LEX Abogados

LEX Abogados Somos una organizacion que tenemos el fin de salvaguardar los intereses de nuestros clientes con mej

Somos una organizacion que tenemos el fin de salvaguardar los intereses de nuestros clientes con mejor calidad y eficiencia que podamos brindarles.

12/07/2020
12/07/2020

🚨 Que hacer si tu perro muerde a alguien. 🚨

✍️ Por favor, toma nota de cómo se debe actuar, conforme a derecho, si alguna vez te ves en una situación similar. ✍️

✔️ 1.- Procura resguardar a tu perro dentro de tu propiedad privada, tras el incidente.

✔️ 2. El o los responsables del perro tienen y deben reparar el daño. Se sugiere NO indemnizar al afectado con dinero, pues hay gente muy oportunista y aprovechada; es mejor llevar a la persona lesionada con un doctor que cuente con cédula profesional vigente, para recibir atención médica, y tu cubrir los gastos, asegurándote siempre que el afectado te firme de conformidad. El médico puede ser del sector público o privado.

✔️ 3. Aunque hace años no se reportan casos de rabia en humanos en México, a veces se utiliza este pretexto como argumento para tratar de conseguir una indeminzación

✔️ 4. Nadie, ninguna autoridad, ni la policia, puede entrar a tu propiedad sin tu autorización, a menos que muestren la orden de un juez.

✔️ 5. Nadie puede mediante coacción, intimidación o amenaza, obligarte a entregar "voluntariamente" a tu perro.

✔️ 6. La ley estipula que después de una queja ciudadana por mordedura, si no se tiene la certeza de vacunación, el perro debe permanecer 10 días en observación

✔️ 7. Si te trasladan ante el Ministerio Público, muestra el carnet de vacunación y externa tu intención de hacerte cargo de las lesiones.

Siempre la prevención es lo más recomendable. Es imprescindible que tu perro cuente con VACUNAS VIGENTES

17/02/2020

Antes de contratar los servicios de un abogado, usted debe tomar en cuenta lo siguiente:

1.- El problema a resolver es suyo. No del abogado.

2.- Ningún Juicio es igual a otro, por lo tanto no se resuelven de la misma forma.

3.- Los gastos que un Juicio genera, como gasolina, transporte, comidas, copias simples y certificadas, avaluos, investigaciones, Códigos, tramites y gastos sin comprobar son diferentes a los honorarios.

4.- Los Juicios foráneos así como diligencias, vistas, investigaciones, exhortos, trámites fuera de la jurisdicción de Ciudad Juárez, generan un gasto extra y honorarios diferentes.

5.- Los gastos que genera un Juicio los solventa el cliente, no el abogado.

6.- El abogado no es patrocinador de Juicios, ya que también tiene gastos personales y depende de su trabajo para subsistir, así como de la periodicidad de los pagos de honorarios que haga el cliente.

7.- El abogado tiene un horario de atención para sus clientes y asuntos, de LUNES A VIERNES de 9:00 AM a 9:00 PM, para llamadas telefónicas y atención personal, excepto Juicios penales y casos urgentes.

8.- Recuerde que el abogado no solo maneja su asunto, si no que maneja varios asuntos a la vez, y que cada uno tiene su tiempo y momento de atención.

9.- Se empezara a trabajar tan pronto el cliente proporcione la información y documentación completa y verídica, desde el inicio, ya que de no ser así, el resultado del asunto no será responsabilidad del abogado.

10.- El tiempo en que un Juicio se resuelve, depende de la misma naturaleza del asunto, tiempos que la ley marca, así como de la carga de trabajo del personal del Juzgado

11.- Quien resuelve los juicios y emite la sentencia son los jueces; de acuerdo a los elementos e información que el cliente proporciona, con oportunidad al abogado

12.- Cada asunto es independiente, así como los honorarios y los gastos.

13.- No es obligación del abogado acudir al domicilio del cliente para tratar su asunto, es una cortesía del profesionista; en caso de ser recurrentes estas visitas se debe contemplar que generan un gasto y en su caso honorarios.

14.- El cliente está obligado a estar al pendiente de su asunto y acudir a las citas cuando se le requiera, así como dedicar el tiempo que el asunto requiera y cuando el abogado lo cite.

15.- Recuerde que el profesionista es el abogado, no el cliente, por lo que si usted cree saber más que el abogado, no contrate los servicios usted puede resolver su problema.

16.- Las circunstancias antes descritas son enunciativas y no limitativas, por lo que pueden surgir otras en el transcurso y desarrollo de la atención y juicios del cliente.

SI USTED ESTA CONCIENTE DE LO ANTERIOR ESTA LISTO PARA CONTRATAR LOS SERVICIOS DE UN ABOGADO.

DE LO CONTRARIO ABSTÉNGASE DE CONTRATAR AL PROFESIONISTA.

12/12/2019

Conoce este criterio de la donde se establece qué incluye una pensión alimenticia para hacer efectivo el derecho fundamental a acceder a un nivel de vida adecuado

35/2016 📝http://bit.ly/2MIGeY9

03/12/2019

VIOLENCIA PSICOLÓGICA.

02/12/2019
01/11/2019

El concubinato es una relación familiar y en caso de que la pareja se separe los ex concubinos tienen derecho a alimentos en los mismos términos que lo tienen los ex cónyuges. Si el Código Civil no tiene prevista la posibilidad de que los ex concubinos soliciten una pensión alimenticia se deben aplicar las reglas generales, requisitos y límites establecidos para los casos de divorcio. Contradicción de Tesis 148/2012 Ministro Ponente: Arturo Zaldívar Consulta el archivo de este expediente: http://bit.ly/2RFGQhT

01/11/2019

Los padres se divorciaron y la madre se volvió a casar. Cuando el padre pidió la guarda y custodia de su hijo el juez determinó que lo más conveniente era que fuera la madre la que se quedara al cuidado del niño. El padre reclamó que en este caso las pruebas periciales en psicología y trabajo social debían realizarse también a la nueva pareja de la madre ya que forma parte del entorno familiar del niño. La Corte amparó al papá. Ordenó que se realicen estas pruebas periciales y se analice cuál de los padres ofrece el entorno mas favorable para el hijo en atención al interés superior de la infancia. Amparo Directo en Revisión 3394/2012
Ponente: Ministro Arturo Zaldívar Consulta archivo del expediente en: http://bit.ly/2NX1w7X
Tesis: 1a./J. 31/2014 (10a.) http://bit.ly/2maVZhb

28/10/2019

¿Sabías que la separación de los niños y niñas que viven con sus madres en situación de reclusión debe ser paulatina y asegurar que se mantendrá un contacto ...

29/09/2019
26/09/2019
03/09/2019

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