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Te Divorciaste y aun no haces la Inscripción del Juicio de DivorcioEstos son los pasos a seguir:- Solicitar por escrito ...
11/06/2021

Te Divorciaste y aun no haces la Inscripción del Juicio de Divorcio
Estos son los pasos a seguir:
- Solicitar por escrito al Juzgado donde te divorciaste copias certificadas de la sentencia de divorcio así como oficio dirigido a la oficialía de registro civil donde te casaste.
- Realizar el pago de derechos ($174), para la certificación de las copias de la sentencia.
- Acudir al Juzgado con pago de derechos, previa cita, para la entrega de las copias certificadas de la sentencia de divorcio.
- Solicitar Folio para el Trámite de Inscripción de Juicio de Divorcio, enviando foto de la parte frontal del oficio, foto del sello de certificación y foto del acta de matrimonio, al correo electrónico [email protected]
- Acudir a la Oficialía del Registro Civil donde te casaste con las copias certificadas de la sentencia, el oficio, y realizar el pago de $1617 por concepto de Inscripción de Divorcio.
Si necesitas ayuda para este tramite, envíanos inbox o un WhatsApp al 8129071544

Divorcio Incausado comúnmente conocido como Divorcio ExpressInformes 8129071544
06/04/2021

Divorcio Incausado comúnmente conocido como Divorcio Express
Informes 8129071544

Te Divorciaste y aun no haces el Registro para el Acta de DivorcioEstos son los pasos a seguir:- Solicitar por escrito a...
22/02/2021

Te Divorciaste y aun no haces el Registro para el Acta de Divorcio
Estos son los pasos a seguir:
- Solicitar por escrito al Juzgado donde te divorciaste copias certificadas de la sentencia de divorcio así como oficio dirigido a la oficialía de registro civil donde te casaste.
- Realizar el pago de derechos ($174), para la certificación de las copias de la sentencia.
- Acudir al Juzgado con pago de derechos, previa cita, para la entrega de las copias certificadas de la sentencia de divorcio.
- Solicitar Folio para el Trámite de Inscripción de Juicio de Divorcio, enviando foto de la parte frontal del oficio, foto del sello de certificación y foto del acta de matrimonio, al correo electrónico [email protected]
- Acudir a la Oficialía del Registro Civil donde te casaste con las copias certificadas de la sentencia y el oficio, y realizar el pago de $1617 por concepto de Inscripción de Divorcio.
Si necesitas ayuda para este tramite, envíanos inbox o un WhatsApp al 8129071544

24/12/2020

¿Qué es la legítima defensa?

Mucha gente se ha preguntado, ¿Que sucede si alguien entra a casa, y le dispara con una arma registrada y el individuo fallece?

Bueno, la respuesta es: te enfrentas al delito de HOMICIDIO. Si el arma estaba registrada, la única ventaja es que no enfrentas ademas del Homicidio el problema de la posesion del arma.

La acreditación de la Legítima Defensa va a tener que ver con el tipicidad del delito de HOMICIDIO, el cual puede ser CULPOSO ó DOLOSO. Cuando se establece este ultimo es porque quién disparó el arma sabía que podría producirle la muerte al sujeto y además quiso hacerlo. Se podría considerar CULPOSO cuando existe CULPA por el resultado y no se tenía la intención de matar a nadie sino simplemente repeler una agresión.

Después de establecer la tipicidad, se debe establecer la antijuricidad, es decir, saber si se puede reprochar penalmente la conducta y en su caso, determinar la penalidad ó, por el contrario conocer si existen causas de justificación ya que toda persona tiene el legítimo derecho de defender su vida aun por sobre la vida de otro que le atacó.

Para que exista legítima defensa, deben darse estas condiciones:

a) El fundamento del derecho a la defensa, que es la existencia de una agresión por parte de la víctima; agresión que a su vez, debe reunir ciertos requisitos según la ley: ser REAL, ACTUAL o INMINENTE, SIN DERECHO, QUE LESIONE O PONGA EN PELIGRO ALGÚN BIEN JURÍDICO DEL VICTIMARIO Ó DE UN TERCERO Y QUE NO HAY SIDO PROVOCADA. Que para el caso que nos ocupa se dan todos estos supuestos.

b) El ejercicio del derecho a la defensa; que es la repulsa a la agresión, la que igualmente debe cumplir con ciertos requisitos de temporalidad, de necesidad y de racionalidad, y que se haga en defensa del bien jurídico agredido.

Lo que debe analizarse a continuación es si en la repulsa a la agresión se cumple o no con los requisitos legales, como la NECESIDAD DE LA DEFENSA y la RACIONALIDAD DEL MEDIO EMPLEADO. La doctrina penal ha precisado que entre los elementos esenciales de la legítima defensa, además de la agresión ilegítima, están, entre otros, la necesidad de la defensa, la racionalidad del medio empleado y que no medie provocación dolosa suficiente. En esta caso, al no haber provocación al invasor, se trata de una agresión ilegítima, lo que conduce a tomar un arma para defender la vida, pues nadie está obligado a soportar lo injusto.

Donde se da el debate en este tipo de casos es en la RACIONALIDAD DEL MEDIO EMPLEADO, pues el MP o el JUEZ puede decir que la RACIONALIDAD implica que la Legítima Defensa sea PROPORCIONAL a la agresión que se está sufriendo, sin embargo, muchos otros no piensan así y van a opinar que NO ES EXIGIBLE LA PROPORCIONALIDAD EN LA LEGÍTIMA DEFENSA.

Al usar un arma de fuego para defenderse se debe saber que la utilización de un medio es NECESARIO Y RACIONAL SÓLO CUANDO EL ATACADO NO TENGA A SU DISPONIBILIDAD OTROS MEDIOS QUE PUEDAN RESULTAR EFICACES PARA CONTRARRESTAR LA ACOMETIDA. Si bien el agredido debe utilizar, entre los diversos medios idóneos que tiene a su disponibilidad, EL MENOS LESIVO, es claro que si no se tiene a la mano varios, sino un solo medio, por lesivo que sea, es admisible que el agredido haga uso del que tiene a su alcance para su defensa.

a) Es común en la doctrina penal la afirmación de que el problema del exceso se presenta no tanto cuando hay desproporcionalidad del medio empleado o cuando éste es irracional, sino más bien cuando la repulsa a la agresión continúa después de que ésta ha cesado, es decir, cuando ya no hay necesidad de la acción de defensa. En este caso, también se afirma que dicho excedente de la repulsa o acción de defensa ya no se justifica y, por ende, se convierte en una acción antijurídica que puede ser punible. En el tema que nos atañe, esto se da cuando se le vacía un cargador completo a un invasor o cuando estando herido se le da un “tiro de gracia” por ejemplo.

b) Desde otra perspectiva, también se cuestiona si de una comparación del valor de los bienes jurídicos sacrificados con el de los salvados se puede plantear que haya habido exceso en la legítima defensa. Sin embargo, la ley penal no exige que el bien defendido sea de mayor valor, ni siquiera de igual valor, al lesionado con la defensa, así como TAMPOCO SE EXIGE LA IGUALDAD DE LAS ARMAS O DE LOS MECANISMOS DEFENSIVOS. La defensa requiere de una racional proporción, mas no de una proporción aritmética que establezca igualdad de condiciones y valores al agresor y al agredido, pues NO TIENEN DE SUYO IGUAL VALOR EL ATAQUE INJUSTO Y LA DEFENSA AUTORIZADA.
No obstante ello, no se admite la legítima defensa, aunque la acción sea necesaria, cuando entre el mal que se quiere evitar y el que se causa media una DESPROPORCIÓN ABERRANTE E INUSITADA.

Te Divorciaste y aun no haces el Registro para el Acta de DivorcioEstos son los pasos a seguir:- Solicitar por escrito a...
22/11/2020

Te Divorciaste y aun no haces el Registro para el Acta de Divorcio
Estos son los pasos a seguir:
- Solicitar por escrito al Juzgado donde te divorciaste copias certificadas de la sentencia de divorcio así como oficio dirigido a la oficialía de registro civil donde te casaste.
- Realizar el pago de derechos ($174), para la certificación de las copias de la sentencia.
- Acudir al Juzgado con pago de derechos, previa cita, para la entrega de las copias certificadas de la sentencia de divorcio.
- Solicitar Folio para el Trámite de Inscripción de Juicio de Divorcio, enviando foto de la parte frontal del oficio, foto del sello de certificación y foto del acta de matrimonio, al correo electrónico [email protected].
- Acudir a la Oficialía del Registro Civil donde te casaste con la las copias certificadas de la sentencia y el oficio, y realizar el pago de $1568 por concepto de Pago de Derechos del Registro de Divorcio.

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