23/10/2025
⚖️ DAÑO MORAL: LINEAMIENTOS GENERALES PARA SU CUANTIFICACIÓN
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido criterios claros sobre cómo debe cuantificarse el daño moral en México 🇲🇽
📚 Tesis: 1a./J. 109/2023 (11a.)
📘 Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Agosto 2023, Tomo II, p. 1262
💡 Puntos clave que todo abogado debe conocer:
1️⃣ Reparación integral: No existen topes legales ni parámetros fijos. El juez debe garantizar siempre la reparación total del daño moral.
2️⃣ Indemnización justa y equitativa: La compensación debe ser proporcional, justa y cubrirse de forma expedita una vez exigible.
3️⃣ Independencia del daño material: No puede condicionarse ni limitarse el daño moral al daño patrimonial. Cada uno tiene naturaleza propia.
4️⃣ Valoración distinta: Evaluar si hubo daño moral no es lo mismo que cuantificar cuánto corresponde indemnizar 💬
5️⃣ Factores del art. 1916 CCF: Son solo orientativos. La finalidad es reparar el daño, no limitarlo.
6️⃣ Responsabilidad objetiva o subjetiva: Debe analizarse el tipo de caso y ajustar la valoración según el grado de responsabilidad.
7️⃣ Igualdad jurídica: En casos similares, deben imponerse indemnizaciones equivalentes ⚖️
8️⃣ Evitar enriquecimiento injustificado: La víctima no debe recibir más de lo necesario para su reparación integral.
9️⃣ Excepción por carga opresiva: Solo en casos excepcionales puede reducirse el monto si la condena compromete el derecho al mínimo vital del responsable.
👨🏻💼 En Sánchez Bonilla & Asocs – Soluciones Legales interpretamos, aplicamos y defendemos estos criterios para garantizar indemnizaciones justas, humanas y con sustento jurídico sólido.
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