27/12/2017
PREGUNTAS COMUNES EN EL ÁMBITO DE LO PENAL EN LO TOCANTE A UN AMPARO SOBRE UNA POSIBLE ORDEN DE APREHENSIÓN
PREGUNTA: Llegaron unos policías investigadores a mi domicilio cuando yo no me encontraba, preguntaron a mis familiares por mí, y ellos les dijeron que yo no estaba, ya que el suscrito me encontraba de viaje; ahora que he regresado y habiéndome enterado de lo sucedido, tengo el temor de que me puedan apresar, ¿qué es lo que puedo hacer?
RESPUESTA: Si usted sospecha de que alguna autoridad del Estado lo busca por la comisión de un delito, pero no tiene ni la menor idea de si pueda haber una investigación en su contra por parte de alguna fiscalía, ni tampoco sabe si un juez estatal haya ordenado su detención, lo que tiene que hacer es acudir con un abogado para que le elabore un escrito de amparo ante un Juzgado de Distrito para que éste ordene a los jueces del orden penal del fuero común que manifiesten si existe alguna orden de aprehensión en su contra; asimismo, también en el escrito de amparo se debe de precisar al Juez de Distrito para que también ordene que emitan los dictámenes a las siguientes autoridades estatales: a la Fiscalía General del Estado, al Director de Mandamientos Judiciales y a la Policía Investigadora, esto para saber si existe una averiguación previa (carpeta de investigación) y para saber qué es el tipo de orden que tienen para ejecutar estas últimas autoridades, como pueden ser órdenes de aprehensión, de presentación, de acudir como testigo, etc.
PREGUNTA: En caso de que yo sospeche que me buscan por delitos del orden federal, ¿qué puedo hacer?
RESPUESTA: El abogado en este caso elaborará también un escrito dirigido a un Juez de Distrito, pero se pedirá a dicho juez que en lugar de ordenar a los jueces del orden común que emitan el dictamen, lo hagan los jueces federales, ello para que éstos manifiesten si existe alguna orden de aprehensión; asimismo, en vez de ser el Fiscal General del Estado, el Director de Mandamientos Judiciales y la Policía Investigadora, sean el Procurador General de la República, el Director de la Procuraduría de la República y la Agencia Federal de Investigación las que emitan los dictámenes en los que precisen si existe alguna averiguación previa, orden de aprehensión, de presentación o de que acuda la persona como testigo.
Al Juez de Distrito se le debe de pedir que ordene suspender cualquier mandamiento de aprehensión, ello para que la persona no pueda ser detenida; así también con el objeto de poder alegar y presentar pruebas a favor de tal persona sobre la que se pide el amparo.
¿Dudas? Le atendemos en el teléfono 3339558481, o bien, 3312437779, o bien, en la calle 12 #2014, colonia Ferrocarril en Guadalajara, Jalisco.