01/07/2016
APRUEBA LA CÁMARA DE DIPUTADOS "LEY NACIONAL DE EJECUCIÓN PENAL"
La Ley Nacional de Ejecución Penal busca reestructurar la administración y operación del sistema penitenciario, con base en el respeto a los derechos humanos, el trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte, para procurar la reinserción social.
La legislación establece, en otros aspectos, que las personas privadas de su libertad en un centro penitenciario deben ser separadas de la siguiente manera:
Las mujeres compurgarán sus p***s en lugares separados de los destinados a los hombres; las personas procesas y sentenciadas ocuparán instalaciones distintas; también las que estén en reclusión preventiva y en ejecución de sentencias por delincuencia organizada, o sujetas a medidas especiales de seguridad, se destinarán a centros especiales.
Respecto a las modificaciones del artículo 225 del Código Penal Federal, quedó estipulado que son delitos contra la administración de la justicia, a quien en el ejercicio de funciones de supervisor de libertad cayeran en los siguientes casos:
Hiciere amenazas, hostigue o ejerza violencia contra la persona procesada o sentenciada, a su familia y posesiones; requiera favores, acciones o transferencia de bienes de la persona sentenciada, procesada o su familia y que falsee informes o reportes al juez de ejecución.http://derechomexicano.com.mx/aprueba-la-camara-de-diputados-ley-nacional-de-ejecucion-penal/
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