Abogado penalista en león Guanajuato

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🚨  Un juez vinculó a proceso a Juan Jesús “N”, señalado como presunto responsable del feminicidio de Edith Guadalupe, jo...
23/04/2026

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Un juez vinculó a proceso a Juan Jesús “N”, señalado como presunto responsable del feminicidio de Edith Guadalupe, joven de 21 años en Ciudad de México.

De acuerdo con las autoridades, existen pruebas suficientes para continuar el proceso en su contra, por lo que permanecerá en prisión preventiva mientras avanzan las investigaciones.

El caso ha causado indignación nacional, ya que Edith desapareció tras acudir a una supuesta entrevista de trabajo y posteriormente fue encontrada sin vida.

Familiares y colectivos exigen justicia y señalan irregularidades en la investigación inicial.

⚖️ El juez otorgó un plazo de tres meses de investigación completaria para continuar con las indagatorias y esclarecer completamente los hechos.

👉 “¿Crees que se hará justicia en este caso?”


🚨 ¿Te llegó un citatorio de la Fiscalía? 🚨No lo tomes a la ligera.Acudir sin asesoría puede meterte en problemas más gra...
09/04/2026

🚨 ¿Te llegó un citatorio de la Fiscalía? 🚨

No lo tomes a la ligera.
Acudir sin asesoría puede meterte en problemas más graves.

⚖️ Evita errores que te perjudiquen
⚖️ Protege tus derechos desde el inicio
⚖️ No declares sin un abogado que te respalde

📌 Muchas personas van confiadas… y terminan siendo imputadas sin darse cuenta.

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¿El Ministerio Público no investiga como debería?¡Antes de ir al amparo, se debe acudir ante el Juez de Control! ⚖️🛑📄En ...
01/04/2026

¿El Ministerio Público no investiga como debería?
¡Antes de ir al amparo, se debe acudir ante el Juez de Control! ⚖️🛑📄

En el sistema penal acusatorio, si el Ministerio Público omite realizar actos de investigación solicitados por la víctima, el ofendido o la defensa —como investigar ciertos hechos, recabar pruebas o simplemente no hacer nada—, no se puede ir directo al juicio de amparo. 🚫⚠️

Primero, se debe presentar una impugnación ante el Juez de Control, conforme al artículo 258 del Código Nacional de Procedimientos Penales. Esto incluye casos como:

Abstención de investigar 🔍

Archivo temporal 🗂️

Criterios de oportunidad ⚖️

No ejercicio de la acción penal ❎

La Primera Sala de la Suprema Corte ya lo dijo claro:
¡Debe respetarse el principio de definitividad antes de promover un amparo! ✅⚖️

Evita retrasos innecesarios ⏳ y defiende tus derechos por la vía correcta desde el inicio.
Este criterio protege tanto a víctimas como a personas imputadas. 🧑‍⚖️‍⚖️

Registro digital: 2014279 | Tesis XVIII.1o.P.A.2 P (10a.) | Gaceta SJF, Libro 42, mayo 2017

¡IMPORTANTE! 🚨 ¿Te quieren obligar a vincular tu celular o bloquear tu línea?⚖️ PUEDES AMPARARTE✔️ Protege tus datos per...
31/03/2026

¡IMPORTANTE! 🚨
¿Te quieren obligar a vincular tu celular o bloquear tu línea?

⚖️ PUEDES AMPARARTE

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✔️ Defensa legal preventiva

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⚠️ NO ESPERES A QUE TE BLOQUEEN










“¿Entraron a tu casa o negocio sin orden?”
31/03/2026

“¿Entraron a tu casa o negocio sin orden?”

"¿Detuvieron a un familiar o conocido?"
31/03/2026

"¿Detuvieron a un familiar o conocido?"

🚨 ¿TIENES A UN FAMILIAR EN PRISIÓN PREVENTIVA JUSTIFICADA? 🚨⚖️ No todo está perdido… la medida cautelar de prisión preve...
27/03/2026

🚨 ¿TIENES A UN FAMILIAR EN PRISIÓN PREVENTIVA JUSTIFICADA? 🚨

⚖️ No todo está perdido… la medida cautelar de prisión preventiva se puede revisar y en muchos casos puede modificarse para que la persona enfrente su proceso en libertad.

🔍 Muchas veces esta medida se impone sin analizar correctamente:
❌ El arraigo del imputado
❌ Su situación personal
❌ O sin justificar realmente el riesgo

👉 Una buena defensa puede hacer la diferencia entre seguir detenido o recuperar la libertad.

💼 Soy abogado penalista y puedo ayudarte a:
✔️ Solicitar la revisión de la medida cautelar
✔️ Defender tus derechos desde el inicio
✔️ Buscar tu libertad lo antes posible

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⚠️ No esperes, el tiempo es clave en estos casos.

🚨 ¿Detuvieron a un familiar o a ti?En las primeras horas se define TODO el proceso penal.❗ Una mala defensa desde el ini...
27/03/2026

🚨 ¿Detuvieron a un familiar o a ti?

En las primeras horas se define TODO el proceso penal.

❗ Una mala defensa desde el inicio puede costarte tu libertad.

✔ Evita prisión preventiva
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✔ Estrategia desde el primer momento

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🚨 ¿TE LLEVARON TU MOTO O AUTO AL CORRALÓN? 🚨⚖️ ¡NO SIEMPRE ES LEGAL!Si no te dieron boleta, no te explicaron el motivo o...
25/03/2026

🚨 ¿TE LLEVARON TU MOTO O AUTO AL CORRALÓN? 🚨

⚖️ ¡NO SIEMPRE ES LEGAL!
Si no te dieron boleta, no te explicaron el motivo o fue un abuso…
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¿La Policia fue a buscarte a tu casa? Eso ya es un acto de molestia legalmente relevante y si eso ocurrió, tienes derech...
24/03/2026

¿La Policia fue a buscarte a tu casa?

Eso ya es un acto de molestia legalmente relevante y si eso ocurrió, tienes derecho inmediato a acceder a tu carpeta de investigación.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que si la autoridad te busca en tu domicilio, eso vulnera tu intimidad y activa tu derecho a conocer todos los registros de esa investigación.

No importa si aún no estás citado. La búsqueda domiciliaria basta.

ACTO DE MOLESTIA QUE DETONA EL DERECHO DE ACCEDER A LOS REGISTROS DE UNA INVESTIGACIÓN. SE ACTUALIZA CUANDO UNA PERSONA ES BUSCADA EN SU DOMICILIO CON MOTIVO DE UNA CARPETA ABIERTA EN SU CONTRA.

Hechos: Unos agentes de la policía acudieron al domicilio de una persona para que compareciera ante el ministerio público en relación con una carpeta de investigación. En ese momento, la persona buscada no se encontraba en el inmueble, por lo que le comentaron a su vecina el motivo de su visita.

Posteriormente, el particular acudió a la fiscalía a solicitar acceso a la carpeta de investigación, pero el fiscal le negó dicha petición debido a que no se encontraba detenido, no había sido citado para una entrevista o para declarar, ni fue sujeto de un acto de molestia, con fundamento en los artículos 113, fracción VIII, y 218 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

En contra de dicha determinación, la persona que sufrió el acto de molestia promovió un juicio de amparo indirecto, en el que reclamó la inconstitucionalidad de los artículos referidos. El Juez de Distrito sobreseyó por falta de interés jurídico. No obstante, en el recurso de revisión interpuesto en contra de dicha resolución, el Tribunal Colegiado de Circuito revocó el sobreseimiento y remitió el asunto a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para resolver el problema de constitucionalidad planteado.

Criterio jurídico: Cuando una persona es buscada en su domicilio personal o convencional con motivo de una carpeta de investigación, se actualiza un acto de molestia que vulnera los derechos a la intimidad y a la vida privada, y califica como una de las excepciones previstas por el artículo 218 del Código Nacional de Procedimientos Penales para permitirle el acceso a los registros de la investigación que se sigue en su contra, sin necesidad de que se le otorgue la calidad de imputada, ni de que esté prevista en el artículo 266 del mismo ordenamiento.

El Ministerio Público es responsable de la reserva de los registros de la investigación, de manera que si despliega un acto de molestia sobre una persona que investiga, como lo es buscarla en su domicilio para corroborar datos, o dejarle mensajes con empleados, familiares o vecinos, es la propia autoridad quien compromete dicho sigilo, pues queda obligada a permitirle a la persona el acceso a la investigación.

Justificación: La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con fundamento en los artículos 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 113, fracción VIII, y 266 del Código Nacional de Procedimientos Penales, definió como actos de molestia aquellos generados por la autoridad ministerial o judicial que pueden afectar de manera arbitraria la dignidad, la intimidad personal o familiar y la vida privada de los gobernados, lo que actualiza el derecho de la persona para acceder de manera inmediata e irrestricta a la carpeta de investigación.

Entre las distintas dimensiones que contemplan los derechos a la dignidad humana, a la intimidad y a la vida privada, se encuentran los derechos al honor, a la integridad física y psíquica, y el propio derecho a la privacidad, los cuales se ven vulnerados desde el momento en el que una persona es buscada en su domicilio familiar o laboral para comparecer en una carpeta de investigación.

Lo anterior es así, debido a que la búsqueda de una persona por parte de una autoridad ministerial o judicial que no es localizada en su domicilio familiar o laboral, y se deja un recado con sus familiares, vecinos o compañeros de trabajo, es un acto de molestia que trasciende a su intimidad individual y familiar, pues con ello se genera un estado de incertidumbre e inseguridad jurídica que impacta en la salud física y psíquica del gobernado y de su familia, ante la zozobra de no conocer los hechos que dieron origen a la investigación en curso.

Por ende, el acto de molestia consistente en la búsqueda de una persona en su domicilio particular o laboral detona el derecho de acceder a los registros de la carpeta de investigación de manera inmediata e irrestricta, con el objeto de que la persona pueda conocer sus registros y hacerse de los medios necesarios para elaborar su estrategia defensiva de manera oportuna y salvaguardar sus derechos humanos a la integridad física y psíquica, así como el derecho a la privacidad.

Esto no exime a la autoridad de cumplir con su deber de haber obrado a partir de un mandamiento escrito fundado y motivado que justifique dicha búsqueda o visita, pues así lo mandata el mencionado artículo 16 de la Constitución respecto a los actos de molestia.

- Registro digital: 2030556.

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21/03/2026

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Sabias que,tus mensajes, fotos y conversaciones están protegidos por el derecho a la inviolabilidad de las comunicacione...
25/02/2026

Sabias que,tus mensajes, fotos y conversaciones están protegidos por el derecho a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas.
La Suprema Corte determinó que toda información extraída de un teléfono sin orden judicial es prueba ilícita.
No importa si la carpeta ya fue judicializada: si el Ministerio Público accede sin autorización, viola la Constitución.
Eso significa que nada de lo obtenido —mensajes, llamadas, correos o videos— puede usarse en tu contra.


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