Miguel Rivera Abogado MR Abogados

Miguel Rivera  Abogado MR Abogados Despacho de Abogados fundado en 1997 por su actual titular Miguel Rivera Marcos. Con sede en Zaragoza en la Calle Jerónimo Blancas, 2º 4ª A.

Teléfono 976 23 25 91

25/11/2018

DEFENDER A UN ASESINO

No hace mucho tiempo que escribía sobre la renuncia de un abogado a defender a su cliente por motivos éticos referidos al concreto delito del que el cliente era objeto de la acusación, todo ello a la luz de una noticia de prensa.
Si no recuerdo mal, en dicho asunto la designación era por Turno de Oficio donde la posibilidad que tiene el abogado de abandonar una defensa está muy limitada, dado que si no, no se podría garantizar a todos el derecho constitucional a la defensa, es decir a tener un abogado que le defienda, derecho básico en un estado democrático y de derecho como el nuestro.
Ahora vuelve a saltar la noticia respecto otra renuncia en un caso de los denominados mediáticos.
Según lo leído en prensa, una letrada manifiesta que dejará la defensa de su defendido si existe el más mínimo indicio de que su defendido está implicado en el homicidio de su expareja.
En primer lugar no sé si exactamente la letrada ha dicho esto o no lo ha dicho y en todo caso todo letrado está en su legítimo derecho de renunciar a la defensa de un cliente, incluso sin dar motivos para dicha renuncia, algo que no es solo un derecho del abogado sino una garantía de buena defensa para el defendido, pues si un letrado por conciencia o por otro motivo no puede o quiere defender a alguien lo correcto es renunciar.
Esto me sirve para volver a reiterar, el motivo por el cual, yo si seguiría defendiendo a un cliente del que hubiera indicios de que fuese culpable de homicidio, y eso no quiere decir, por supuesto, que esté de acuerdo con que se mate a alguien.
Esta postura mía, compartida por muchos otros abogados, yo diría que por la mayoría pero no tengo datos para afirmarlo con seguridad, es la esencia del trabajo del abogado. El abogado no está en el procedimiento para juzgar a su cliente y no puede valorar su posible culpabilidad, ni es imparcial, ése es el trabajo de Juez. El abogado es parcial, en el mejor significado de dicha palabra porque defiende los intereses de la parte.
Pese a lo dicho el abogado busca la Justicia, que se haga justicia, puesto que sin una defensa de la postura del acusado no existe justicia, si no en su caso linchamiento.
Todo acusado tiene derecho a una defensa, si no creemos en esto nos apartamos de una de las máximas del estado democrático y nos acercamos al estado dictatorial.
Que a una persona se le acuse de algo, por muchos indicios que existan de su autoría no lo convierte en culpable, e incluso estando ya sentenciado tiene derecho a que alguien vele por sus derechos, y éste es el abogado defensor. Para el que no es abogado esto es lo más difícil de explicar, pero no se puede encarcelar a alguien y tirar la llave.
Todos hemos sido testigos alguna vez de situaciones en las que una vez que se producen unos hechos, de todos los presentes, hay distintas versiones, algunas claramente instaladas en la burda mentira, la hipocresía o el oportunismo de hacer daño a otro, pero otras muchas en la verdadera y sincera forma de ver unos mismos hechos por varios presentes de forma distinta y hasta contraria.
Si te pones en el puesto de alguien acusado injustamente de algo, o si has estado en ese puesto ya, entenderás mucho mejor.
Yo, como muchos, he defendido y defenderé a presuntos asesinos, al igual que un bombero rescatará de las llamas o un médico operará con la mayor diligencia que pueda a un presunto delincuente, por más execrable que sea su delito.
Yo, como muchos, creo firmemente en que nadie es culpable hasta que se demuestre lo contrario y que todos tenemos derecho a la defensa y a un juicio justo.
Hay que recordar que nunca el fin justifica los medios.

No hay dinero en el mundo que compense pasar 25 años encarcelado siendo inocente.No solo sucede esto en USA, también en ...
18/01/2018

No hay dinero en el mundo que compense pasar 25 años encarcelado siendo inocente.
No solo sucede esto en USA, también en España, elige bien a tu abogado y se leal con él, será tu último recurso.

La Fiscalía General de Michigan ha asegurado que se indemnizará al ciudadano después de haber demostrado que las pruebas con las que se le incriminó eran falsas

09/11/2017

Las personas por el mero hecho de nacer somos acreedores de derechos que llamamos fundamentales. En los países democráticos se reconocen en las Constituciones. Los ciudadanos de estos países podemos hacerlos cumplir, tanto a otros ciudadanos, como a los poderes públicos, acudiendo incluso a los tribunales. Para los que somos creyentes, existe o eso creemos la Justicia Divina. Para los ateos, agnósticos y demás, existe la moral, la conciencia, el derecho natural. Hasta el mayor criminal tiene esos derechos reconocidos.
Pero al final, cuando las cosas se tuercen, cuando los poderes se enrocan, cuando las personas se vuelven egoístas y olvidan que los demás también tienen los mismos derechos que ellos, solo queda a tu lado una persona que vela por el cumplimiento de todos esos derechos, TU ABOGADO, se leal con él.

DELITOS POR EXCESO DE VELOCIDAD O ALCOHOLComo consejo de abogado vale el viejo dicho si bebes no conduzcas, al que añado...
17/11/2016

DELITOS POR EXCESO DE VELOCIDAD O ALCOHOL
Como consejo de abogado vale el viejo dicho si bebes no conduzcas, al que añado si vas deprisa no corras demasiado. ¿Pero cuanto tenemos que beber o cuanto debemos de pasarnos del límite permitido de velocidad para cometer un delito?
El alcohol al soplar no debe superar 0.6 mgr por litro que equivale a 1.2 mgr por litro en sangre o habiendo dado positivo inferior que conduzcamos influidos por la ingesta de bebidas alcohólicas o dr**as, es decir que por las circunstancias en las que nos paren se pueda inferir riesgo para el tráfico.
Es decir que al soplar no te de 0.6. si te da más de 0.25 sería una sanción administrativa pero no un delito.
En cuanto a la velocidad, superar en 60km/h la limitación que exista dentro de la ciudad y en 80 km/h limitación que exista si es fuera de la ciudad, es decir 110 km/h dentro de la ciudad y 200 km/h en autopista. ¡Ojo! que en una carretera limitada a 100 ir a 180 ya es delito o en un tramo que esté limitado por ejemplo a 80 ir a 160 también es delito. Hay que sumar 60 al límite dentro de la ciudad y 80 al límite de vías fuera de la ciudad.
Os pongo una tabla sacada de una publicación de la DGT que pone ejemplos para intentar responder la pregunta ¿Cuándo me da si bebo... tal o cual?
MIGUEL RIVERA
A B O G A D O

DELITOS POR EXCESO DE VELOCIDAD O ALCOHOL      Como consejo de abogado vale el viejo dicho si bebes no conduzcas, al que...
17/11/2016

DELITOS POR EXCESO DE VELOCIDAD O ALCOHOL
Como consejo de abogado vale el viejo dicho si bebes no conduzcas, al que añado si vas deprisa no corras demasiado. ¿Pero cuanto tenemos que beber o cuanto debemos de pasarnos del límite permitido de velocidad para cometer un delito?
El alcohol al soplar no debe superar 0.6 mgr por litro que equivale a 1.2 mgr por litro en sangre o habiendo dado positivo inferior que conduzcamos influidos por la ingesta de bebidas alcohólicas o dr**as, es decir que por las circunstancias en las que nos paren se pueda inferir riesgo para el tráfico.
Es decir que al soplar no te de 0.6. si te da más de 0.25 sería una sanción administrativa pero no un delito.
En cuanto a la velocidad, superar en 60km/h la limitación que exista dentro de la ciudad y en 80 km/h limitación que exista si es fuera de la ciudad, es decir 110 km/h dentro de la ciudad y 200 km/h en autopista. ¡Ojo! que en una carretera limitada a 100 ir a 180 ya es delito o en un tramo que esté limitado por ejemplo a 80 ir a 160 también es delito. Hay que sumar 60 al límite dentro de la ciudad y 80 al límite de vías fuera de la ciudad.
Os pongo una tabla sacada de una publicación de la DGT que pone ejemplos para intentar responder la pregunta ¿Cuándo me da si bebo... tal o cual?
MIGUEL RIVERA
A B O G A D O

07/11/2016

LOS EXCESIVOS HONORARIOS DE LOS ABOGADOS
Hay muchas cosas que damos por ciertas o por irrefutables, que son así, que todo el mundo lo sabe de buena tinta y nadie entra a discutirlas. Se convierten así en tópicos, pero no en la acepción primera que figura en el Diccionario de la Lengua Española, como dicho de una expresión vanal o muy utilizada, sino en la sexta, que habla más en términos de fórmulas o clichés fijos y admitidos.
Así parece algo evidente que los abogados, sin excepción tenemos unos honorarios excesivos, y todo el mundo asocia estos dos conceptos, abogados y honorarios altísimos.
Nadie piensa en que tipo de servicio prestamos o como se prestan esos servicios, nadie piensa en comparar el coste de un servicio de un abogado con cualquier otro servicio o producto, por ejemplo una reparación doméstica o de un vehículo.
Todo el trabajo del abogado es artesanal, y no solo requiere de empleo directo de mano de obra muy cualificada, sino de unos conocimientos técnicos cambiantes y de continua evolución.
Cuanto costaría o cuesta un traje hecho a mano y a medida. ¡Ojo! Incluida la producción a mano de la tela, no solo el corte y la confección.
Hoy por hoy todo el trabajo del abogado reside en su cerebro y en sus manos, no hay máquina o electrónica que pueda suplir o abaratar los costes de su trabajo, por lo que sus honorarios, en la mayoría de los casos lejos de ser excesivos infravaloran el trabajo prestado.
Si presenta un escrito debe pensarlo y tener la formación para realizarlo y finalmente escribirlo sin más ayuda que un procesador de textos, y si va a juicio tiene que hablar y alegar en directo, no hay trabajo en cadena, no hay reducción de costes, no se puede enviar al tercer mundo para que se preste el servicio por un puñado de arroz como lo hacen las grandes multinacionales.
El trabajo es artesanal, muy cualificado y totalmente personalizado.
Busque cualquier trabajo con esas características y valórelo, seguro que el importe de su coste en muy superior a lo que le cobró su abogado.

10/01/2014
08/01/2014
06/03/2013

Números de teléfonos que tienes que llevar siempre en la agenda del móvil para no coger la llamada que identifique

El de la mujer o el marido
El de hacienda
El del banco que te dio la hipoteca
El del casero que te alquiló el piso
El de la Guardia Civil de Tráfico
El de la Policía local
Y el de todos a los que debes dinero

Y uno solo para poder llamar una vez que no has cogido varias veces las llamadas de los anteriores

EL DE TU ABOGADO

06/03/2013

Un consejo si tienes la desgracia de ser despedido, siempre firma la carta y el finiquito con la fórmula NO CONFORME y si recibes alguna cantidad RECIBIDO A CUENTA NO CONFORME

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50001

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