29/08/2025
Actualización respecto de la reforma al artículo 29 de la Ley del INFONAVIT
INFONAVIT publicó un aviso en el Diario Oficial y en sus canales oficiales en mayo y junio de 2025 para establecer un periodo de transición, otorgando plazo hasta el 17 de septiembre de 2025 para que los patrones ajusten sus sistemas de nómina y cumplan con la nueva regla: el descuento INFONAVIT debe aplicarse completo aunque el trabajador tenga ausencias o incapacidad.
El IMSS, por su parte, liberó la versión SUA 3.6.7 para que este cálculo se realice correctamente y exhortó a las empresas a actualizarse oportunamente.
¿Por qué es relevante este cambio?
Esta reforma representa un cambio de paradigma:
• Ya no es permitido reducir o suspender los descuentos de INFONAVIT por incidencias del trabajador (incapacidades, ausencias, permisos).
• El patrón sigue obligado a aplicar el descuento íntegro reportado en el aviso de retención.
• Este cambio generará un impacto directo en las finanzas de los patrones, quienes ahora deben cubrir el monto total incluso si el salario recibido por el trabajador disminuye por las incidencias señaladas.
Consecuencias prácticas:
• Si el patrón no adapta su sistema a tiempo, podrían generarse diferencias, recargos o multas en auditorías futuras.
• El periodo de transición termina en septiembre: a partir del cuarto bimestre de 2025, el SAT, INFONAVIT e IMSS esperan ver todos los pagos correctamente aplicados.
• En los ejemplos que hemos realizado en el SUA contemplando incapacidades, el descuento para pagar al INFONAVIT resulta ser integro, reduciéndose únicamente los pagos relacionados con el retiro.
Importante:
Este sería el primer acto de aplicación directa para los patrones, pues ya existe obligación legal de efectuar los pagos con base en la nueva disposición. Lo anterior puede considerarse como el primer “acto de afectación” para efectos legales, dando la oportunidad de tramitar el juicio de amparo en caso de aquellos patrones que consideren que la medida es contraria a sus derechos o representa una afectación relevante.
Conclusión:
• Actualicen su SUA y sistemas de nómina cuanto antes.
• Revisen cuidadosamente los descuentos reportados a INFONAVIT.
• Documenten cualquier afectación y consideren la vía legal del juicio de amparo si consideran que la reforma les perjudica.
Estoy a sus órdenes para resolver dudas y apoyar al cumplimiento de sus obligaciones, así como para orientarles en la promoción de amparos ante las autoridades federales en caso de ser necesario.