02/04/2021
Amparo en Revisión 1317/2017
Una persona solicitó al registro civil la modificación de su acta de nacimiento con motivo de una reasignación s**ogenérica. Su solicitud fue negada porque la ley civil establecía que este trámite debía hacerse a través de un juicio.
Al analizar el caso la Corte resolvió que la norma era discriminatoria y contraria a la dignidad de las personas. Se determinó que el Registro Civil debe dar trámite a la solicitud de modificación del acta de nacimiento por reasignación s**ogenérica sin necesidad de que un juez lo ordene. La adecuación de identidad de género permite garantizar el libre desarrollo de la personalidad, el derecho al nombre, identidad, privacidad y reconocimiento de la personalidad jurídica.
Conoce esta sentencia de la Corte 🔗 http://bit.ly/2GQ7Cmx