01/10/2025
Nota del Ministerio del Interior (2 de septiembre 2025)
📅 Según la Nota del Ministerio del Interior del 2 de septiembre de 2025, se establece un procedimiento digitalizado para la gestión del contrato de residencia de trabajadores extranjeros, conforme al art. 22, comma 6, del D.Lgs. 286/1998. Este procedimiento busca garantizar rapidez, seguridad y trazabilidad en los trámites de ingreso y residencia en Italia.
De acuerdo con esta normativa, dentro de los 8 días posteriores al ingreso del trabajador en Italia, el empleador y el trabajador deben suscribir el contrato de residencia, preferiblemente mediante firma digital o firma electrónica cualificada. Se permite también la firma autógrafa del trabajador, siempre que el empleador la certifique digitalmente.
Toda la gestión se realiza mediante el Portale Servizi ALI, sección Sportello Unico Immigrazione. El empleador recibe una PEC que confirma la emisión del visado y debe registrar la fecha y lugar de ingreso del trabajador en el portal. Posteriormente, recibe otra PEC con el código fiscal definitivo y una tercera con el contrato de residencia, que debe firmar digitalmente y cargar en el portal. Si corresponde, se activa también la firma del Acuerdo de Integración, condición necesaria para obtener el permiso de residencia según el art. 4-bis, comma 2, del Testo Unico.
Una vez validada por el Sportello Unico, el empleador recibe vía PEC los Módulos 1 y 2 del Modelo 209, que deben entregarse al trabajador para solicitar el permiso de residencia en oficinas postales y en la Questura competente. Hasta la distribución oficial de sobres postales (prevista para octubre de 2025), estos deberán adquirirse y completarse según las instrucciones enviadas por PEC.
✅ Este procedimiento garantiza que todas las etapas sean más rápidas, seguras y trazables, evitando errores y problemas legales que puedan afectar la entrada y estancia de trabajadores extranjeros en Italia.
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