26/07/2023
⚖️ | El pasado 26 de mayo, se publicó en el Semanario Judicial de la Federación la “Suspensión provisional en el amparo. Es improcedente concederla respecto de los efectos y consecuencias del artículo 82, fracción XLII, del Código Fiscal de la Federación, cuando se impugne como norma autoaplicativa”, la cual se considera de aplicación obligatoria a partir del lunes 29 de mayo de 2023, para los efectos previstos en el punto noveno del Acuerdo General Plenario 1/2021.
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