bancarias bloqueadas por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) mientras dure el juicio.
¿Cuáles son los puntos clave de esta resolución?
🛡️ Interés social primero: El Máximo Tribunal determinó que debe prevalecer la protección del sistema financiero y el orden público para evitar que recursos de procedencia presuntamente ilícita continúen circulando.
🛑 Medida preventiva, no penal: El bloqueo de cuentas es una acción administrativa preventiva, diseñada para evitar que los fondos bajo investigación sean retirados antes de que termine el procedimiento.
💼 Impacto en los litigios: Las personas afectadas ya no podrán recuperar el acceso temporal a su dinero en lo que se resuelve el fondo del juicio de amparo.
⚖️ Defensa garantizada: Esto no elimina el derecho a defenderse; los afectados conservan intactos sus mecanismos legales para impugnar la legalidad de la medida y controvertir la actuación de la autoridad.