11/11/2022
DatoJurídicoDelDía | El albacea es aquella persona designada por el testador o por los herederos de una sucesión y que tiene, entre otras obligaciones, la de presentar el testamento (si existe) ante notario o juez para iniciar el trámite sucesorio respectivo; así también, el albacea tiene la obligación de elaborar el inventario de los bienes de la sucesión por el que se especifique cuales son lo activos de la masa hereditaria y en su caso, los pasivos. El albacea, tendrá la obligación de pagar las deudas del autor de la herencia con los bienes de la masa hereditaria para posteriormente adjudicar a favor del o de los herederos el remanente. Es fundamental conocer que toda herencia es en beneficio de inventario por lo que ninguno de los herederos, legatario o el albacea responde de las deudas del difunto con sus bienes sino únicamento con los bienes que conforman la masa hereditaria.