Ciudadanos en Defensa de los Derechos Humanos A.C

Ciudadanos en Defensa de los Derechos Humanos A.C Somos una Organización No Gubernamental en apoyo a la promoción y difusión de los Derechos Humanos a favor de la sociedad mexicana.

05/03/2019

"Donde hay poca justicia es un peligro tener razón".-
Francisco de Quevedo

21/02/2019

NOTIMEX El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) destituyó a un Juez de Distrito del estado de Veracruz por corrupción, actuar en contra de constancias y errores inexcusables en un caso de pederas…

16/02/2019

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) expuso ante la Comisión Interamericana (CIDH) la persistencia en México de violencia, criminali...

13/02/2019

En Audiencia ante el Congreso, la investigadora Estefanía Vela, del CIDE, critica las reformas al sistema penal de justicia que no ha inhibido la delincuencia e inseguridad. Rechaza la Prisión Preventiva Oficiosa "Ampliar el catálogo únicamente simulará justicia, generará más negligencia, ineficiencia y corrupción"-

12/02/2019

¿Cómo solicito la aplicación de un Mecanismo Alternativo de Solución de Controversias? y ejerce tus derechos

Aspectos básicos que debes tener en cuenta si quieres que tu conflicto se resuelva a través de un MASC
Es importante que sepas cómo acceder a los MASC para resolver tu conflicto.

Los Mecanismos Alternativos se solicitarán de manera verbal o escrita ante la autoridad competente. Cuando se trate de personas físicas la solicitud se hará personalmente y en el caso de personas morales, por conducto de su representante o apoderado legal.

La solicitud contendrá la conformidad de las personas que lo requieren para participar voluntariamente en el Mecanismo Alternativo y su compromiso de ajustarse a las reglas que lo disciplinan. Asimismo se precisarán los datos generales de la o el Solicitante, así como los nombres y datos de localización de las personas complementarias que hayan de ser invitadas a las sesiones. Realizada la solicitud o la derivación de la autoridad competente, dará inicio el Mecanismo Alternativo.

La derivación consiste en que el Ministerio Público, una vez recibida la denuncia o querella, orientará al denunciante o querellante sobre los Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias y le informará en qué consisten éstos y sus alcances. El Ministerio Público podrá derivar el asunto al Órgano adscrito a las procuradurías o fiscalías cuando la víctima u ofendido esté de acuerdo con solicitar el inicio del Mecanismo Alternativo, los Intervinientes se encuentren identificados, se cuente con su domicilio y se cumplan con los requisitos de oportunidad y procedencia. El Ministerio Público deberá realizar las actuaciones urgentes o inaplazables para salvaguardar los indicios necesarios.

Cuando el imputado haya sido vinculado a proceso, el Juez derivará el asunto al Órgano respectivo si el imputado y la víctima u ofendido están de acuerdo en solicitar el inicio del Mecanismo Alternativo previsto en esta Ley y se cumplan los requisitos de oportunidad y procedencia. Asimismo, si el imputado ha sido vinculado a proceso, los Intervinientes podrán optar por que el mecanismo se desarrolle en el Órgano adscrito a la Procuraduría o Fiscalía, o en el adscrito al poder judicial, si lo hubiere.

Una vez que el Órgano recibe la solicitud examinará la controversia y determinará si es susceptible de resolverse a través de la mediación, conciliación o junta restaurativa. Si ésta es admitida, se turnará a la persona facilitadora. Cuando se estime de manera fundada y motivada que el asunto no es susceptible de ser resuelto a través de estas vías, el Órgano se lo comunicará al solicitante, y en su caso, al Ministerio Público o al Juez que haya hecho la derivación. Se podrá solicitar al Órgano que reconsidere la negativa de admisión. Si se estima procedente el Mecanismo, se asignará a una o un facilitador y se hará constar que las personas solicitantes aceptan sujetarse al Mecanismo Alternativo, por lo que se fijará la cita o invitación correspondiente a la persona requerida a una sesión inicial.

Con la solicitud planteada se abrirá y registrará el expediente del caso, mismo que contendrá una breve relación de los hechos y el Mecanismo a aplicar.

La invitación al requerido la realizará el Órgano dentro de los cinco días hábiles siguientes contados a partir de la fecha del registro del expediente del caso, por cualquier medio que asegure la transmisión de la información en los términos de la legislación procedimental penal aplicable. La invitación se hará preferentemente de manera personal y deberá considerar:

Nombre y domicilio de la o el Requerido;
Motivo de la Invitación;
Lugar y fecha de expedición;
Indicación del día, hora y lugar de celebración de la sesión del Mecanismo Alternativo;
Breve explicación de la naturaleza del mecanismo con su fundamento legal,
Nombre y firma de la persona facilitadora que la elaboró.
¿Hay sesiones previas a que inicie el Mecanismo?

La persona facilitadora podrá tener, cuando las características del caso así lo requieran, sesiones privadas de carácter preparatorio con todos los intervinientes por separado, previas a la sesión conjunta del Mecanismo, con el objeto de explicarles las características del mecanismo elegido y las reglas que deberán observar durante la realización del mismo. El facilitador podrá indagar con los intervinientes, la interpretación que ellos tienen del conflicto, a efecto de preparar las preguntas y herramientas que utilizará durante el desarrollo de las sesiones conjuntas.

Un aspecto importante a considerar es que el término de la prescripción de la acción penal se suspenderá durante la sustanciación de los Mecanismos Alternativos, a partir de la primera sesión y hasta que se actualice alguna de las causales de conclusión, salvo que ésta produzca la extinción de la acción penal.

Toma en cuenta que las sesiones se realizarán únicamente con la presencia de los intervinientes y, en su caso, de auxiliares y expertos, a petición de las partes. Los intervinientes podrán recibir orientación jurídica. Para tal efecto, cuando cuenten con abogado, éstos podrán presenciar las sesiones; sin embargo, no podrán intervenir durante las mismas-

12/02/2019

Sobre todo lo demás, debemos evitar que los políticos aprovechen el pánico temporal para imponer limitaciones de largo plazo a la libertad. Bruce Ackerman, La Constitución de emergencia.

11/02/2019

En el marco del Programa de Capacitación Interinstitucional para los Integrantes de las Instituciones de Procuración de Justicia y de Seguridad Pública 2019; La Fiscalía General del Estado de Veracruz, a través del Instituto de Formación Profesional y de la Fiscalía Regional con sede en Coatzacoalcos, impartirá el Curso Taller denominado "ASPECTOS GENERALES DEL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL: ACTUACIÓN POLICIAL".
Dirigido a todo aquél servidor público que realiza funciones policiales, y que son reconocidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Código Nacional de Procedimientos Penales.

El Curso-Taller dará inicio el próximo lunes 11 de febrero del año en curso en punto de las 09:00 horas, teniendo una duración de 30 horas efectivas, durante las cuales, se desarrollarán temas como:
-REFORMA CONSTITUCIONAL EN MATERIA DE SEGURIDAD Y JUSTICIA.

-CARACTERÍSTICAS Y PRINCIPIOS QUE RIGEN EL PROCEDIMIENTO PENAL ACUSATORIO Y ORAL.

-PRINCIPIOS DEL DEBIDO PROCESO PENAL.

-PRINCIPIOS DEL RÉGIMEN PROBATORIO.

-SUJETOS DEL PROCEDIMIENTO PENAL.

-FUNDAMENTOS LEGALES DE LA VÍCTIMA Y EL IMPUTADO.

-FUNDAMENTOS LEGALES DE LA ACTUACIÓN POLICIAL.

-DERECHOS HUMANOS Y ACTUACIÓN POLICIAL.

-FUNCIÓN POLICIAL EN LAS DIFERENTES ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO PENAL ACUSATORIO: INVESTIGACIÓN, INTERMEDIA Y JUICIO.

-INTERVENCIÓN DEL POLICÍA.

-ÁMBITO, ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES DE LAS AUTORIDADES PARA INVESTIGAR EN EL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL.

-CONOCIMIENTO Y HABILIDADES TÉCNICO-JURÍDICAS EN ACTOS DE INVESTIGACIÓN.

-PRINCIPALES ACTOS DE INVESTIGACIÓN EN LA ESCENA DEL CRIMEN.

-MARCO JURÍDICO DE LAS FUNCIONES DEL PRIMER RESPONDIENTE.

Este Curso-Taller, será impartido a personal de la Secretaría de la Defensa Nacional, Secretaría de Marina armada de México, Policía Federal, Secretaría de Seguridad Pública del Estado, Policía Municipal, Policía Naval y Policía Ministerial.

La sede será en las instalaciones de la Universidad de Sotavento en esta ciudad y puerto de .

01/02/2019

Al cierre del sexenio de Enrique Peña Nieto, más de 242 mil personas fueron víctimas de delitos del fuero común, pero de los llamados de alto impacto: homicidio, secuestro, extorsión y robo. El gobierno de López Obrador recibió los indicadores con franca tendencia al alza. Sin distingo de cla...

"Así piensa mucha gente en el país, acusando violaciones a los Derechos Humanos de los delincuentes, sin reconocer que e...
25/01/2019

"Así piensa mucha gente en el país, acusando violaciones a los Derechos Humanos de los delincuentes, sin reconocer que ellos son los primeros en violar los de sus víctimas.
En los derechos de los imputados valen más que los de las víctimas del delito. El único organismo encargado de su atención es la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.
Debido a la burocracia dentro de todo el sistema de justicia tener acceso a ella es extremadamente difícil. Las víctimas además de vivir con el dolor de haber perdido un familiar o sufrir en carne propia un delito tenemos que vivir con la incertidumbre de que los delincuentes sean liberados de un plumazo. ¿Ustedes que opinan?"
Isabel Miranda de Wallace, Organización Alto al Secuestro.

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