28/03/2016
Proponen Abogados Independientes eliminar la comparecencia presencial para el registro de candidaturas independientes en el estado de Colima.
Con el propósito de promover la participación ciudadana y facilitar los trámites ante las instancias electorales, la "Agrupación de Abogados Independientes" presentó una iniciativa de ley ante el congreso del estado, en la que se solicita a los legisladores que se revise y actualice el Código Electoral del Estado de Colima y se elimine la comparecencia presencial en el registro de las candidaturas independientes.
En representación de la agrupación, el abogado Roberto Chapula Rincón, expuso que las candidaturas independientes en México se han venido desarrollando en las diferentes legislaciones de las entidades federativas, y reconoció que existe constancia de que en algunas, los legisladores han puesto más barreras y requisitos que en otras.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, haciendo uso del control constitucional y en las resoluciones de acciones de inconstitucionalidad, "ha declarado Inválidas disposiciones normativas de los Estados por ser exageradas, desproporcionales y violatorias del derecho a ser votado" mencionó Chapula Rincón.
En el caso de Colima, señaló el abogado, los requisitos para ser candidato independiente, no facilitan la participación ciudadana en la vida democrática del Estado, por lo que como profesionales del derecho, proponen una modificación elemental para activar el uso de las candidaturas Independientes.
En el documento entregado al congreso del estado, se presenta un análisis de los plazos establecidos a los aspirantes y se propone una ampliación del mismo para que sea más funcional y equitativo.
Otro de los puntos sobresalientes en la iniciativa es la eliminación de la comparecencia presencial de las personas que respaldan la candidatura que actualmente se requiere, "Los ciudadanos que decidan apoyar a un determinado aspirante a candidato independiente deberán dar su manifestación de respaldo, a través de la firma o huella en el formato de apoyo al candidato independiente "La eliminación de la comparecencia presencial tiene fundamento en la sesión del 24 de noviembre de 2015 el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cuando declaró como inconstitucional el artículo 201 Ter, apartado A, párrafo segundo, fracción IV, y apartado C, fracción I, del Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla, ya que el exigir la comparecencia de los ciudadanos al órgano electoral es una carga excesiva, desproporcionada y transgrede el derecho a ser votado, haciendo de las candidaturas un sistema prácticamente inviable.