15/02/2023
JUICIO DE ALIMENTOS
Los padres tienen la obligación de proporcionar el sustento a sus hijos.
El concepto alimentos comprende todo lo que es necesario para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica y en su caso los gastos de embazo y parto
Cuando alguno de los padres incumple con esa obligación, el padre o madre que tiene consigo a los hijos menores de edad puede solicitar ante un Juez Familiar que fije una pensión alimenticia.
La pensión alimenticia se determina atendiendo a las necesidades del acreedor alimentario y a las posibilidades del deudor alimentario.
Si el sujeto obligado no cuenta con trabajo o se coloca en esa situación para dejar de cumplir con su obligación, NO ES UNA JUSTIFICACIÓN PARA NO PAGAR LA PENSIÓN ALIMENTICIA IMPUESTA, ya que la obligación de otorgar a manutención a los hijos, subsiste aun cuando se carezca de trabajo.
El incumplimiento a la obligación de otorgar la pensión alimenticia impuesta por un Juez, puede dar origen a una serie de responsabilidades incluso de carácter penal.
¿Qué necesito para tramitarla?
• Original del acta de matrimonio (si es casada).
• Original del acta de nacimiento de los hijos.
• Domicilio particular del demandado.
• Nombre y domicilio de la empresa en que trabaja el demandado o actividad que desempeña si labora por su cuenta.
• Nombre y domicilio de dos testigos a quienes les consten los hechos.
• Comprobante de gastos especiales que requiera el acreedor alimentario.
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