Abogado Laboral y familiar

Abogado Laboral y familiar NO FIRMES TU RENUNCIA

19/05/2026

🚨 Un hotel terminó pagando MÁS DE 30 MILLONES DE PESOS tras la muerte de un joven electrocutado dentro de sus instalaciones.

Sí.
Más de 30 millones de indemnización.

En el caso analizado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el Amparo Directo 30/2013, un joven murió electrocutado mientras usaba un kayak en un lago artificial de un hotel turístico.

🔥 Pero lo más grave fue esto:

❌ Existían fallas eléctricas
❌ No acreditaron mantenimiento adecuado
❌ El rescate tardó hasta 30 minutos
❌ La ambulancia demoró cerca de una hora
❌ No había protocolos eficaces de emergencia

⚖️ La Corte dejó claro que las empresas no pueden deslindarse cuando existe negligencia y falta de seguridad.

📌 Y confirmó una indemnización millonaria que superó los 30 millones de pesos, considerando:

👉 la gravedad del daño
👉 el sufrimiento psicológico de los padres
👉 la negligencia del hotel
👉 y la capacidad económica de la empresa

❗ La seguridad de las personas no es opcional.

🚨 Un descuido puede destruir una vida… y también generar consecuencias legales millonarias.

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🔁 Comparte esto… porque muchas personas no saben que las empresas también responden por accidentes provocados por negligencia.

12/05/2026

🔴 ATENCIÓN TRABAJADORES 🛑

¿Te han dicho que NO TE VAN A PAGAR TUS UTILIDADES porque tienes una demanda laboral en curso o porque ya demandaste a tu empresa?

⚠️ ¡ES MENTIRA Y ES ILEGAL!

Te explico qué dice la Ley Federal del Trabajo clarito:

✅ 1. ES UN DERECHO QUE NADIE TE PUEDE QUITAR
Las utilidades son un derecho constitucional, igual que tu salario. El Artículo 130 dice que son irrenunciables, inembargables y NO SE PUEDEN CONDICIONAR NI RETENER POR NINGÚN MOTIVO. Ni por demanda, ni por juicio, ni por nada.

✅ 2. LA DEMANDA NO DETIENE EL PAGO
El Artículo 122 es contundente: “El pago debe hacerse AÚN CUANDO ESTÉ EN TRÁMITE UNA CONTROVERSIA O DEMANDA”.
Que estés demandando por despido injustificado es un asunto aparte, tus utilidades se deben pagar en junio como a todos, sí o sí.

✅ 3. SI TE LAS NIEGAN, LA EMPRESA SE VA A MULTA
Según el Artículo 994 Fracción II, negar el pago es una infracción grave. La multa va desde los $29,000 hasta más de $580,000 PESOS POR CADA TRABAJADOR AFECTADO.

📌 ¿QUÉ TIENES QUE HACER? PASOS SENCILLOS:

1️⃣ No te quedes callado. Guarda cualquier mensaje, carta o aviso donde te digan que no te pagan.
2️⃣ Denuncia ante la Inspección Federal del Trabajo.
📩 Correo: [email protected]
📞 Teléfono gratuito: 800 911 7877 / 800 717 2942
NO NECESITAS SABER DATOS FISCALES Solo necesitas decir:
Nombre de la empresa, dirección y decir: "Me niegan utilidades solo por tener demanda laboral, y eso es ilegal".

3️⃣ También puedes agregar este reclamo a tu demanda actual para que te paguen lo que te deben más intereses.
💥 RECORDATORIO:
Que te digan "no te pago porque demandaste" es VIOLACIÓN DIRECTA A LA LEY. No dejes que te engañen, es tu dinero, te lo ganaste trabajando más de 60 días el año pasado, y por ley te corresponde.

📢 COMPARTELO para que más trabajadores defiendan sus derechos.

07/05/2026

🚫 ¡DEJA DE TENER MIEDO! El boletinaje laboral es un mito y además es ILEGAL. ⚖️

Como abogado laboralista, te lo digo con toda seguridad: En mi experiencia profesional, nunca he conocido ni visto un caso real y comprobado de listas negras. 🛑

Muchos trabajadores dejan de exigir lo que les corresponde por miedo a "quedar marcados", pero la realidad es que la Ley te protege. ✅

✅ El boletinaje está prohibido por el Artículo 133 de la Ley Federal del Trabajo.
✅ Si existiera alguna irregularidad, tienes herramientas legales (como los derechos ARCO ante el INAI) para eliminarlo de inmediato.
✅ Exigir tus derechos no te pone en una lista, te pone en la razón.

No dejes que el miedo te robe lo que te han ganado con tu esfuerzo. ¡Tus derechos son irrenunciables y tienes todo el respaldo legal para defenderte! 💪👨‍⚖️

Si tienes dudas o necesitas asesoría, escríbeme. Estoy para ayudarte.

06/05/2026
26/04/2026

🚨 Puedes perder el derecho de ver a tus hijos… aunque seas su padre o madre.

En el Amparo Directo en Revisión 3799/2014, la Suprema Corte de Justicia de la Nación dejó algo muy claro:

⚖️ El derecho de convivencia no es absoluto.

🔥 Si existe riesgo para el menor, incluso por posibles situaciones de violencia familiar, un juez puede:

❌ Limitar las convivencias
❌ Supervisarlas
❌ O incluso suspenderlas

Todo bajo un principio clave:
👉 el interés superior del menor está por encima de cualquier derecho del padre o la madre.

❗ Esto significa que no basta con decir:
“es mi hijo, tengo derecho a verlo”

📌 El juez debe analizar el contexto, los riesgos y el bienestar del menor antes de decidir.

🚨 Y si detecta peligro… puede intervenir.

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🔁 Comparte esto… porque muchas personas no saben hasta dónde puede llegar una decisión familiar.

15/04/2026

¿Te faltan semanas del IMSS de hace años? 📉
No te rindas, tienes derechos. ✅

🔹 Si no responden en 60 días = Negativa Ficta.
🔹 Puedes ir DIRECTO al AMPARO, no es obligatorio pasar por el Tribunal Administrativo.
🔹 Tus estados de cuenta de INFONAVIT son prueba suficiente.
🔹 Es tu derecho humano a la seguridad social. 🛡️

¡Lucha por tu pensión! 👊💼

10/04/2026

🚨 CUIDADO: impedir que un padre vea a su hijo puede hacerte perder la custodia.

En el Amparo Directo en Revisión 2710/2017, la Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó un caso donde la madre desobedeció de forma reiterada las convivencias ordenadas por un juez.

🔥 ¿Lo más impactante?La Corte estableció que no es necesario que el menor ya esté dañado para cambiar la custodia… basta con que exista un riesgo potencial que pueda afectarlo.

⚖️ Por eso, aplicando el interés superior del menor, se confirmó el cambio de guarda y custodia a favor del padre, incluso de manera progresiva.

❗ Esto rompe un mito: no puedes usar a tus hijos para castigar al otro progenitor sin consecuencias legales.

📲 Lic. Alejandro García | WhatsApp 55 1022 2865🔁 Comparte esto… porque hay muchos casos así y no todos saben lo que puede pasar.

09/04/2026

🔥 ¿Tu empresa nunca te ha aplicado cuestionarios de estrés, acoso o ambiente laboral? Ojo, podría estar incumpliendo la NOM-035.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, mediante la NOM-035-STPS-2018, obliga a las empresas a prevenir riesgos psicosociales, violencia laboral, estrés, hostigamiento y desgaste emocional dentro del trabajo.

⚖️ Si tu empresa tiene más de 15 trabajadores, debe aplicar cuestionarios para detectar factores de riesgo, evaluar el ambiente laboral y repetirlo por lo menos cada dos años.

Además, debe contar con un mecanismo formal para denunciar acoso, humillaciones, presión excesiva o maltrato laboral, y si detecta afectaciones psicológicas, incluso debe canalizar al trabajador a atención médica.

🚨 Muchas empresas no cumplen esto, y ese incumplimiento puede convertirse en una prueba importante en un juicio laboral.

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Comparte esta información, porque muchos trabajadores viven presión diaria sin saber que la ley ya los protege.

08/04/2026

🔥 Si en tu trabajo te humillan, te gritan, te aíslan o te presionan todos los días… eso puede ser acoso laboral y sí se puede demandar.
En el Amparo Directo 643/2024, se estudió un caso donde una trabajadora denunció hostigamiento laboral, discriminación y afectaciones emocionales derivadas del trato recibido dentro de su centro de trabajo.
⚖️ Lo más importante es que para reclamar legalmente no basta con decir que existe acoso: debes guardar mensajes, correos, audios, testigos, cambios injustificados de puesto, amenazas, reportes médicos o cualquier evidencia que demuestre presión constante o humillación.
Muchas personas soportan años de maltrato sin documentarlo y cuando deciden demandar ya perdieron pruebas clave.
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Comparte esta información, porque muchas personas viven acoso laboral sin saber que pueden defenderse legalmente.

08/04/2026

¿Sabías que un padre puede no pagar pensión alimenticia… y aun así no perder automáticamente la patria potestad?
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver el Amparo Directo en Revisión 2024/2024, dejó claro que para perder la patria potestad por incumplimiento alimentario no basta con decir que nunca pagó.
Primero debe existir una resolución judicial que haya fijado claramente cuánto debía pagar, porque sin esa determinación legal no existe certeza sobre el incumplimiento exigible.
Esto significa que en muchos juicios familiares no basta el reclamo moral: se necesita una base jurídica sólida para que proceda una sanción tan grave como retirar derechos parentales. �
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La Corte también recordó que cada caso debe analizarse siempre bajo el principio del interés superior de niñas, niños y adolescentes. �
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Si te interesa conocer tus derechos en materia familiar, comparte este video. Soy el Licenciado Alejandro García, WhatsApp 55 1022 2865. 📲⚖️

02/04/2026

¿Un padre puede recuperar legalmente a sus hijos aunque vivan con sus abuelos?

La Suprema Corte, en el Amparo Directo en Revisión 494/2024, confirmó que existe prioridad legal para que los progenitores ejerzan el cuidado de sus hijos, salvo que se acredite un riesgo real para niñas o niños.

⚖️ Cada caso familiar requiere análisis serio y estratégico.

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