08/10/2020
Es erróneo creer que un vehículo es una extensión del domicilio, pero también es erróneo creer que el 251 del CNPP te faculta para inspeccionar cualquier vehículo.
¿QUÉ ES ACTO DE INVESTIGACIÓN?☝
Un ACTO DE INVESTIGACIÓN debe entenderse como una actividad realizada por la Policía y/o el Ministerio Público encaminada a la investigación de un DELITO.
Todos los actos de investigación realizados deben ser registrados y el registro de cada actuación deberá contener por lo menos la indicación de la fecha, hora y lugar en que se haya efectuado, identificación de los servidores públicos y demás personas que hayan intervenido y una breve descripción de la actuación y, en su caso, de sus resultados.
Es decir, ÚNICAMENTE cuando se haya cometido un DELITO se puede realizar un ACTO DE INVESTIGACIÓN.
Ahora bien, el CNPP comienza a presentarnos los actos de investigación desde el artículo 109, y estos son explicados a partir del 216.
Tienen razón, el 251 faculta a la policía a realizar inspecciones de vehículos sin la necesidad de una orden judicial, PEROOOOOO siempre y cuando sea durante un ACTO DE INVESTIGACIÓN, es decir, que existe una razón fundamentada de que el vehículo a inspeccionar pudiera estar relacionado con un DELITO ya cometido. Por ejemplo:
Se podrá realizar una inspección de vehiculo cuando se tengan indicios de que el automóvil participó en algún delito.
Podremos inspeccionar un vehículo cuando algún testigo nos denuncie la participación del auto en un hecho delictivo.
La ley es muy clara, siempre combinen la teoría con la práctica; siempre.