M&G Delfos

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La presente firma es un bufete de abogados con una visión joven, con experiencia en la materia fiscal y administrativa, enfocada en brindar servicios a personas físicas o morales con actividad empresarial.

🎉 M&G Delfos felicita a nuestra colega Abril Sánchez, del Grupo GNH, por haber obtenido la autorización para fungir como...
05/02/2026

🎉 M&G Delfos felicita a nuestra colega Abril Sánchez, del Grupo GNH, por haber obtenido la autorización para fungir como árbitra dentro del procedimiento arbitral regulado por la Ley Federal del Derecho de Autor, correspondiente al año 2026.🎉

Este nombramiento fue publicado en el Acuerdo de fecha 27 de enero en el Diario Oficial de la Federación.

En M&G DELFOS reconocemos el esfuerzo, la constancia y el empeño que Abril ha demostrado, siendo el epítome del profesionalismo, la preparación y el compromiso, cualidades que le han permitido continuar desempeñándose con excelencia en el campo laboral.

🎉 ¡Feliz cumpleaños, Vane! 🎉Celebramos no solo un año más de vida, sino también tu crecimiento y compromiso, que han ido...
15/01/2026

🎉 ¡Feliz cumpleaños, Vane! 🎉

Celebramos no solo un año más de vida, sino también tu crecimiento y compromiso, que han ido de la mano con el desarrollo de M&G DELFOS. Tu trabajo, dedicación y talento te han convertido en una pieza clave para el despacho, y nos enorgullece seguir construyendo este camino contigo.

¡Que este nuevo año venga lleno de éxitos y satisfacciones! ✨

¡Enhorabuena!Nos llena de orgullo compartir la participación de la Mtra. Lizette Martínez, Directora del despacho fiscal...
15/01/2026

¡Enhorabuena!
Nos llena de orgullo compartir la participación de la Mtra. Lizette Martínez, Directora del despacho fiscal M&G DELFOS, en la revista “Gaceta Tributaria”, donde aborda sobre la reforma de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.

Su aportación refleja el compromiso, liderazgo y experiencia que distinguen a nuestra firma en el análisis y cumplimiento de la normativa fiscal y antilavado.
Los invitamos a leer su participación y conocer su análisis especializado.

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Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) y su inscripción en el RFC – RMF 2026 ⚖️ M&G DELFOS | Consultoría Jurídica y Fi...
08/01/2026

Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) y su inscripción en el RFC – RMF 2026

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✨ M & G DELFOS les desea un próspero Año Nuevo ✨Que este nuevo año esté lleno de salud, éxito y nuevos proyectos. Agrade...
31/12/2025

✨ M & G DELFOS les desea un próspero Año Nuevo ✨

Que este nuevo año esté lleno de salud, éxito y nuevos proyectos. Agradecemos profundamente la confianza que han depositado en nosotros y reafirmamos nuestro compromiso de seguir brindando asesoría jurídica y fiscal con profesionalismo, ética y resultados.

Sigamos caminando juntos este 2026, construyendo soluciones sólidas y defendiendo sus intereses con la excelencia que nos distingue.

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M & G DELFOS les desea una Feliz Navidad, agradeciendo la confianza depositada a lo largo de este año. Que estas fiestas...
24/12/2025

M & G DELFOS les desea una Feliz Navidad, agradeciendo la confianza depositada a lo largo de este año. Que estas fiestas estén llenas de armonía, bienestar y nuevos proyectos por cumplir. 🎄

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El día de hoy estamos de manteles largos, celebrando el sexto aniversario de M&G DELFOS.Este logro no habría sido posibl...
05/12/2025

El día de hoy estamos de manteles largos, celebrando el sexto aniversario de M&G DELFOS.

Este logro no habría sido posible sin la visión, dirección y liderazgo de nuestra fundadora, la Maestra Lizette Martínez, quien nos ha demostrado que la constancia y la disciplina son los mejores aliados para construir y sostener el imperio que hoy representa nuestra firma.

Gracias a cada integrante de este equipo, a nuestros clientes y a quienes han confiado en nuestro trabajo, seguimos avanzando con paso firme.

Hoy no solo celebramos un aniversario, celebramos seis años de compromiso, crecimiento y excelencia.

Vamos por muchos más. 🎉

Este Tribunal Colegiado determinó que los ingresos que obtengan los municipios o sus organismos descentralizados por con...
03/12/2025

Este Tribunal Colegiado determinó que los ingresos que obtengan los municipios o sus organismos descentralizados por concepto de recargos, gastos de ejecución, sanciones o conceptos similares relacionados con el cobro del servicio de agua potable, sí están gravados por el IVA.

Conforme a los artículos 2o.-A, fracción II, inciso h), 3o. y 18 de la Ley del IVA, el suministro de agua potable se considera prestación de servicios independientes, por lo que:

0 % de IVA cuando el servicio es para uso doméstico,

16 % de IVA cuando el destino del servicio es distinto al doméstico.

El criterio aclara que los conceptos accesorios —como recargos, gastos de ejecución o sanciones— siguen la misma naturaleza fiscal del servicio principal, por lo que también deben gravarse con la tasa correspondiente.

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El Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito determinó que, para reconocer a una persona como auto...
03/12/2025

El Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito determinó que, para reconocer a una persona como autorizada en términos amplios conforme al artículo 12, segundo párrafo, de la Ley de Amparo, basta con proporcionar los datos de su cédula profesional y verificar su validez en el Registro Nacional de Profesionistas.

El Tribunal aclaró que no es requisito aparecer en el Sistema Computarizado para el Registro Único de Profesionales del Derecho del Poder Judicial, ya que dicho sistema es solo una herramienta administrativa y no constituye fundamento legal para negar personalidad.

En consecuencia, si la persona designada cuenta con cédula profesional válida como licenciado(a) en derecho o abogado(a), debe reconocérsele el carácter de persona autorizada en términos amplios.

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Cumplimiento de sentencias de amparo: la devolución del dinero debe ser efectivaEl Pleno de la Suprema Corte de Justicia...
19/11/2025

Cumplimiento de sentencias de amparo: la devolución del dinero debe ser efectiva

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación estableció que, cuando una sentencia de amparo ordena devolver una cantidad de dinero al quejoso, la autoridad responsable debe reintegrar efectivamente la cantidad a su esfera jurídica o realizar actos que demuestren un acatamiento eficaz de la resolución.

De acuerdo con la jurisprudencia P./J. 15/2025 (11a.), no basta con que la autoridad notifique al quejoso que el dinero está a su disposición; el cumplimiento se considera realizado únicamente cuando el monto se reintegra al beneficiario.

Esta interpretación reafirma el principio de reparación integral del daño constitucional, garantizando que el amparo restituya plenamente los derechos vulnerados.

📄 Registro digital: 2031072
🏛️ Instancia: Pleno de la SCJN
📅 Aprobada: 22 de agosto de 2025
⚖️ Aplicación obligatoria: desde el 1 de septiembre de 2025

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El Tribunal Federal de Justicia Administrativa estableció que, cuando el deudor principal no se encuentra localizable en...
19/11/2025

El Tribunal Federal de Justicia Administrativa estableció que, cuando el deudor principal no se encuentra localizable en su domicilio fiscal, la autoridad debe notificarle el requerimiento de pago por medio del buzón tributario antes de exigir el crédito al responsable solidario.

Conforme a los artículos 26, fracción III y X, inciso e), y 137 del Código Fiscal de la Federación (vigente en 2021), es indispensable que la autoridad agote el procedimiento de ejecución completo, notificando debidamente el requerimiento y la diligencia de embargo.

Si la autoridad omite esta obligación, no puede actualizarse la responsabilidad solidaria, pues no se acredita que se haya requerido previamente al deudor principal, ni se garantiza el principio de legalidad y seguridad jurídica.

📄 Tesis: IX-P-1aS-110
⚖️ Materia: Código Fiscal de la Federación
🏛️ TFJA – Sala Superior, Primera Sección
📅 Aprobada: 23 de mayo de 2023

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Caducidad de facultades tratándose de responsabilidad solidaria de socios o accionistasEl Tribunal Federal de Justicia A...
19/11/2025

Caducidad de facultades tratándose de responsabilidad solidaria de socios o accionistas

El Tribunal Federal de Justicia Administrativa determinó que, en casos de responsabilidad solidaria de socios o accionistas, la autoridad fiscal debe atender al plazo genérico de cinco años previsto en el artículo 67, fracción I del Código Fiscal de la Federación, para el ejercicio de sus facultades de comprobación y determinación.

Esto significa que la autoridad cuenta con cinco años para determinar contribuciones o imponer sanciones, incluso cuando se trate de socios o accionistas responsables solidarios, y no con el plazo de tres años señalado para los casos en que la garantía del interés fiscal resulta insuficiente.

La interpretación precisa que el plazo de tres años aplica únicamente una vez que se ha determinado y agotado la garantía del interés fiscal, no antes, ni para el ejercicio de facultades de comprobación respecto del responsable solidario.

📄 Tesis: IX-P-2aS-229
⚖️ Materia: Código Fiscal de la Federación
🏛️ Segunda Sección de la Sala Superior del TFJA
📅 Aprobada: 6 de julio de 2023

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