Camarena Martinez & Associates

Camarena Martinez & Associates ABOGADOS LITIGIO Y CORPORATIVO

Especialidad en Litigio Civil y Mercantil e Inversión Extranjera.

Es una fusión de lo viejo con lo nuevo, abiertos a ideas innovadoras. Trabajamos bajo el principio de que las leyes son para servir a las personas y no las personas a las leyes. Nos gusta pensar "fuera de la caja" es decir, somos creativos para encontrar soluciones a sus problemas legales.

26/01/2017

Solicitamos Estudiante de Derecho (no pasante ni egresada), con deseos de aprender la práctica del derecho. Apoyo en revisión de expedientes en Ciudad Judicial, gestión de trámites en dependencias, elaboración de escritos, contratos, auditorias corporativas, etc…
OFRECEMOS: Capacitación y aprendizaje constante. Disposición y uso de instalaciones para realizar tareas o consultas. Apoyo económico para transporte y aportaciones económicas adicionales según aptitudes.
REQUISITOS - S**o Indistinto, -Estudie los primeros semestres. - Experiencia no necesaria. - Disponga de tiempo por las mañanas 9:00 a 14:00 o por las tardes 16:00 a 20:00 - Computación básica (word, excel). - Excelente ortografía.

CAMARENA MARTINEZ & ASSOCIATESOFERTA DE EMPLEOBUSCAMOS SECRETARIA EJECUTIVA BILINGÜECarrera administrativa o contable, t...
18/08/2015

CAMARENA MARTINEZ & ASSOCIATES
OFERTA DE EMPLEO

BUSCAMOS SECRETARIA EJECUTIVA BILINGÜE

Carrera administrativa o contable, terminada o trunca.
Manejo de Office
Al menos 3 años de experiencia
Vehículo propio
Excelente presentación
Trato amable
Actitud de servicio
Tiempo completo
Con excelentes perspectivas de superación.
Buen sueldo!!
Mandanos tu CV a [email protected]

CAMARENA MARTINEZ & ASSOCIATESTE ESTAMOS BUSCANDO!ABOGADOS DE 25 A 35 AÑOSExperiencia mínima 2 añosLitigio, Corporativo ...
18/08/2015

CAMARENA MARTINEZ & ASSOCIATES
TE ESTAMOS BUSCANDO!

ABOGADOS DE 25 A 35 AÑOS

Experiencia mínima 2 años
Litigio, Corporativo o Notaría
Tiempo completo
Titulados
Trabajo bajo presión.
Remuneración en base a aptitudes.
Excelentes oportunidades de crecimiento.
Interesados enviar curriculum a:
[email protected]

18/08/2015
CAMARENA MARTINEZ & ASSOCIATESTE ESTAMOS BUSCANDO!ABOGADOS DE 25 A 35 AÑOSExperiencia mínima 2 añosLitigio, Corporativo ...
17/08/2015

CAMARENA MARTINEZ & ASSOCIATES
TE ESTAMOS BUSCANDO!

ABOGADOS DE 25 A 35 AÑOS
Experiencia mínima 2 años
Litigio, Corporativo o Notaría
Tiempo completo
Titulados
Trabajo bajo presión.
Remuneración en base a aptitudes.
Excelentes oportunidades de crecimiento.

Interesados enviar curriculum a:
[email protected]

CAMARENA MARTINEZ & ASSOCIATESOFERTA DE EMPLEOBUSCAMOS SECRETARIA EJECUTIVA BILINGÜECarrera administrativa o contable, t...
17/08/2015

CAMARENA MARTINEZ & ASSOCIATES
OFERTA DE EMPLEO

BUSCAMOS SECRETARIA EJECUTIVA BILINGÜE

Carrera administrativa o contable, terminada o trunca.
Manejo de Office
Al menos 3 años de experiencia
Vehículo propio
Excelente presentación
Trato amable
Actitud de servicio
Tiempo completo
Con excelentes perspectivas de superación.
Buen sueldo!!

Mandanos tu CV a [email protected]

¿DUDAS ACERCA DE LAS CUOTAS CONDOMINALES? ¿A QUIEN CORRESPONDE PAGARLAS? ¿TIENES UN VECINO MOROSO EN TU CONDOMINIO?Las c...
05/06/2015

¿DUDAS ACERCA DE LAS CUOTAS CONDOMINALES? ¿A QUIEN CORRESPONDE PAGARLAS? ¿TIENES UN VECINO MOROSO EN TU CONDOMINIO?

Las cuotas condominales, son aquellas que deben cubrir todos los condóminos propietarios de una o varias unidades privativas, cuotas que deben verse reflejadas en dinero, para sufragar los gastos de administración, mantenimiento y función del condominio, así como para generar un fondo de reserva, para cualquier gasto extraordinario o problema inesperado en el condominio.

COMO SE IMPONE EL PAGO DE LAS CUOTAS.

Las cuotas condominales o como diversamente los denomine cada administración, deben ser aprobadas y establecidas por la Asamblea General de Condóminos, la cual una vez debidamente protocolizada en escritura pública, los acuerdos en ella establecida deben ser ejecutados por la administración del Condominio y obligatoria para todos los condóminos hayan o no estado presentes en asamblea.

Operablemente la Asamblea General de Condóminos además de acordar las cantidades respecto a las cuotas, pueden reformar su reglamento o acordar en las mismas asambleas sanciones para todos aquellos propietarios o poseedores que no paguen puntualmente las cuotas en las fechas determinadas, como lo son las p***s, multas, intereses moratorios, entre otras sanciones.

CUANDO NACE LA OBLIGACION DE PAGAR CUOTAS.

La obligación de pagar cuotas condominales existe desde el momento mismo en que se constituye el condominio, ya que en su respectivo reglamento se atribuye dicha obligación, sin embargo, la obligación de pagar cuotas nace desde el momento mismo en que una persona adquiere de cualquier modo una o varias Unidades Privativas pertenecientes a un régimen de propiedad en condominio, pues al tratarse de bienes inmuebles esta debe formalizarse mediante escritura pública en la cual se debe contener la obligación al condómino de respetar y cumplir con el reglamento del propio condominio (estatutos), por lo tanto, a partir del momento de la adquisición de la unidad privativa, es cuando nace la obligación de pagar cuotas.

SOLO LOS CONDÓMINOS ESTAN OBLIGADOS AL PAGO DE CUOTAS.

La respuesta es NO, ya que independientemente de que los condóminos sean los propietarios de la Unidad Privativa, puede darse el caso que estos traspasen el inmueble mediante un contrato, siendo el más común el de arrendamiento, por lo que los arrendatarios en este caso al ser ocupantes del inmueble que pertenece a un condominio, son los que tienen que pagar las cuotas condominales, ya que estos son los que gozaran de las áreas comunes que pertenecen al condominio, como por ejemplo la casa club, areas comunes, entre otros.

SE PUEDE VENDER LA UNIDAD PRIVATIVA EXISTIENDO ADEUDO DE CUOTAS.

Debemos diferenciar que los adeudos no son una carga personal, pues tales conceptos de deuda son una carga que pertenece exclusivamente al inmueble, es decir, quien tenga la posesión en cualquier modo, está obligado a dicho pago, esto es porque la persona que tenga la posesión de la unidad privativa gozara de los derechos de un Condómino y gozara también de las áreas comunes del condominio, todo ello gracias al inmueble que pertenece a un condominio.

Existen diversas posibilidades para realizar la venta del inmueble, mencionando solo algunas de la siguiente manera:

a).- El condómino propietario vende su Unidad Privativa con adeudo de cuotas, manifestando el adeudo, por lo que en este caso el comprador, quien será el nuevo propietario no solo adquiere el inmueble sino también todas las obligaciones inherentes al mismo bien, es decir, también adquiere las deudas que recaen sobre la unidad privativa.

b).- El condómino propietario vende su unidad y no manifiesta tener adeudo, sin embargo al adeudo de cuotas si existe, por lo que en este caso en concreto es muy importante el papel que desempeña el Notario Público que realice la escritura respectiva, ya que conforme al artículo 1029 bis del Código Civil del Estado de Jalisco, debe requerir a la parte vendedora la constancia de no adeudo expedida por el administrador del condominio, caso contrario se deben tomar las medidas legales correspondientes para anular dicho acto.

¿SI LOS CONDÓMINOS DEBEN CUOTAS Y NO QUIEREN PAGARLAS QUE SE PUEDE HACER?

Para exigir el pago de las cuotas condominales a propietarios o condóminos que no realicen sus pagos de cuotas, existen dos formas de exigirles el mismo:

a).- Por acuerdo de la Asamblea: En este caso, en la Asamblea General de Condóminos se debe determinar por mayoría de los presentes o conforme al porcentaje que exige la ley, la venta de la unidad privativa del condómino deudor al mejor postor, y de la venta que se haga tomar las cantidades adeudadas por concepto de cuotas y el resto reintegrarlo al condómino moroso, que puede dejar de ser Condómino.

b).- Por vía judicial: En este supuesto, se tienen que cumplir requisitos que exige el artículo 1029 del Código Civil del Estado de Jalisco, el cual será titulo ejecutivo, del que se desprende el derecho de demandar y a su vez embargar bienes suficientes para cubrir el adeudo de cuotas.

¿QUIEN EJECUTA LOS ACUERDOS DE LA ASAMBLEA Y EL COBRO DE CUOTAS?

Es el administrador del condominio, quien ejecuta los acuerdos tomados en todas y cada una de las asambleas del Condominio.

¿POR QUE ES NECESARIO CONTAR CON ASESORIA LEGAL?

Porque, el administrador al ser el encargado de ejecutar los acuerdos tomados en la asamblea, requiere de apoyos jurídicos adicionales, ya que las disposiciones legales de observancia obligatoria en el propio reglamento o en la ley deben de ser adecuadamente interpretadas por expertos jurídicos para su correcta aplicación, además se requiere preparar documentación que respalde los diversos actos del condominio cuyas implicaciones legales deben ser consideradas y estudiadas por un experto, no perdiendo de vista que los acuerdos de Asamblea deberán protocolizarse ante Notario Público dada su importancia y trascendencia.

Siendo algo muy importante y que no debe hacer falta a lo anterior, es que al momento mismo que se designa al administrador del condominio a este se delega la facultad de representación como Apoderado, y en la mayoría de las ocasiones los administradores no son Abogados o Licenciados en Derecho, por lo tanto para hacer cumplir en la vía legal los acuerdos tomados en la asamblea, los administradores deben actuar y estar asesorados por un experto en leyes, conforme lo estipula el artículo 2207 del Código Civil del Estado de Jalisco.

Por ello nuestro despacho jurídico cuenta con una amplia experiencia en esta área, que nos respalda desde hace mas de 15 quince años, quedando nuestros servicios a su alcance. No dude en llamarnos, su tranquilidad lo vale.

LA APOSTILLA  ¿EN QUE CONSISTE?   La Apostilla consiste en certificar ÚNICAMENTE que la firma y el sello de un documento...
27/05/2015

LA APOSTILLA
¿EN QUE CONSISTE?

La Apostilla consiste en certificar ÚNICAMENTE que la firma y el sello de un documento público fueron emitidos por un funcionario público en ejercicio de sus funciones y sus facultades, pero NO CERTIFICA la validez del contenido del mismo.

Ésta facilita la circulación de documentos públicos emitidos en un País para ser reconocidos en el Extranjero, sirve entonces, para disminuir así los trámites necesarios para el reconocimiento de estos en países diferentes al que fueron emitidos.

Se expide a petición de la persona que firma el documento o en su caso, al portador del mismo.

¿DE DONDE PROVIENE?

Esta certificación proviene del Convenio de La Haya del 5 de octubre de 1961, también conocida como la Convención de la Apostilla, firmado en La Haya, que suprime el requisito de legalización de los documentos públicos extranjeros.

La apostilla sólo tiene validez entre los países firmantes de este convenio, por lo que si el país donde se necesita utilizar el documento no pertenece a él, entonces será necesaria una legalización diplomática.

¿QUIÉN LO EXPIDE?

La Apostilla podrá expedirse únicamente por una Autoridad Competente designada por el País de donde emana dicho documento.

Es importante mencionar que la Apostilla no se aplica ni a documentos expedidos por agentes diplomáticos o consulares, ni a los documentos administrativos que se refieran directamente a una operación mercantil o aduanera (como los certificados de origen o los permisos de importación y exportación). Ya que esta, solo aplica en documentos Públicos.

Parte de nuestro compromiso como Abogados y Consultores en Camarena Martinez & Asociates, hacia nuestros clientes es el informarles y sobre todo aclararles sus dudas respecto al trámite que pretenden realizar, dándole así una atención personalizada a cada uno de ellos

SUCESIONES EN LAS EMPRESASLa sucesión es uno de los retos principales que aquejan a las empresas, el puesto de director ...
22/05/2015

SUCESIONES EN LAS EMPRESAS

La sucesión es uno de los retos principales que aquejan a las empresas, el puesto de director general debe recaer en alguien apto para el puesto y no en el hijo favorito.

La imagen habitual que se tiene de una sucesión, se limita al acto de traspaso del mando o de la propiedad, esto a través de un proceso, que si se afronta con naturalidad y con el tiempo, no resulta tan complicada; pero, si se ve como una amenaza, puede convertirse en una pesadilla. "El 33% de las empresas familiares en México llegan a la segunda generación y sólo 13% llegan a la tercera", dijo el presidente de Banamex, Ernesto Torres Cantú.

La sucesión es algo natural y humano, fácil de entender y no tan fácil de aceptar, pero algo crítico con el sentido de la responsabilidad a continuar con la empresa. Para ello es importante tener en cuenta diversas etapas cronológicas que serán de gran utilidad, porque surgirán diferencias entre quien será el sucesor de la empresa, con sus empleados, directivos e incluso con la familia, quienes dejara a un lado el vinculo consanguíneo para buscar un beneficio, sin embargo la finalidad de todos no cambia nunca, esto es: “lograr la continuidad del negocio”.

La confianza es el principal vínculo que debe existir entre el sucesor y todos los demás familiares, por lo que es conveniente prepararlo desde joven y apoyarlo con un mentor que lo dirija durante sus años de formación, para que la sucesión sea un proceso y no un suceso.

Los puntos para lograr la perpetuidad en las empresas familiares que sugerimos son los siguientes:

Propósito: Establecer por qué hay socios y hacia donde van con la empresa familiar.
Políticas: Establecer las reglas de cómo se va a manejar a la empresa y la familia.
Procesos: Preparar en conocimientos, capacidades y aptitudes al sucesor.
Paternidad: Evitar el proteccionismo, nepotismo, arrogancia y darle a cada quien el puesto y el sueldo justo.
Pasión: Ganas de querer seguir adelante con el negocio, de ser la mejor en su industria y de que no muera con la sucesión.

Por ello, nuestro principal reto como Abogados y Consultores en Camarena Martinez & Asociates, es transformar a un empresario común en un magnifico e intuitivo empresario, quien contará con un asesoramiento personalizado, conociendo a fondo su propia empresa, sus peculiaridades y problemas, lo que nos permitirá cubrir y localizar aspectos que puedan ser origen de contingencias, conflictos o reclamaciones, inclusive para orientar una planificación de estructura societaria, protocolos familiares, ordenación de herencias y anticiparnos en las soluciones más eficientes.

05/05/2015

¿Sabes lo curioso que es comprobar como la gente que ha llegado muy lejos en la vida tiene en común esta serie de costumbres? Entra y averigua cuales son

QUE HACE QUE UNA COMPAÑIA CONSIGA RESPETO, ADMIRACION Y APOYO DE SUS CLIENTES?Para empezar, una combinación de innovació...
29/04/2015

QUE HACE QUE UNA COMPAÑIA CONSIGA RESPETO, ADMIRACION Y APOYO DE SUS CLIENTES?

Para empezar, una combinación de innovación, eficiencia, trabajo duro y claridad de objetivos.

BMW Group, Google y Daimler son las tres empresas con mejor reputación en el mundo en 2015, de acuerdo con el ranking anual elaborado por el Reputation Institute. La firma alemana –matriz de las marcas BMW, MINI y Rolls-Royce–, desplazó del primer sitio a The Walt Disney Company, que cayó hasta la sexta posición.

Las tres preguntas que el instituto busca responder a través del estudio, que este año alcanza su quinta edición, son: ¿Qué empresas son más respetadas por los consumidores?, ¿qué motiva a sus clientes a confiar en ellas?, y ¿qué hacen esas firmas para cumplir con las expectativas de su público?

Realizado a través de entrevistas a 61,000 consumidores de 15 países, el reporte está sustentado por la metodología Rep Trak, generada por el propio instituto, que mide la habilidad de las empresas para cumplir las expectativas de sus grupos de interés en 7 áreas clave:

Productos/Servicios
Innovación
Lugar de trabajo
Governanza
Ciudadanía
Liderazgo
Desempeño financiero

La combinación de esos resultados se traduce en una calificación final que puede ir de los 0 a los 100 puntos. Se considera excelente una nota superior a 80, fuerte una que oscile entre 70 y 79, promedio para aquellas entre 60 y 60, débil cualquiera que vaya de 40 a 59 y pobre la de 39 puntos o menos.

Bajo esa consideración, ninguna de las compañías en el ranking global de este año clasificó a la categoría de excelencia. La más cercana fue el BMW Group, que sumó 78.98 puntos.

A nivel global, además del tener nuevo líder de la manada, el top 10 del conteo de este año muestra otros cambios notables, como la llegada de Intel, el trueque de puestos entre Lego (del 9 al 5) y Sony (del 5 al 9) y la salida de Microsoft.

La base de estas empresas es una excelente organización desde como esta conformada la sociedad, los estatutos bajo los cuales trabajan, porcentajes, responsabilidad de cada socio, así hasta llegar a la contratación de sus empleados, contratos firmados y en ocasiones hasta su renuncia previa.

En Camarena Martinez & Associates cuidamos al máximo la reputación de tu empresa, reflejandose en el éxito de la misma.

SOCIEDADES AL 50%, SOCIEDADES SIN FUTUROEs un tema de actualidad lo que esta sucediendo entre los dos socios del Club Ch...
25/04/2015

SOCIEDADES AL 50%, SOCIEDADES SIN FUTURO

Es un tema de actualidad lo que esta sucediendo entre los dos socios del Club Chivas, lo que llama la atención es que tratándose de empresarios con experiencia y dueños de negocios exitosos, al parecer no recibieron una buena asesoría por parte de sus abogados al constituir esta sociedad.

De acuerdo con un documento, publicado por el periódico Milenio, la empresaria tiene el mismo porcentaje que Jorge Vergara, el 50 por ciento de las acciones de Grupo Chivas.
Según muestran los papeles notariales revelados, del 6 de febrero de 2015, Fuentes tiene en sus manos acciones con valor de 936 millones 571 mil 500 pesos, lo que le otorga una cifra idéntica al porcentaje que posee Vergara Madrigal.

En abril pasado, Vergara anunció la destitución de Ángélica por supuestas irregularidades en la administración y en su lugar se designo a Luis Higuera Barberi.

Así como este ejemplo, seguramente usted conoce a alguien que tiene una sociedad constituida al 50-50. Sin embargo, sin una planeación exhaustiva, son empresas que no tienen futuro.

Ya sea al Constituir una Sociedad o se trate de una existente, se necesita un estudio profundo de los estatutos, toda vez que de ellos se desprenderá las condiciones para resolver controversias futuras, es decir, en caso de desacuerdo, que deberá hacerse.

Cuando se es parte de una Sociedad al 50%, en teoría se torna muy fácil la toma de decisiones, sin embargo el verdadero problema surge cuando uno de los socios no está de acuerdo con el punto de vista del otro, entonces al no existir un mecanismo de solución de conflictos previamente establecido, la empresa corre el riesgo de que mientras tanto, no se obtengan los acuerdos necesarios en el momento preciso, decisiones necesarias para lograr los objetivos y/o actividades para las que fue creada la empresa.

Si usted interesado en constituir una sociedad, en Camarena Martinez & Associates tenemos la mejor disposición para asesorarlo y así poder evitar problemas futuros.

Dirección

Ajijic
45920

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando Camarena Martinez & Associates publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

Contacto La Empresa

Enviar un mensaje a Camarena Martinez & Associates:

Compartir