03/08/2026
Es la pregunta con la que llega casi todo el mundo: por dónde se empieza.
Se promueve ante un juez de lo familiar la fijación de un régimen de convivencia, con días, horarios, entregas y recepciones definidos. Junto con la demanda se solicitan medidas provisionales, que son las que permiten que haya convivencia mientras el asunto se resuelve, en vez de esperar meses a la sentencia. En el camino, el menor es escuchado conforme a su edad y madurez, y suele haber valoración psicológica.
No es un trámite de ventanilla, pero tampoco es el laberinto que la gente imagina. Lo que sí es determinante es cómo se plantea desde el primer escrito.
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