Asesoría y asistencia legal

Asesoría y asistencia legal Te ofrecemos asesoria y asistencia legal. Materia familiar: divorcio, pensión alimenticia , custod

¿Qué es la pensión  alimenticia?Es el monto que el deudor alimentario tiene la obligación de pagar al acreedor alimentar...
13/09/2021

¿Qué es la pensión alimenticia?

Es el monto que el deudor alimentario tiene la obligación de pagar al acreedor alimentario por concepto de alimentos.

La pensión alimenticia es fijada por convenio o sentencia atendiendo a la posibilidad del que tiene la obligación de darlos y la necesidad de quien deba recibirlos.

¿Qué son los alimentos?

Es todo aquello que es indispensable para el sustento, habitación, vestido, asistencia médica y educación del acreedor alimentario.

Los alimentos comprenden:

La comida, el vestido, la habitación, la atención médica, hospitalaria y en su caso, los gastos de embarazo y parto.
Respecto a los menores, además los gastos para su educación y para proporcionarles oficio, arte o profesión adecuados a sus circunstancias personales.

¿La pensión alimenticia debe otorgarse en efectivo?
La pensión alimenticia puede hacerse en efectivo, en especie o de forma combinada, en virtud de que no existe disposición legal que restrinja al deudor alimentario a cumplir con su obligación únicamente a través del pago de una cantidad en efectivo.

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Y con gusto le brindaremos una asesoría gratuita.

ASESORÍA LEGAL PARA TU DIVORCIO (INCAUSADO)El divorcio incausado o unilateral basta la voluntad de uno de los cónyuges p...
17/08/2021

ASESORÍA LEGAL PARA TU DIVORCIO (INCAUSADO)

El divorcio incausado o unilateral basta la voluntad de uno de los cónyuges para disolver el matrimonio, sin invocar pleitos y sin el consentimiento de tu pareja.

Después de un año de haberse celebrado el matrimonio y, sin necesidad que tu esposo/a este de acuerdo o firme el divorcio podemos dar trámite al divorcio unilateral. Para ello, es necesario que su último domicilio conyugal se haya establecido en el Estado de Quintana Roo, así como reunir los requisitos correspondientes.

REQUISITOS:

- ACTA DE MATRIMONIO ORIGINAL.
- ACTA DE NACIMIENTO DE HIJOS MENORES DE EDAD.
-DOMICILIO ACTUAL DE SU CÓNYUGE.
-TENER UN AÑO DE CASADOS.
-PROPUESTA DE CONVENIO (NOSOTROS LO REDACTAMOS).

Te brindamos la asesoría gratuita, mándanos tus dudas vía WhatsApp y con gusto te las aclaramos.

Qué es el régimen de visitas?El régimen de visitas y convivencias atiende a la necesidad de los hijos menores de contar ...
10/07/2021

Qué es el régimen de visitas?

El régimen de visitas y convivencias atiende a la necesidad de los hijos menores de contar con la presencia de ambos padres en su vida y no solo el derecho de los padres a convivir con ellos. En la vida cotidiana se da el supuesto de que a uno de los padres no se le permita la visita o convivencia con sus hijos o bien les sea condicionado. En ambos casos se puede demandar “El régimen de visitas y convivencias”, a efecto de que se ejerza el derecho del menor a convivir con ambos progenitores, en fechas y horarios determinados por la ley, que no interfieran con su desarrollo académico.

¿Cómo debo interponer la demanda de visitas y convivencias y ante qué autoridad?

La demanda para requerir visitas y convivencias con los menores hijos deberá interponerse ante un juez de lo familiar, cuando no haya una demanda previa de divorcio, ya que de ser así la petición de visitas y convivencias se seguirá como un incidente derivado de dicha demanda.

Al analizar y resolver la demanda el juez de lo familiar determinará poner a los hijos al cuidado de la persona que de común acuerdo designen los cónyuges, pudiendo estos compartir la guarda y custodia mediante convenio, en defecto de ese acuerdo; el juez de lo familiar resolverá tomando en cuenta la opinión del menor de edad.

¿Dónde se lleva a cabo la convivencia del régimen de visitas?

La convivencia establecida por el Régimen de Visitas puede llevarse a cabo en un lugar preestablecido y acordado por ambos padres mediante un acuerdo escrito o en un lugar fijado por el Juez de lo familiar. Este tipo de acuerdo establece la fecha, hora y el lugar en donde el padre o madre deberá recoger al menor y la fecha, hora y el lugar en donde deberá devolverlo al otro padre que goce de la Guarda y Custodia del Menor.

¿Cuáles son las convivencias supervisadas?

Las convivencias supervisadas se establecen cuando ha habido algún tipo de violencia por parte del padre o madre sujeta al Régimen de Visitas, es muy probable que el Juez de lo Familiar determine que las visitas deberán llevarse a cabo bajo la supervisión de la autoridad competente o en las instalaciones del Tribunal Superior de Justicia, dentro del «Centro de Convivencia Familiar«.

Si tienes más dudas respecto al régimen de visitas y convivencias, te invitamos a qué nos mande un mensaje vía inbox o al whats app por 9982356031 y con gusto le atenderemos.

Para la atribución de la guarda y custodia de un niño, lo relevante es que la decisión sobre ello debe adoptarse en func...
06/07/2021

Para la atribución de la guarda y custodia de un niño, lo relevante es que la decisión sobre ello debe adoptarse en función del interés superior del infante y no sobre los intereses de los padres. Así puede darse una custodia monoparental o bien una custodia compartida, dependiendo de que sea lo que más convenga al interés superior del menor.

Le brindamos la asesoría en relación a la custodia de sus menores hijos, envie sus dudas vía inbox o al whats app 9982356031 y con gusto le atenderemos.

En apoyo a su economía, le brindamos la asesoría y asistencia legal para tramitar su divorcio; comuníquese con nosotros ...
02/07/2021

En apoyo a su economía, le brindamos la asesoría y asistencia legal para tramitar su divorcio; comuníquese con nosotros vía messenger o para su mayor comodidad al número de whats app "oprimiendo" el botón desde esta página.

25/06/2021

Le urge divorciarse?

Le ofrecemos dos formas para hacerlo.

1. DIVORCIO DE MUTUO CONSENTIMIENTO.

REQUISITO INDISPENSABLE QUE AMBOS CÓNYUGES ESTÉN DE ACUERDO .

Donde el requisito es que ambos cónyuges deben firmar la solicitud de disolución del matrimonio y un convenio donde se establezcan todas las condiciones mediante las cuales se reglamentarán las acciones después de concluido el matrimonio (pensión alimenticia, custodia y el régimen de visitas y convivencia de los menores con los padres)

2. DIVORCIO INCAUSADO O UNILATERAL

El divorcio incausado es una forma de divorcio que permite la disolución del matrimonio sin la necesidad de expresar la causa de la ruptura.

El divorcio incausado, también llamado divorcio unilateral, ayuda que la culminación del vínculo matrimonial, no exige de justificación o causa concreta para el pedido y no requiere el consentimiento de ambos cónyuges.

En ambos divorcios se requiere de la presentación del acta de matrimonio y el acta de nacimiento de los hijos, si todavía son menores de edad la firma de una solicitud o demanda y la prestación de un convenio.

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REGIMEN DE VISITAS  Y CONVIVENCIA ¿Qué es el régimen de visitas y convivencia?El régimen de visitas y convivencias atien...
03/05/2021

REGIMEN DE VISITAS Y CONVIVENCIA

¿Qué es el régimen de visitas y convivencia?

El régimen de visitas y convivencias atiende a la necesidad de los hijos menores de contar con la presencia de ambos padres en su vida y no solo el derecho de los padres a convivir con ellos. En la vida cotidiana se da el supuesto de que a uno de los padres no se le permita la visita o convivencia con sus hijos o bien les sea condicionado. En ambos casos se puede demandar “El régimen de visitas y convivencias”, a efecto de que se ejerza el derecho del menor a convivir con ambos progenitores, en fechas y horarios determinados por la ley, que no interfieran con su desarrollo académico.

¿Cómo debo interponer la demanda de visitas y convivencias y ante qué autoridad?

La demanda para requerir visitas y convivencias con los menores hijos deberá interponerse ante un juez de lo familiar, cuando no haya una demanda previa de divorcio, ya que de ser así la petición de visitas y convivencias se seguirá como un incidente derivado de dicha demanda.

Al analizar y resolver la demanda el juez de lo familiar determinará poner a los hijos al cuidado de la persona que de común acuerdo designen los cónyuges, pudiendo estos compartir la guarda y custodia mediante convenio, en defecto de ese acuerdo; el juez de lo familiar resolverá tomando en cuenta la opinión del menor de edad.

Los menores de doce años deberán quedar al cuidado de la madre, excepto en los casos de violencia familiar cuando ella sea la generadora o exista peligro grave para el normal desarrollo de los hijos.

¿Dónde se lleva a cabo la convivencia del régimen de visitas?

La convivencia establecida por el Régimen de Visitas puede llevarse a cabo en un lugar preestablecido y acordado por ambos padres mediante un acuerdo escrito o en un lugar fijado por el Juez de lo familiar. Este tipo de acuerdo establece la fecha, hora y el lugar en donde el padre o madre deberá recoger al menor y la fecha, hora y el lugar en donde deberá devolverlo al otro padre que goce de la Guarda y Custodia del Menor.

¿Cuáles son las convivencias supervisadas?

Las convivencias supervisadas se establecen cuando ha habido algún tipo de violencia por parte del padre o madre sujeta al Régimen de Visitas, es muy probable que el Juez de lo Familiar determine que las visitas deberán llevarse a cabo bajo la supervisión de la autoridad competente o en las instalaciones del Tribunal Superior de Justicia de Quintana Roo (Juzgados de lo Familiar), dentro del «Centro de Convivencia Familiar«.

Si tienes más dudas respecto al régimen de visitas y convivencias, te invitamos a que nos mande un mensaje y nosotros le contactamos y con gusto le atenderemos y aclaramos sus dudas.

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