Servicios Jurídicos y Periciales Avila

Servicios Jurídicos y Periciales Avila Servicios jurídicos en materia Familiar: pensión alimenticia, divorcio, convivencias, guarda y custodia, etc.

07/03/2022
!!!!!!! 1er CONGRESO FORENSE Centroccidental de México ¡¡¡¡¡¡¡PAGO ÚNICO $279.00 pesos mexicanos o 15 Dólares americanos...
14/03/2021

!!!!!!! 1er CONGRESO FORENSE Centroccidental de México ¡¡¡¡¡¡¡
PAGO ÚNICO $279.00 pesos mexicanos o 15 Dólares americanos

TEMATICA: LA CRISIS HUMANITARIA, PANDEMIA, DELINCUENCIA, CRIMEN Y REACCIÓN SOCIAL.

FECHA: 26 y 27 de Marzo.

INCLUYE: CONSTANCIA CON VALOR CURRICULAR Y VIDEOS DE TODAS LAS CONFERENCIAS.

12 CONFERENCIAS, 3 PAISES PARTICIPANTES.
Descuento especial pregunta cómo obtenerlo!

Te acompaño en el proceso de divorcioMe divorcié de un hombre bueno, trabajaba seis días a la semana, pero al llegar a c...
02/07/2020

Te acompaño en el proceso de divorcio

Me divorcié de un hombre bueno, trabajaba seis días a la semana, pero al llegar a casa se comportaba como amo y yo su esclava.
“Idiota” era el insulto más suave, a gritos e insultos ya estaba acostumbrada.

Me divorcié de un hombre bueno, jamás faltaba nada en el hogar, se hacía cargo de cada desperfecto y siempre me llevaba en coche bueno, pero a sus hijos los trataba como desconocidos.

Me divorcié de un hombre bueno, salíamos de vacaciones cada invierno pero tuvo una hija con otra mujer estando casado conmigo.

Me divorcié de un hombre bueno, me compró un auto, pero no me permitía hablar con nadie, me reprochaba mis amistades, me daba hora de llegada, revisaba mis cosas como detective buscando pruebas del delito, delito que él había cometido y seguro pensaba que yo también.

Me divorcié de un hombre bueno, tenía bien vestidos a sus hijos, pero solía usar la piel para marcar a heridas su odio ante la vida.

Me divorcié de un hombre bueno, tenia un puesto importante, respeto y admiración por mucha gente, títulos pegados en la pared, de los mejores sentidos del humor en las reuniones, pero en casa mi admiración ya no tenía, la educación la olvidaba, conmigo no reía, yo era su sirvienta, su enemiga, su objeto, tantas cosas, pero no su esposa.

Ahora estoy en boca de todos:
“Seguro lo dejó por otro”
“No merecía a tan buen hombre”
“Quería seguir viviendo como soltera”

Todos veían la sonrisa que le dábamos al mundo, pero nadie estuvo para ver mis noches
armándome de valor entre cada maltrato para poder dejarlo, nadie escuchó las amenazas constantes diciéndome “Si me dejas, te quedas en la calle”

Juré estar con él hasta que la muerte nos separe, pero él ya había mu**to desde antes, pues el hombre con el que me casé es diferente del que me divorcié.

A todas y cada una de ustedes... " Eres la mujer más fuerte que conozco y que nadie te haga creer lo contrario"

Caso Serymar
24/03/2019

Caso Serymar

La falta de resultados en las indagatorias sobre el feminicidio de Serymar Soto obligó a su familia a convertirse en policía de investigación. Al igual que m...

DETERMINANTE EL CUMPLIMIENTO DEL PAGO DE PENSIÓN ALIMENTICIA A LOS MENORESLas circunstancias pueden modificar los montos...
16/02/2019

DETERMINANTE EL CUMPLIMIENTO DEL PAGO DE PENSIÓN ALIMENTICIA A LOS MENORES
Las circunstancias pueden modificar los montos de pago.
La pensión alimenticia puede ser modificada en caso de que el demandante acredite que cambiaron las circunstancias de vida del menor, indicó el juez noveno de primera instancia del primer distrito judicial, Antonio Pérez Ascencio.
Cuando las circunstancias que dieron origen a la pensión han cambiado, se puede incrementar la pensión alimenticia, es decir, cuando el o la menor tienen más edad y ahora tienen que ir al kínder los gastos de la educación aumenta y es cuando se modifica el monto de la pensión, explicó.
Más información en:

Las circunstancias pueden modificar los montos de pago.   La pensión alimenticia puede ser modificada en caso de que el demandante acredite que cambiaron las circunstancias de vida del menor, indicó el juez noveno de primera instancia del primer distrito judicial, Antonio Pérez Ascencio. Cuando ...

MI PAREJA NO QUIERE EL DIVORCIO ¿QUÉ PUEDO HACER?  Ahora a través del divorcio incausado, NO es necesario que tu pareja ...
16/02/2019

MI PAREJA NO QUIERE EL DIVORCIO ¿QUÉ PUEDO HACER?

Ahora a través del divorcio incausado, NO es necesario que tu pareja este de acuerdo en divorciarse, pues basta con que tú lo solicites, para que una vez concluido el proceso, se decrete la disolución del matrimonio.

¿Qué es Divorcio incausado?

El divorcio incausado, ayuda que la ruptura del vínculo matrimonial sea tramitado en un período menor, ya que NO exige de justificación o causa concreta para el pedido y NO requiere el consentimiento de ambos cónyuges, esté permite la disolución del matrimonio sin la necesidad de expresar la causa de la ruptura.

El divorcio incausado, ayuda que la ruptura del vínculo matrimonial sea tramitado en un período menor, ya que:

- NO exige de justificación o causa concreta para el pedido.
- NO requiere el consentimiento de ambos cónyuges.👩‍🎓📚⚖⚖⚖

10/02/2019

PENSIÓN DE LA ESPOSA E HIJOS, AHORA PENSIÓN DE LA TERCERO EN DISCORDIA. 👇

Época: Décima Época
Registro: 2019264
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo de Tesis: Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Publicación: viernes 08 de febrero de 2019 10:10 h
Materia(s): (Civil)
Tesis: (IV Región)1o.12 C (10a.)

PENSIÓN COMPENSATORIA. PROCEDE EN AQUELLAS UNIONES DE HECHO AUNQUE SE ENCUENTREN CASADOS CON TERCERAS PERSONAS, SIEMPRE QUE SE ACREDITE QUE SE TRATA DE UNA PAREJA CON CONVIVENCIA PÚBLICA, CONSTANTE, ESTABLE Y FUNDADA EN LA AFECTIVIDAD, SOLIDARIDAD Y AYUDA MUTUA CON INDEPENDENCIA DE SI PROCREARON HIJOS Y NO TRAMITARON SU DIVORCIO.

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver el amparo directo en revisión 230/2014, emitió la tesis aislada 1a. VIII/2015 (10a.), de título y subtítulo: "PENSIÓN COMPENSATORIA. PROCEDE ANTE EL QUEBRANTAMIENTO DE UNIONES DE HECHO, SIEMPRE Y CUANDO SE ACREDITE QUE SE TRATA DE UNA PAREJA QUE CONVIVIÓ DE FORMA CONSTANTE Y ESTABLE, FUNDANDO SU RELACIÓN EN LA AFECTIVIDAD, LA SOLIDARIDAD Y LA AYUDA MUTUA.", en la que buscó tutelar aquellas relaciones de hecho que, de conformidad con las circunstancias especiales y sociales que les dieron origen, se encuentran ante un impedimento legal para configurar el concubinato o, en su caso, celebrar matrimonio. Por tanto, no debe considerarse como impedimento para el otorgamiento de la protección y goce de derechos alimentarios, la justificación de las exigencias legales para ese tipo de figuras ya que, a efecto de proteger las uniones de hecho entre personas, deben permear las circunstancias en que se desarrolló la convivencia en pareja como: su naturaleza, su tipo y duración, en otras palabras, si fue pública, constante y estable, si se dieron vínculos de solidaridad y ayuda mutua, con independencia de si se procrearon hijos o no, o bien, si estuvieron vinculados en matrimonio con terceras personas, pero nunca tramitaron su divorcio. Entonces, ante la existencia en la realidad social de personas que, en lugar de disolver su matrimonio previo, sólo optaron por separarse de hecho –físicamente– de su cónyuge; estos elementos no deben impedirles rehacer sus vidas sentimentales en pareja; por tanto, el estar unidos en matrimonio con terceras personas no hace improcedente que entre éstas exista la obligación de otorgar una pensión compensatoria; lo anterior, siempre que la separación física previa de sus anteriores parejas y la convivencia en la nueva unión sean públicas, constantes, estables y, esta última, fundada en la afectividad, solidaridad y ayuda mutua.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA CUARTA REGIÓN.

Amparo directo 574/2018 (cuaderno auxiliar 940/2018) del índice del Tribunal Colegiado en Materia Civil del Décimo Segundo Circuito, con apoyo del Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz. 15 de noviembre de 2018. Unanimidad de votos. Ponente: Teddy Abraham Torres López. Secretario: Roberto Ortiz Gómez.

Nota: La tesis aislada 1a. VIII/2015 (10a.) citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 23 de enero de 2015 a las 9:00 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 14, Tomo I, enero de 2015, página 769.

Esta tesis se publicó el viernes 08 de febrero de 2019 a las 10:10 horas en el Semanario Judicial de la Federación.

Pensiones alimenticias!
25/01/2019

Pensiones alimenticias!

Dirección

Cerrada Los Amates 10
Cuautla

Horario de Apertura

Lunes 9am - 5pm
Martes 9am - 5pm
Miércoles 9am - 5pm
Jueves 9am - 5pm
Viernes 9am - 5pm

Teléfono

+527351212511

Página web

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando Servicios Jurídicos y Periciales Avila publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

Contacto La Empresa

Enviar un mensaje a Servicios Jurídicos y Periciales Avila:

Compartir