Carlos David Robles Figueroa

Llamar Cómo llegar Página web Contactar con la empresa

Carlos David Robles Figueroa Cursando el Doctorado en Derecho Penal, Director del ITP, Presidente de la FNAYP, Postulante 👨🏻‍⚖️

Empezamos la primer Audiencia del día 🙏✅Puntos relevantes para hoy, esperamos se desahogue la AUDIENCIA CONSTITUCIONAL D...
30/09/2026

Empezamos la primer Audiencia del día 🙏

✅Puntos relevantes para hoy, esperamos se desahogue la AUDIENCIA CONSTITUCIONAL DEL ASUNTO DE 😇🙏🫶🏻💎🤲🏻👨🏻‍⚖️🙌🏻

Esperamos y trabajamos para tener un gran día 🥳

Uno de los principios fundamentales que rigen el sistema y de los que más me gusta es el de   el art 6 y 66 del CNPP ent...
28/09/2026

Uno de los principios fundamentales que rigen el sistema y de los que más me gusta es el de el art 6 y 66 del CNPP entre muchos otros de los que hoy te escribiré y detallaré en donde pondremos aplicar la .

Amigo lector, excelente inicio de semana, te deseo una semana exitosa y como cada lunes te comparto información que debes conocer para seguir entregando buenos resultados a tus clientes. a mis cursos ❤️

Carlos David Robles Figueroa tu

✅ EL ADR 243/ 17 nos habla del PRINCIPIO DE CONTRADICCIÓN y con fundamento en el 1 y 133 de la constitución nos lleva a ⬇️⬇️

La Convención Americana sobre Derechos Humanos, lo prevé en su artículo 8.1 al disponer que “Toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad por la ley en la sustanciación de cualquier acusación penal formulada contra ella, o para la determinación de sus derechos y obligaciones de orden civil, laboral, fiscal o de cualquier otro carácter”.

En nuestro sistema jurídico, es decir en México 🇲🇽 el principio de contradicción encuentra su fundamento en los artículos 14, párrafo segundo, y 20, fracciones III, primera parte, y IV, segunda parte, ambos de la Constitución Federal, que literalmente disponen:

“Artículo 14. (…)
Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las
formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las Leyes expedidas con anterioridad al hecho”.

“Artículo 20. El proceso penal será acusatorio y oral. Se regirá por los principios de (…) contradicción (…).
A. De los principios generales:
III. Para los efectos de la sentencia sólo se considerarán como prueba aquellas que hayan sido desahogadas en la audiencia de juicio. (…).
IV. (…). La presentación de los argumentos y los elementos probatorios se desarrollará de manera pública, contradictoria y oral”.

Te invito a que nos contactes para llevar tu asunto penal, no te arriesgues 📱📱📱

Cuando explico el principio de contradicción manifiesto desde dos diferentes vertientes complementarias: como 1.- derecho de defensa y como 2.- garantía en la formación de la prueba.

✅ Cuando escribo del derecho de defensa o de audiencia se hace referencia a la consideración del principio de contradicción desde la perspectiva de un derecho de todas las partes en el proceso, cuyo contenido esencial radica en la exigencia de ser
oído, en el sentido de que puedan alegar y probar para conformar la sentencia, que conozcan y puedan rebatir todos los materiales de hecho y de derecho que puedan influir en la emisión del fallo
judicial. Por eso cuando un juez lesiona este principio , la respuesta siempre será la reposición.

En este sentido, como consecuencia del clásico principio audiatur et altera pars (óigase a la otra parte), resulta como primera derivación de este principio la imposibilidad de proceder a la condena de cualquier persona sin que previamente sea oída en la causa. Es me muy importante que anotes los minutos en el que el juez 👩🏻‍⚖️ lesiona estos derechos para hacerlos valer en segunda instancia o en amparo indirecto , incluso si es sentencia en juicio para el Amparo Directo.
En la vigencia del principio de contradicción, las partes – todas y no nada más el acusado– del proceso penal encuentran el fundamento que les asegura el derecho y la razonable oportunidad de hacer oír sus argumentos y ofrecer sus pruebas,
así como la de refutar y controlar las del adversario.

Típica característica de los sistemas adversariales, en los cuales son las partes las que tienen la responsabilidad de aportar los hechos y las pruebas al proceso, razón por la cual son ellas las que deben investigar los hechos y a quienes corresponde desarrollar los aspectos legales que los fundamenten, interpretándolos de la manera más favorable a los intereses del Estado –si se trata del Fiscal– o del acusado –si se trata de la defensa.

Si te gustaría aprender y ser un experto en Derecho Penal te invito a estudiar 📚 en Nantli Instituto Tlaxcalteca de Posgrados te ofrezco

✅ Licenciatura en Derecho, presencial y en línea
✅Maestría Penal, presencial y en línea
✅Doctorado en Derecho, en línea

Inscríbete al 📱 246 168 4206

En ese sentido, continuó explicado la contradicción y la observancia del referido principio exige que toda afirmación, petición o pretensión formulada por una de las partes en el proceso, debe ponerse en conocimiento de la contraria para que
ésta pueda expresar su conformidad u oposición manifestando sus propias razones. Desde este enfoque, el principio en estudio niega la posibilidad de que exista prueba oculta.

El conocimiento de los elementos probatorios y de la evidencia física, que serán objeto de prueba en el juicio es la condición que permite el ejercicio del contradictorio en la audiencia de juicio.

De manera que las pruebas practicadas a espaldas de las partes, que se conserven en secreto o que sean conocidas solamente por el juez antes de la sentencia, carecerán de valor probatorio, por vulnerar el derecho de defensa de la parte a quien perjudique.
De ahí que en esta vertiente, el principio de contradicción consiste en el indispensable interés de someter a refutación y contra argumentación la información, actos y pruebas de la contraparte, en un proceso jurisdiccional.

Desde otro enfoque, en el aspecto probatorio, el principio de contradicción constituye una garantía en la formación de la prueba, aplicado concretamente a la producción de la prueba testimonial, el principio exige que la contraparte del oferente de la prueba –en una audiencia pública– tenga la oportunidad de
contrainterrogar al sujeto de prueba sobre el contenido de sus afirmaciones, con el propósito de controvertir la credibilidad de su testimonio.

En efecto, tal como lo sostuvo en su momento la Primera Sala al resolver el amparo directo en revisión 3457/2013, la credibilidad del testimonio puede controvertirse a través de las siguientes estrategias: Amigos es muy importante que podamos aplicar este principio en estos puntos :

(i) al cuestionar la forma en la que el testigo adquirió el conocimiento sobre los hechos que depone, de tal manera que se aclare si se trata de un conocimiento personal, de referencia o inferencial; o

(ii) al debatir la credibilidad de los atributos de la
declaración, lo que puede llegar a poner en duda la veracidad del testimonio (argumentar que el testigo declara en contra de sus creencias), la objetividad de aquello que el testigo dice creer (argumentar que el testigo no formó sus creencias sobre los hechos que declara de acuerdo con un entendimiento objetivo de la evidencia que percibió con sus sentidos) o la calidad de la observación en la que se apoyó la declaración (argumentar que las capacidades sensoriales del testigo no son óptimas, que el estado físico de éste al momento de percibir los hechos no era el más adecuado para esos efectos o que las condiciones en las que percibió esos hechos lo hacen poco fiable)

Como se dan cuenta estimados abogados y amigos es una joya 💎 el principio de contradicción, espero les haya gustado el contenido y me ayuden a compartir para que más jóvenes abogados llevan acabo su trabajo cada día más profesional siempre en favor de la y en apoyo de quien lo necesita.

Por mi parte, repito, les deseo un excelente día ‼️ me pueden contactar al número del corporativo
📱 246-168-42-06 siempre estoy para ayudarles Carlos David RF

Bendiciones a Todos

24/09/2026
Por qué digo que vamos a   el asunto de   en  .Bueno, primero excelente semana a todos, bendiciones 🙏 y éxito 🙌🏻🤲🏻👨🏻‍⚖️‼...
21/09/2026

Por qué digo que vamos a el asunto de en .

Bueno, primero excelente semana a todos, bendiciones 🙏 y éxito 🙌🏻🤲🏻👨🏻‍⚖️‼️

Les explico fácil, como cuando imparto clases en Nantli Instituto Tlaxcalteca de Posgrados

1.- Cuando él MP realiza la formulación de imputación, no basta con mencionar un delito (Feminicidio), sino que. debía escuchar y conocer concretamente el hecho que se le atribuye y como participó en el mismo.

La Primera Sala de la SCJN, en el registro digital 2015729, señala que el MP debe precisar mínimo esto: ⬇️

A) El hecho concreto que atribuye.
B)Su clasificación jurídica preliminar.
C) La fecha, lugar y modo de comisión.
D) La forma de intervención que estima actualizada.

¿Por qué es importante, en mí segundo libro 📕 lo explico a detalle, aquí lo menciono?

2.- Porque para ejercer una defensa técnica y adecuada no basta conocer o mencionar el tipo penal.

Es necesario saber qué conducta concreta se atribuye, cuándo habría ocurrido, dónde, cómo y cuál habría sido la intervención de qué resultado se obtuvo con esa conducta, esta acción en su momento el MP.

3.- Lo puede hacer después el MP, es decir corregir su equivocación, corregir la plana como se dice en la escuela ????

Esta es la pregunta que siempre me realizan mis alumnos .

—— R= La respuesta es,

En el proceso penal hay 5 momentos en los que puede cambiar la clasificación jurídica, pero nunca puede cambiar el hecho penalmente relevante que el MP expresó en la …. Es decir, no cambia la nunca, incluso debe existir congruencia entre la imputación y la acusación si en su caso se llega.

Esto adquiere especial relevancia cuando existen varios imputados como es el caso de te explico fácil:

El Ministerio Público desarrolla una narrativa general de los hechos, pero no queda suficientemente individualizada la conducta atribuida a ejemplo

Tu estrellita realízate esto ……
Tu Jorge Ponce realizarse esto ……
Tu Juan Jesús Mora hiciste esto ….

Tu realizaste esto……. Ojo 👁️ aquí, toma realmente relevancia, xq como obra en audio y video si no existe conducta no hay es decir no se cuadra la conducta con la norma , si eso no pasa no hay , sino hay delito de no se cumple el 19 constitucional y tampoco el 316 CNPP fracción III

La pregunta que todo defensor debe realizar es:

¿Quedó claro qué hecho concreto se atribuye a mi representado?

Una defensa concreta exige primero una imputación concreta, te explica tu abogado de confianza Carlos David Robles Figueroa ⬇️⬇️

Registro digital: 2015729
Primera Sala de la SCJN

Por eso te digo estimada como te expliqué, se fuerte 💪🏻, resiste, ya se en la o en obtendrás tu .

Los que sabemos de derecho penal, conocemos que la imputación es lo más importante del proceso.

Eres inocente y pronto obtendremos tu libertad, cuida tu salud mental y no dejes que te sigan atormentado tus agresores que también están en prisión, estés una víctima más del sistema y está muy equivocada la juez de primera instancia, tú no debías ser vinculada, debías como lo demostramos con medios de prueba y datos , estar en libertad. Al tiempo ⏱️……

La justicia tarda, pero llega, confiamos en la

📱246 168 4206

✅Es importante manifestar que el tiempo ⏱️ que tardamos en que obtenga su libertad merece a que estamos esperando resultados de:

Segunda Instancia
Juez de Distrito

Justicia Para Danna Yanina 👏🫶🏻🌟🫂📚🙌🏻🤲🏻

Si es verdad para los que me preguntan, si   fue trasladada a un hospital Psiquiátrico, si es verdad …..✅Su condición de...
18/09/2026

Si es verdad para los que me preguntan, si fue trasladada a un hospital Psiquiátrico, si es verdad …..

✅Su condición de salud está afectada x ser víctima del sistema, x tener contacto con su agresora estrellita en el Cereso, x mucho que sufrió x sus agresores.

✅Por ahora esperamos la valoración de los especialistas y ver si han variado las condiciones iniciales.

✅Por ahora es lo único que podemos decir y esperamos resultados de la Apelación y el Amparo

Recordemos que la libertad está a disposición del Juzgado de Distrito

✅Sino hay condiciones para que esté en el Cereso, apelando al artículo 4 constitucional y 161 CNPP evidentemente buscaremos el cambio de medida cautelar. Por el momento, es cuanto.

Lo más importante por ahora es que mejore su salud de danita 🚑🩺😷🏥

Una veladora 🕯️ y oración 🙏 ayudará mucho amigos

Viva México 🇲🇽, viva Tlaxcala , viva los Abogados que luchamos las injusticias  🥳‼️‼️Carlos David Robles Figueroa 📱246 1...
16/09/2026

Viva México 🇲🇽, viva Tlaxcala , viva los Abogados que luchamos las injusticias 🥳‼️‼️

Carlos David Robles Figueroa

📱246 168 4206 16/SEP/26

Es un   recibir en mi tierra   a colegas Penalistas de todo México 🇲🇽, mi intervención será el día Jueves 01 de Octubre....
14/09/2026

Es un recibir en mi tierra a colegas Penalistas de todo México 🇲🇽, mi intervención será el día Jueves 01 de Octubre.

Felicito a mi socio y amigo Dr. Loreto por su organización, también indiscutiblemete felicitar al Dr Luna x el trabajo invaluable de unir Penalistas, los invitamos a inscribirse en la siguiente liga ⬇️⬇️⬇️⬇️

https://encuentro-tlaxcala-octubre-2026.netlify.app/

✅ 50 Penalistas de alta calidad conferenciando con diversos tópicos penales, compartiendo conocimientos y prácticas en nuestro bello Estado, colega encontrarán en la liga para inscribirte y el temario completo ⬆️⬆️⬆️

Bienvenidos a amigos, su servidor y colega Carlos David Robles Figueroa 👨🏻‍⚖️

📱 246 168 4206

EXCELENTE INICIO DE SEMANA QUERIDOS AMIGOS, COLEGAS y 💎

✅Aunado de lo académico las reuniones 🫂, comidas 🥘🍷 y charlas no te las puedes perder, será una gran experiencia ‼️🥳✨

  LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA en el AMPARO de   🥳‼️Antes de empezar a dar clases en nuestra institución Nantli Instituto Tl...
10/09/2026

LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA en el AMPARO de 🥳

‼️Antes de empezar a dar clases en nuestra institución Nantli Instituto Tlaxcalteca de Posgrados les comparto a ustedes y les explicaré a mis de la en Derecho ⬇️⬇️⬇️⬇️

Que nos acaban de notificar que en el de asunto 🥳👏📚👈😎🦈

✅Les explico breve muy coloquial para que se pueda entender mejor el Amparo indirecto se divide en 2 Resoluciones Importantes vía incidental y la sentencia definitiva .

1.- La suspensión primero en provisional , si a la presentación del amparo en la demanda se advierte derecho fundamentales lesionados en favor de la Quejosa (DANNA) te la otorgan, eso ya pasó y obtuvimos la provisional 😎

2.- Después se solicita rinda informes las autoridades Juez y MP , si de lo que rindan informe en la contestación de las autoridades se advierte que es cierto el acto reclamado te entregan como el día de hoy LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA DEL ACTO esto tiene como resultado que ya la libertad de Danna depende del juez de distrito y eso buscábamos xq la verdad nadie de Tamaulipas confía en las autoridades de esa entidad ……

Si aún los ciudadanos confiamos en los jueces de distrito, en su imparcialidad , conlleva con esto también que se entrar al estudio del fondo del asunto, lleva también que no se dictará auto de apertura a juicio hasta que se resuelva el fondo del amparo.

El amparo nos sirve para defender a las personas de abusos o leyes contrarias a la Constitución, el objetivo principal es Conservar las cosas en el estado en que se encuentran para que el juicio de amparo tenga sentido.

El 85% de las veces que ganas las suspensión definitiva ganas el fondo del asunto, nos falta el pero también lo ganaremos .

El fondo del amparo es la materia principal de estudio en el juicio, donde el juez analiza si el acto de la autoridad violó o no los derechos humanos y las garantías de la Constitución de
como de los videos de las audiencia el informe justificado se ve a todas luces que si se le lesionaron sus derechos pronto también DEL AMPARO

Vamos ganando poco a poco todas las instancias , algunos comentarios ya liberarla ya te tardaste , a esas personas que no conocen de derecho penal, les explico que el delito que la fiscalía le imputado a DANNA es aún delito del 19 constitucional es decir delito grave, con una pena muy alta y de los más difíciles de defender en México 🇲🇽. Pero tenemos experiencia una estrategia bien marcada que va dando resultados, un gran equipo, la confianza y apoyo de la sociedad xq como yo saben que Danna es inocente 😇

✅Nos falta la pero en poco tiempo espero la ganemos también, mil gracias x su seguimos avanzando .

‼️‼️‼️Te gustaría que tu hijo estudiara derecho o tú mismo la Maestría Penal o Doctorado en Derecho, te invito a estudiar 📚 vía zoom o presencial en nuestra escuela 🏫 , piden informes al número 246 168 4206 , estás a tiempo de inscribirte y estudiar 📚 realmente con excelentes catedráticos de todo México 🇲🇽, te aparte desde el primer semestre estarás ya practicando y ganando tu propio dinero . Pregunta x la beca que te otorgó .‼️‼️‼️

La educación es la clave del éxito 🏆

Saludos 🫂 amigos, bendecido día su amigo Carlos David Robles Figueroa tu abogado de confianza

Justicia Para Danna Yanina Carlos David RF

🖋️

Cuando me preguntan ? xq defiendo a   , xq ? viajo horas para llegar a defender si me puedo quedar en mi estado ganado D...
08/09/2026

Cuando me preguntan ? xq defiendo a , xq ? viajo horas para llegar a defender si me puedo quedar en mi estado ganado Dinero 💵 con muchos asuntos que tenemos, xq ? combato cada actuar de autoridades , xq ?enviamos tantos escritos y llevamos varias líneas para buscar su , designo tiempo y equipo en el asunto.

✅Mi respuesta es y siempre será, es una Joven como muchas que sufrieron y siguen sufriendo en su vida tantas lesiones a sus derechos, que sigue de pie, que confía en Dios, que confía en la justicia, que confía en Nosotros y toda la gente que la apoyamos, que es inocente del delito que le imputan y que necesita varias voces que conozcan de derecho para que la representen en los juzgados, x eso estamos nosotros aquí .

Cuando termine mi carrera, hace 20 años, me prometí que cuando una persona inocente necesitara mis servicios, yo estaría para defenderla, mis padres me enseñaron que más allá del dinero 💵 , hay algo más valioso y se llama .

✅No deshagamos como tal la audiencia señalada de ALEGATOS ACLARATORIOS x eso no tuvimos audiencia en segunda instancia, que sigue ???? ——- La magistrada tiene que resolver a la brevedad lo que marca el código son 3 días hábiles . Esperamos respuesta y que sea favorable, también les informo esto que es importante ⬇️⬇️⬇️

✅Hoy envío a otra contestación de un que presentaron los abogados de la víctima indirecta ante la Magistrada que lleva el asunto de la Apelación que es notoriamente y risoriamente improcedente y solo busca el proceso. Jaja, en serio, fue mi reacción cuando me notificaron y leí, explicó :

1.- Los Amparos Directos en materia penal es contra sentencias que ponen fin al proceso, los abogados de la víctima indirecta lo presentan contra la admisión del recurso de Apelación en su tópico de Medida Cautelar——cuando les dieron 3 días para manifestarse, previo a enviar la Apelación, existe una notoria causa de sobreseimiento en su petición, x varios puntos.

2.- Aún no hay ni resolución de la Apelación, es decir en palabras fáciles de entender, todavía no sabe si le favorece o no y ellos ya presentan amparo y luego Directo 🤣——, esa conducta es dilatoria y raya en un delito que se llama fraude procesal x presentar recursos notoriamente improcedente con el fin de dilatar el proceso. Yo no sé si es con ese fin de retardar el
Proceso o xq en verdad no saben, que eso sería más preocupante 🥊

3.- Obvio no procederá este ridículo Amparo Directo que presentan los abogados de la víctima indirecta, los que somos abogados y estamos estudiando entendernos, cuando un abogado debe presentar un Amparo Indirecto y cuando es Amparo Directo.

4.- Nunca me había pasado ver algo tan notoriamente improcedente , no me lo imaginé y menos en un asunto tan polémico, un super tache ❌ a los abogados se nota mucho el desconocimiento del derecho penal.

En fin así las cosas x , casi estoy seguro que en unos días tendremos respuesta de la Apelación y si es conforme a derechos será

✅Revocamos y

O x tantas violaciones al proceso será

✅Reposición del proceso hasta después de la Imputación con jueza distinta que conoció para que exista imparcialidad

Ya verán, en unos días casi estoy seguro que estado pasara 👨🏻‍⚖️📚🦈‼️

✅Se publican estas líneas bajo el Principio rector del sistema que se llama art 5 cnpp y están ocultos y rayados los datos privados de quien lo solicito.

Abogados los invito a leer y emitir su opinión 👈 procede un Amparo Directo en esta etapa procesal ???????

📱246 168 4206

  a LA   👏👏👏✅Se acuerdan que hace días les dije que sacaríamos a la JUEZA MORA del asunto de   que considerábamos lesion...
04/09/2026

a LA 👏👏👏

✅Se acuerdan que hace días les dije que sacaríamos a la JUEZA MORA del asunto de que considerábamos lesionó sus derechos fundamentales en más de 3 ocasiones ???

✅Lo que les dije está pasando———, la recusamos, explicó en términos coloquiales, la sacamos del asunto y ua dejara de conocer la causa de y ahora llegara otro juez, el cual espero 🙏 si sea buscaremos la de ahora con piso parejo Justicia Para Danna Yanina

Esto lo afirmó, xq sus padres y abogados de Danna le presentaron ya 4 quejas distintas por diversas violaciones a derechos fundamentales, está siendo investigada la juez en distintas instancias, eso material y objetivamente al conocer de estas quejas , la juez ya no puede seguir llevando el asunto de Danna .

✅En el amparo vamos excelente
✅La apelación debe venir favorable

Y no pasa desapercibido que la mamá de Dafne en entrevista dijo que Danna no participó y fue obligada x su ex pareja a culpar a Danita

Siempre lo dije, necesitamos justicia para Dafne que los culpables sean sancionados y la inocencia de Danna es visible deberá ser absuelta. Al tiempo ⏱️

📱246 168 4206

Carlos David Robles Figueroa

✅No descansaremos hasta obtener su 🙏👈

✅Ya solo esperamos los magistrados no salgan en su ayuda de la juez, cometió equivocaciones debe ser separada definitivamente del asunto xq al tener conocimiento la juez que está si do investigada a petición de parte de familiares y abogados de Danna está imposibilitada a seguro conociendo, si así sin denuncias estaba de menta parcial en favor del MP . Ahora sabiendo que tiene denuncias, pues estará peor aún. X eso deben definitivamente sacarla del asunto y no debe conocer más .

Deberá llegar un juez imparcial y con él si continuar con el proceso hasta liberar a Danna 👨🏻‍⚖️

Dirección

Apetatitlán

Notificaciones

Sea el primero en enterarse: le enviaremos un correo electrónico cuando Carlos David Robles Figueroa publique novedades y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin y puede darse de baja en cualquier momento.

Contactar Con La Empresa

Enviar un mensaje a Carlos David Robles Figueroa:

Atajos

Compartir