29/05/2026
Las recientes reformas al Reglamento de la Ley Aduanera, específicamente al artículo 6-A, fortalece el control de las operaciones de comercio exterior a través del Sistema Electrónico Aduanero 👨🏻💻
Quienes realicen trámites a través del sistema mencionado, deberán contar con:
➡️ RFC y e.firma con estatus de activo y vigente.
➡️ Domicilio fiscal localizado o en verificación.
Así mismo, se deberá registrar:
➡️ Nombre, denominación o razón social.
➡️ La clave del RFC.
➡️ Correo electrónico para recibir notificaciones, cualquier cambio a este se deberá comunicar dentro de los 10 días siguientes.
Esta reforma puede tener consecuencias importantes:
➡️ Suspensión o imposibilidad de realizar trámites aduaneros.
➡️ Riesgos en auditorías de comercio exterior.
➡️ Posibles cuestionamientos a la legalidad de operaciones.
En procedimientos como el PAMA o revisiones electrónicas, la autoridad suele utilizar incumplimientos formales para sustentar determinaciones fiscales.
Por ello, es fundamental revisar periódicamente la situación fiscal y los accesos al sistema electrónico aduanero:
📲 Tel: 33 3813 3987 / WhatsApp: https://wa.me/523318465314 / https://rubentinajero.com - www.tgrfiscal.com
📌 Napoleón No.440, Fracc. Terranova, Guadalajara, Jalisco