11/02/2026
Pues no lo había dicho y en el despacho ya se había conseguido 😎
La SCJN determinó que, al calcular la compensación económica en el divorcio, pueden considerarse los bienes adquiridos durante el matrimonio aunque el cónyuge deudor los haya sacado de su patrimonio antes de la sentencia, si se demuestra que fue para evadir su obligación. El objetivo: proteger la igualdad entre cónyuges y evitar la violencia patrimonial. Puedes consultar mas en el siguiente link:https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2030995