22/04/2026
Excelente
Es innecesario que las cédulas profesionales se deban registrar en los poderes judiciales, locales y federal, para poder estar autorizado con las facultades de un licenciado en derecho y más.
El registro de profesionistas es público, basta con poner el número de cédula o el nombre del profesionista.
Sobre ello, en el PJF también aplican la de “No se tiene por autorizado toda vez que su cédula profesional no está registrada en en el Registro del PJF”, pero ya salió el Pleno Regional Centro-Norte a decir:
Basta que la persona cuente con cédula profesional, no es necesario su registro ante el Sistema de PJF.
Igual siempre señálenlo, para que no les pongan trabas en los asuntos.