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07/03/2023
Tratando de cambiar el mundo!!Quieren recuperar los fondos del AFORE de algún familiar fallecido?Nosotros podemos ayudar...
31/08/2021

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Nosotros podemos ayudarte, contactanos al WhatsApp (656) 280-7311

02/05/2021

Con el inicio de la del de la Federación se robustece el rol de la como auténtico tribunal constitucional y se sientan las bases para una transformación profunda a la justicia federal, en beneficio de todas y todos los mexicanos.

Interesante!!!
27/04/2021

Interesante!!!

¡No puedes justificar “legítima defensa” si el delincuente portaba un arma de juguete! 🔫

Sin embargo, aquí te diremos como librárte de la situación.

La semana pasada, realizó una encuesta en el cual se preguntó sobre la existencia de “legítima defensa” cuando un delincuente abatido usaba un arma de juguete en un robo y el resultado fue el siguiente:

68% piensa que hay legítima defensa.

32% refiere que no hay legítima defensa.

En realidad; en el caso expuesto, una autoridad con funciones de seguridad pública no puede alegar legítima defensa a su favor. Pero tranquilos, vamos con calma. 😌✋🏼📗📘

La razón del por qué no se puede alegar legítima defensa contra un arma de juguete es simple; el arma de fuego no es racional al arma de juguete, y peor aún, el policía cae en el riesgo de que lo acusen por exceso de legítima defensa.

“¿Entonces los rateros tiene más derechos que los policías?”😠😠

¡No, tampoco!🤦🏽‍♂️
En tu informe debes indicar que te encontrabas en un error de prohibición invencible. 😌

Recordemos que para poder ser autores de un delito la conducta debe ser típica, antijurídica y culpable.

La legítima defensa “elimina” la antijuricidad de la conducta. El error de prohibición invencible “elimina” la culpabilidad.

Ciertamente, el policía no es un experto para poder determinar a distancia si un arma es de juguete o no, y por lógicas razones no está obligado a comprobarlo, sin embargo, es correcto y aceptable hacer uso del arma de fuego. Lo qué no está bien es declarar que se hizo uso del arma de cargo en legítima defensa en lugar de declarar que dadas las circunstancias de la situación hubo una falsa apreciación de la realidad al creer que la réplica del arma era un arma de fuego real, por lo que te encontrabas en un error de prohibición invencible.

Como conclusión:

- No se puede alegar legítima defensa cuando le disparas a un ladrón que portaba un arma de juguete, ya que obviamente, ambos objetos no son proporcionales. El creer que el arma de juguete era un arma de fuego solo da como resultado que la agresión era imaginaria y no real, por lo tanto, no cabe la legitima defensa.

- Se debe informar que durante el robo observaste un arma de fuego que ponía en riesgo inminente la integridad y la vida de la víctima por lo que obligadamente tuviste que usar el arma de cargo y terminar con el riesgo inminente. Si Servicios Periciales, posteriormente determinó que el arma era una réplica, tú no estabas obligado a saberlo ni mucho menos a comprobarlo, por lo que te encontraste en un error de prohibición invencible. De esta forma estás protegido por el error de prohibición invencible, el cual es una causa de inculpabilidad, librándote del delito de lesiones u homicidio según sea el caso.




Créditos: Metropolitano Orizaba Córdoba

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27/04/2021

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Si eres objeto de hostigamiento o acoso laboral, si te están presionando para que firmes tu renuncia voluntaria, asesora...
27/04/2021

Si eres objeto de hostigamiento o acoso laboral, si te están presionando para que firmes tu renuncia voluntaria, asesorate con nosotros!!

No firmes ningún documento sin estar asesorado!!!

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22/04/2021

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión remota del Tribunal Pleno, realizada a través del sistema de videoconferencia, invalidó el artículo

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