05/09/2026
🚨 ¿QUIÉN ESTÁ PROTEGIENDO A OWEN?
⚠️ UN NIÑO DE 4 AÑOS FUE “LOCALIZADO”… PERO NO FUE ENTREGADO A SU MADRE
TIZIMÍN, YUCATÁN. Una denuncia pública está generando serios cuestionamientos sobre la actuación de la Fiscalía General del Estado en Tizimín.
Melany, madre del pequeño Owen, de apenas 4 años, afirma que después de aproximadamente dos meses de no tener a su hijo, acudió a la Fiscalía porque se le había informado que el menor sería entregado.
Pero la entrega no ocurrió.
El padre no se presentó y, según el relato de la madre, tampoco recibió una explicación clara sobre el paradero del niño.
Y aquí aparece el punto que genera mayor preocupación:
🚨 La Alerta AMBER habría sido desactivada porque supuestamente Owen ya había sido localizado.
Pero si el menor no fue entregado…
❓ ¿Dónde está Owen?
❓ ¿Quién ordenó desactivar la alerta?
❓ ¿Con qué fundamento se tomó esa decisión?
❓ Por qué no se habría reactivado si el menor continuaba sin estar con su madre?
❓ Se está cumpliendo una resolución judicial relacionada con la custodia?
⚖️ SI ESTO ES CIERTO, NO ESTAMOS ANTE UN SIMPLE PROBLEMA FAMILIAR
Si los hechos denunciados se acreditan, podríamos estar frente a algo mucho más serio: una posible omisión, negligencia o incluso responsabilidad administrativa o penal de servidores públicos.
La legislación de Yucatán establece que las autoridades deben actuar bajo principios de legalidad, objetividad, eficiencia, honradez, respeto a los derechos humanos, debida diligencia y protección integral de niñas, niños y adolescentes.
Además, el interés superior de la niñez debe ocupar un lugar primordial en cualquier decisión que pueda afectar a un menor.
Por ello, estarían en juego, entre otros:
🔴 Derecho a la integridad y seguridad personal.
🔴 Derecho a vivir en condiciones de bienestar y a un sano desarrollo integral.
🔴 Derecho a la protección contra cualquier forma de violencia o afectación.
🔴 Derecho a la protección de la familia y a la convivencia familiar, conforme a lo que determine la autoridad judicial competente.
🔴 Derecho de acceso efectivo a la justicia.
🔴 Derecho a que las autoridades actúen con debida diligencia y atendiendo primordialmente al interés superior del menor.
🚨 ¿Y SI HUBO OMISIÓN DE LA AUTORIDAD?
El Código Penal del Estado de Yucatán contempla conductas relacionadas con el abuso de autoridad, incluyendo supuestos en los que un servidor público indebidamente retarde o niegue un servicio o protección que legalmente tenga obligación de proporcionar.
Pero cuidado: esto no significa que podamos afirmar que hubo corrupción o que algún funcionario cometió un delito.
Eso debe investigarse y acreditarse mediante el procedimiento correspondiente.
Sin embargo, si una madre denuncia que su hijo fue localizado, que existía una determinación para entregarlo y que aun así no sabe dónde está el menor, la autoridad tiene mucho que explicar.
Porque una cosa es que un menor haya sido localizado.
Y otra muy distinta es que, después de localizarlo, continúe sin estar bajo la custodia que legalmente corresponda y sin que exista una explicación transparente sobre su situación.
💥 ¿CORRUPCIÓN, OMISIÓN O SIMPLEMENTE UNA ACTUACIÓN MAL EXPLICADA?
No podemos condenar a nadie sin pruebas.
Pero tampoco podemos normalizar que una madre tenga que preguntar:
“¿DÓNDE ESTÁ MI HIJO?”
Cuando se trata de un niño de cuatro años, la prioridad no puede ser el papeleo, los intereses de los adultos ni las posibles deficiencias burocráticas.
La prioridad debe ser OWEN.
Si hubo una actuación correcta, que se explique.
Si hubo un error, que se investigue.
Y si existió alguna conducta ilícita, que se sancione a quien resulte responsable.
⚖️ LA JUSTICIA NO DEBE TENER DUEÑOS, Y MUCHO MENOS CUANDO HAY UN NIÑO DE POR MEDIO.
¿TÚ QUÉ OPINAS?
¿La Fiscalía de Tizimín debería abrir una investigación interna y explicar públicamente qué ocurrió con Owen y por qué fue desactivada la Alerta AMBER?