Jurídico, Abogados DCG

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24/03/2026

Mapa para dimensionar la magnitud del derrame de petróleo en el Golfo de México

19/03/2026

🐶🐵🐱 Si eres testigo de agresiones, abandono, negligencia o cualquier forma de violencia hacia un animal, ¡denúncialo de inmediato al 089! 📞 Llama, reporta y actúa.
�☎️ Tu denuncia es confidencial y puede marcar la diferencia.

🙊 Ellos no pueden hablar… pero tú sí puedes ayudar.

16/03/2026

Negativa de recibir notificación

15/03/2026

Reforma al Código Penal Federal sobre abuso sexual

DOF | 13 de marzo de 2026

Se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma a los artículos 260 y 266 Bis del Código Penal Federal, que fortalece la regulación del delito de abuso sexual.

La reforma establece que comete abuso sexual quien, sin consentimiento, realice actos de naturaleza sexual o obligue a la víctima a ejecutarlos u observarlos.

La ley precisa que el silencio, la pasividad o la falta de resistencia no constituyen consentimiento.

Las p***s van de 3 a 7 años de prisión, con agravantes cuando exista violencia, relación de confianza, abuso de autoridad o situaciones de vulnerabilidad.

Además, el delito se perseguirá de oficio y se contempla la reparación integral del daño a la víctima.

08/03/2026

Hoy reconocemos la lucha histórica de las mujeres por la igualdad y una vida libre de violencia.

En la Fiscalía CDMX trabajamos todos los días para fortalecer una procuración de justicia con perspectiva de género, investigando los delitos que afectan a las mujeres y garantizando atención y acompañamiento a las víctimas.

26/02/2026

Conoce los trámites y documentos que debes presentar ante el Servicio Forense.

26/02/2026

Es falso que debas esperar 24, 48 o 72 horas para reportar la desaparición de un familiar, repórtalo de manera inmediata al 800 7028 770.

27/01/2026

REQUISITOS PARA ORDEN DE APREHENSION
Los requisitos que deben ser cubiertos para una orden de aprehension según el artículo 16 párrafo I y III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 142 en relación con el diverso artículo 141 párrafo I fracción III del Codigo Nacional de Procedimientos Penales:
1.- Que sea emitida por una autoridad judicial competente.
2.- Que exista denuncia o querella de un hecho que la ley señale como delito.
3.- Que la ley lo sancione cuando menos con pena privativa de libertad.
4.- Que existan datos que acrediten que se ha cometido ese hecho y que se ha cometido ese hecho y que se haga probable que el imputado lo cometió o participó en su comisión.
5.- Que exista necesidad de cautela

26/01/2026
Gracias a todos nuestros clientes, colegas y amigos por otro año más, como muestra de nuestro agradecimiento las asesorí...
01/01/2026

Gracias a todos nuestros clientes, colegas y amigos por otro año más, como muestra de nuestro agradecimiento las asesorías jurídicas de cualquier tipo corren completamente de nuestra cuenta y si tienen un asunto actualmente con nosotros por cada recomendación se les descuenta el 25% en su total (acumulable a un 50%).

¡Sin ustedes nada sería posible! Gracias y feliz año nuevo.

Jurídico 24 horas los 365 días del año.

28/12/2025

🚨 OJO CON ESTO SI YA TE DIVORCIASTE 🚨

Muchas personas creen que con la sentencia de divorcio del juzgado es suficiente.

❌ Y no siempre es así.
📌 Si NO realizas la anotación del divorcio en el Registro Civil, legalmente puedes seguir apareciendo como persona casada frente a terceros.

⚖️ ¿Por qué es tan importante la anotación del divorcio?

Porque la sentencia por sí sola NO produce efectos frente a terceros hasta que se inscribe en el Registro Civil.

👉 ¿Qué pasa si no la haces?
❌ Sigues apareciendo como casado
❌ Puedes tener problemas si formas una nueva familia
❌ Tu nueva pareja puede verse afectada
❌ Tus hijos pueden enfrentar conflictos
❌ Riesgos graves en temas sucesorios (herencias)
❌ Confusión legal sobre derechos y obligaciones

📌 Lo más delicado: Si llegas a fallecer sin haber anotado el divorcio, legalmente tu ex puede seguir apareciendo como cónyuge, con consecuencias directas en la sucesión, aunque ya no vivan juntos desde hace años.

⚠️ Lamentablemente, muchos abogados no explican esto, y las personas creen que el trámite termina cuando sale la sentencia.

🔎 Conclusión importante:

👉 El divorcio NO termina jurídicamente hasta que:
✔️ Existe sentencia
✔️ Y se anota en el Registro Civil

💡 Si ya te divorciaste, verifica hoy mismo si tu divorcio está debidamente anotado.

Porque en derecho familiar, los descuidos de hoy se convierten en problemas graves mañana.

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