29/05/2026
ATRIBUCIÓN DEL USO DE LA VIVIENDA FAMILIAR Y ABUSO DE DERECHO
Como siempre digo, uno de los mayores problemas que tenemos en materia de derecho de familia es el relativo al uso de la vivienda familiar.
La reforma del artículo 96.1 del Código Civil en el año 2021 fue todo un acierto; sin embargo, no me parece suficiente.
En el caso que me ha traído hoy a Madrid se acordó la atribución del uso de la vivienda familiar en el año 2009, es decir, hace 17 años; el hijo ya ha alcanzado la mayoría de edad y, aun así, la demandada se opone a que se extinga la atribución del uso de la vivienda familiar, lo cual, después de 17 años, me parece un claro abuso de derecho.
En mi opinión, en esta materia, la mejor legislación es la francesa, en la que cuando una pareja se divorcia se liquida la vivienda familiar y ambos ex cónyuges pueden rehacer su vida.
Esperemos que algún día el legislador español copie la legislación francesa.
Feliz fin de semana