Gómez & Losada Abogados

Gómez & Losada Abogados Gómez y Losada Abogados está formado por un equipo de abogados con amplia experiencia litigando en

Malas noticias para las familias monoparentales, el Tribunal Supremo ha rechazado los permisos dobles en familias monopa...
08/03/2023

Malas noticias para las familias monoparentales, el Tribunal Supremo ha rechazado los permisos dobles en familias monoparentales tras el nacimiento de un hijo. De esta forma el Supremo unifica doctrina jurisprudencial y deja el permiso en 16 semanas sin posibilidad de aumentar a 32.

21/12/2016

¿AFECTADO POR APORTACIONES FINANCIERAS SUBORDINADAS DE EROSKI? Según jurisprudencia reciente del Tribunal Supremo, el plazo para interponer Demanda y recuperar tu dinero finaliza el próximo 31 de enero de 2017. ¡Aún estás a tiempo! ¡En GÓMEZ & LOSADA Abogados te ayudamos! Contacta con nosotros, llámanos al 945140528. GÓMEZ & LOSADA Abogados, en Avenida de Gasteiz 22 bis oficina 5, Vitoria-Gasteiz.

09/09/2015

La nueva ley, que entrará en vigor el 1 de enero de 2016, permite incrementar

02/07/2015

Ya está en vigor la llamada "LEY MORDAZA". Desde Gómez&Losada Abogados os queremos comentar brevemente las novedades que ésta incluye:

Las claves de esta "Ley de Protección Ciudadana" son las siguientes:

1.- Prohibición de manifestarse frente al Congreso, Senado o Parlamentos Autonómicos: se considerará una infracción cualquier "perturbación grave de la seguridad ciudadana" que se produzca frente a las referidas sedes aunque los representantes públicos no estén reunidos en ese momento.

2.- Desahucios: La nueva Ley permite a la policía sancionar a aquellos que obstruyan a cualquier autoridad, empleado público o corporación oficial en el cumplimiento o la ejecución de acuerdos o resoluciones administrativas o judiciales por lo que ya no podremos manifestarnos para intentar evitar un desalojo.

3.- Prohibición de fotografiar o filmar a Policías: las grabaciones de vídeo han permitido en numerosas ocasiones captar abusos policiales y servir como prueba en juicio. Sin embargo, con la nueva ley “el uso no autorizado de imágenes o datos personales o profesionales” de policías “que pueda poner en peligro la seguridad personal o familiar de los agentes, de las instalaciones protegidas o en riesgo el éxito de una operación” se sancionará.

4.- Los agentes multarán “el escalamiento de edificios o monumentos sin autorización cuando exista un riesgo cierto de que se ocasionen daños a las personas o a los bienes".

5.- La resistencia pacífica y las sentadas:se podrá sancionar a quienes se nieguen a disolver reuniones y manifestaciones en lugares públicos una vez lo ordene la autoridad competente.

02/07/2015

El Tribunal Supremo desautoriza la tesis de muchos juzgados y tribunales para denegar la custodia compartida Posted on 30 junio, 2015 by admin in Principal El argumento de muchas Sentencias para no acordar la guarda conjunta es que si los progenitores pactaron en su día en el convenio regulador la c…

Información útil para los clientes de Movistar Fusión
08/05/2015

Información útil para los clientes de Movistar Fusión

Tienes derecho a irte de Movistar Fusión con una indemnización por la subida de precios. Blogs de . Tanto si ya te han subido la tarifa mensual, como si lo hacen en los próximos días, debes saber que no solo no está justificado que Telefónica te penalice, sino que es la compañía quie…

23/03/2015

DERECHO DE FAMILIA, GASTOS ORDINARIOS Y GASTOS EXTRAORDINARIOS:

Buenas tardes!! Sois muchos los que venís al despacho con dudas sobre que conceptos están incluidos en los gastos ordinarios (aquellos que están incluidos en la pensión ordinaria de alimentos) y cuales son extraordinarios (aquellos que no están incluidos en la referida pensión). Desde aquí queremos dejaros un breve resumen para aclarar vuestras dudas.
Son ordinarios:
1. Los gastos por enseñanza obligatoria, primaria y secundaria, cuotas de colegio y matrícula, o material escolar previsible y periódico.
2. Los gastos de guardería son previsibles.
3. Las cuotas de la asociación de padres, vestuario, uniforme y ropa deportiva para las actividades de esta índole dentro de la enseñanza reglada.
4. Los gastos por transporte y comedor escolares
5. Las actividades extra-escolares si ya tenían lugar cuando se pactó o estableció la pensión o en tal momento era previsible su devengo.
6. Medicamentos de uso frecuente.

Son extraordinarios:
1. Las clases de repaso o apoyo si existe necesidad o conveniencia de tales clases, a la vista del expediente académico del hijo.
2. Las actividades extra-escolares si se revelan necesarios o indispensables para el desarrollo integral del menor.
3. Los gastos médicos, terapéuticos o farmacéuticos que necesite el hijo y no estén cubiertos por la Seguridad Social. Los tratamientos terapéuticos, no cubiertos por la Seguridad social que se estimen necesarios para la recuperación.
4. Los producidos por el cuidado de la salud e higiene bucal y ortodoncia.
5. La adquisición de gafas, no cubierta por la Seguridad Social.

Hemos intentado reflejar los conceptos más comunes que normalmente nos preguntais, si teneis más dudas sobre el tema podeis concertar una cita con nosotros llamando al 945140528 o por e-mail a [email protected] Estamos en Vitoria en la Avenida de Gasteiz 22 bis oficina 5. Gómez & Losada tus Abogados de confianza en Vitoria-Gasteiz.

¡POR FIN! Tras dos años de lucha entre todos los abogados y procuradores ¡¡lo hemos conseguido!! Se acabó el tasazo judi...
12/03/2015

¡POR FIN! Tras dos años de lucha entre todos los abogados y procuradores ¡¡lo hemos conseguido!! Se acabó el tasazo judicial para las personas físicas. Se acabó pagar 800 euros de tasa por un Recurso. Se acabó pagar más de 300 euros de tasa por interponer una demanda de procedimiento ordinario. Por fin JUSTICIA PARA TODOS! Exención de la tasa regulada por el RD Ley 1/2015 de 27 de febrero (publicado en el BOE el 28 de febrero de 2015) con vigencia a partir del 1 de marzo de 2015.

NOVEDOSA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO SOBRE LA POSIBILIDAD DE SUSPENDER TEMPORALMENTE LA PENSIÓN ALIMENTICIA DE LOS HI...
12/03/2015

NOVEDOSA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO SOBRE LA POSIBILIDAD DE SUSPENDER TEMPORALMENTE LA PENSIÓN ALIMENTICIA DE LOS HIJOS MENORES DE EDAD EN CASO DE QUE EL PROGENITOR OBLIGADO AL PAGO CAREZCA DE MEDIOS ECONÓMICOS.

Hoy desde Gómez & Losada Abogados queríamos hablaros de la pensión alimenticia que el progenitor no custodio debe abonar para el mantenimiento de los hijos comunes.
Hasta ahora, los tribunales venían fijando siempre un mínimo vital en torno a 80-150 euros por hijo menor. Esta cantidad se fijaba incluso en el caso de que el progenitor obligado careciese por completo de ingresos sin embargo, recientemente, el Tribunal Supremo ha dictado una Sentencia pionera según la cual quien no tenga medios económicos para su propio sustento podrá solicitar la suspensión temporal de la obligación de pagar dicha pensión.
Esta Sentencia la nº 55/2015 de 12 de febrero establece que cabe admitir la suspensión del pago de la pensión de los hijos menores de edad aunque sólo de forma muy excepcional con criterio restrictivo y temporal.

14/10/2014

La Fiscalía de Álava pide dos años y seis meses de cárcel para un hombre que presentó una demanda de divorcio contra su mujer y en la que, entre otras cosas, ocultó la existencia d

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