Rodriguez Larrondo & Asociados S.C.

Rodriguez Larrondo & Asociados S.C. Contadores Públicos Certificados

20/12/2025

SAT fija fecha límite para activar el Buzón Tributario y evitar multas superiores a los 11 mil pesos

02/08/2024

30 de agosto
Esta proximo de terminar el plazo para presentar el Dictamen del Impuestos Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal ¿Cuándo se presenta? a mas tardar el 30 de agosto de 2024.

Estas a tiempo no dudes en contactarnos

31/07/2024

RODRÍGUEZ LARRONDO & ASOCIADOS S.C. inicia operaciones en 1992 con un grupo de profesionistas con diferentes especialidades y experiencia en diversas áreas de la administración de una empresa y sobre las cuales ofrecemos nuestros servicios.
Servicios
Consultoría en desarrollo y optimización de negocios
Contabilidad electrónica de personas Físicas y Morales.
Elaboración de Impuestos Federales y Estatales.
Actualización de Contabilidades.
Dictamen Fiscal, Financiero y Administrativo.
Dictamen del I.M.S.S.
Dictamen de Contribuciones Locales Estado de México y CDMX.
Asesoría Fiscal, Contable y Administrativa.
Implementación de procesos administrativos y Recursos Humanos.
Facturación Electrónica.
Si tu empresario o contribuyente estas interesado en algún
Servicio no dudes en llamarnos podemos hacerte una propuesta sin costo alguno y te elaboramos un proyecto de acuerdo a tus necesidades.

Tel: 551106-2829 551156-0965
552955-1302

01/07/2024

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28/06/2024

Con fecha 07/06/2024 se emitió un decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Seguros Social, en materia de herramientas digitales para tramites.
¿Quiénes están obligados a registrarse en el BUZON IMSS?
Toda perdona física o Moral que este registrado ante el IMSS y que tenga su Registro Patronal
DEFINICION.
Sistema de comunicación electrónico implementado, administrado por el IMSS y establecido en su página de internet, para realizar la notificación de cualquier acto, requerimiento o resolución administrativa que se emita en documentos digitales. Asimismo, las personas empleadoras pueden presentar promociones, solicitudes, avisos o dar cumplimiento a sus obligaciones y requerimientos efectuados por el Instituto, mediante documentos digitales, y realizar consultas sobre su situación fiscal y administrativa ante el IMSS

06/05/2024

¿Cambio en la mecánica del cálculo del Subsidio para el empleo?

El día 1 de mayo de 2024 se publico un DECRETO relacionado con el subsidio al empleo considerando que este es un beneficio fiscal diseñado para apoyar a los trabajadores remunerados con bajos salarios. Este subsidio está regulado en la ley del Impuestos sobre la Renta.
En México, las personas que reciben ingresos por concepto de sueldos y salarios, que están en la economía formal, quien calcula el impuesto que tiene que pagar los trabajadores es el patrón mediante una nómina semanal, quincenal, y 0 mensual, lo retiene y lo entrega al SAT.
El subsidio al empleo es una ayuda o beneficio a los trabajadores con bajos salarios a través de un cálculo efectuado por nómina, el cual con este decreto se actualiza a partir del 1 de mayo de 2024.
El subsidio al empleo se implemento en el 2008 y ya se venia otorgando a los trabajadores de bajos salarios, en base a Tablas del ISR con diferentes rangos de aplicación, por loque en este DECRETO se esta actualizando su forma de cálculo de manera más sencilla, ya que anteriormente el subsidio al empleo permitía a los trabajadores que tenían ingresos de hasta $7,382.00 tuvieran ese subsidio. Pero con los incrementos a los salarios mínimos ya no es aplicable, porque el salario mínimo actualmente es de $7,567.00 y con este rango de sueldo a ningún trabajador aplicaba el subsidio.
“Mecánica del cálculo del subsidio al empleo”
Con la actualización, el subsidio ya no depende del nivel del salario, ahora es una cantidad fija equivalente al 11.82% del valor de la UNIDAD DE MEDIDA y Actualización (UMA) mensual
Actualmente el valor de la UMA es de $108.57 y su valor mensual es de $3,303.00 por el 11.82% nos da el subsidio de $390.00, por, lo que este valor es el subsidio a que tienen derecho todos los trabajadores que perciban un ingreso por salarios hasta $9,081.00 mensuales.
Por lo que todos los demás trabajadores que perciban un salario superior a esa cantidad, no tienen derecho a este subsidio.

Si tu empresario que estas leyendo esta publicación necesitas se te elaboren tus nominas con esta nueva aplicación, no dudes en llamarnos

27/02/2024
07/02/2024

REFORMAS EN LA DECLARACION MENSUAL DEL IVA

El SAT ha publicado el formato actualizado para la declaración mensual de IVA para 2024 para las Personas Morales, con cambios que aumentan la precisión en la presentación de declaraciones y detección de diferencias por el SAT. Ahora se rellenarán por el SAT los montos necesarios para el cálculo del IVA en base a los CFDI emitidos y recibidos del mes que se trate, junto con la información de los CFDI con complemento de pago
Son dos las principales características del cambio en la forma de generar el pago definitivo mensual del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en la página del SAT:
• Información precargada: El formato ahora incluye información precargada directamente desde los CFDI y complementos de pago correspondientes al mes. Esta integración automatizada facilita el proceso de declaración, reduciendo errores y tiempo de preparación.
• Datos editables: A pesar de la precarga de datos, el formato permite a los contribuyentes editar la información. Esto asegura que puedan hacer ajustes necesarios para reflejar con precisión su situación fiscal.
• IVA a cargo (CFDI emitidos)
• El SAT en el detalle de las cantidades prellenadas nos da el número de CFDI que considera para el cálculo, pero no nos da la relación de los CFDI que toma para el calculo.
• IVA acreditable (CFDI recibidos)
• Lo mismo sucede con los CFDI recibidos, que sirven para obtener el monto del IVA acreditable del mes, nos da la suma de los CFDI y sumas de los importes, para considerarlo en el pago definitivo mensual del IVA ante el SAT:
El plazo para el complemento de recepción de pagos antes de la reforma fiscal de 2022, los contribuyentes tenían hasta el décimo día natural del mes siguiente para emitir el complemento de recepción de pagos. Con la reforma, este plazo se redujo en la regla 2.7.1.32 para 2024, ahora, el CFDI con «Complemento para recepción de pagos» debe ser emitido a más tardar el quinto día natural del mes siguiente al de los pagos recibidos.
Es necesario destacar que la incapacidad de acreditar correctamente el IVA puede llevar a sanciones económicas. La puntualidad y precisión en la emisión de CFDI y en la declaración de impuestos son esenciales para evitar complicaciones con el SAT

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02/02/2024

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LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓNEn general, se espera un incremento neto en ingresos de un 9.23%. Por lo que se refiere ...
07/12/2023

LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN

En general, se espera un incremento neto en ingresos de un 9.23%. Por lo que se refiere a ingresos tributarios se espera un incremento en todos los impuestos, excepto en IVA, ya que en este se espera un decremento en su recaudación de un 6.27%. Destaca que en materia de IEPS se espera un incremento bastante notable del 41.52% y en Impuesto sobre automóviles nuevos de un 26.13%. en este sentido, se sugiere, estar atento del correcto y oportuno cumplimiento de las obligaciones fiscales puesto que, resulta fácil advertir, que la autoridad fiscal seguirá fortaleciendo su eficacia y eficiencia recaudatoria. Por otro lado, se nota un decremento en la recaudación de impuestos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de pago de un 60.75%, lo que sugiere que ya se han recuperado esos adeudos de años pasados o que algunos de ellos han prescrito.

Destaca el incremento en el endeudamiento interno previsto para 2024 en cantidad de $1,950,120.00 millones de pesos que con relación al previsto para 2023 en cantidad de $1,210,347.00 millones de pesos representa un incremento del 61.12%. No se prevé, al igual que en 2023, endeudamiento externo.
La tasa de recargos por prorroga no sufrió cambios con relación a 2023 por lo que se mantiene en 0.98% mensual; en pago a plazos de hasta 12 meses la tasa será de 1.26% mensual, 1.53% mensual para plazos de más de 12 meses y hasta 24 meses y de 1.82% mensual para plazos superiores a 24 meses, así como en pagos a plazo diferido.
En materia de estímulos fiscales no existe ningún cambio. Por lo que se refiere a la tasa de retención de ISR en tratándose de intereses bancarios, la tasa aumenta de un 0.15% vigente para 2023 a un 0.50% para 2024.

Dirección

Bosques De Chiapas No. 21 Col Santa Monica
Estado De México
54050

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