01/08/2022
En la actualidad el tema del concubinato, sigue siendo una forma de familia que incluso muchos estudiosos del derecho continúan marcándola como la unión de dos personas de distinto s**o, es decir, un hombre y una mujer, sin impedimento, de conformidad a la ley, para contraer matrimonio, que hagan vida en común, como si estuvieran casados, por dos años, o bien que hayan vivido por menos de dos años, pero que hayan concebido un hijo en común de esta relación.
Pues en ER Asociados y Abogados, te informamos, que esta definición del concubinato, no es del todo cierta, además de ser discriminatoria.
En primer punto, el concubinato, ya es reconocido entre personas del mismo s**o, garantizándoles que no serán discriminadas por su orientación o preferencias sexuales.
En segundo punto, ya se le reconocen distintos derechos que se crean, a las personas que mantienen una relación con personas que están casadas pero separadas. Es decir, que las personas pueden generar y crear derechos de concubinos aun estando casado una de las partes del concubinato, siempre y cuando probemos que este ya esta separado de su anterior pareja. La Suprema Corte de Justicia de la Nación ya se ha pronunciado al respecto.