05/01/2021
Mediante recursos como la energía y el agua desarrollamos las actividades más esenciales de nuestras vidas, su restricción constituye una vulneración de los derechos humanos, concretamente al desarrollo de una vida digna:
➡️Art. 25.1 Declaración Universal de Derechos Humanos: 1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
➡️Art. 11.1 Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales: Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia (...)
➡️Art. 47 CE: Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho (...)
Más de 300 personas han llevado su protesta a las puertas de la empresa responsable de suministrar energía eléctrica a los sectores 5 y 6 que llevan 94 días sin luz. Desde la compañía argumentan que "son las administraciones las que deben dar la orden”.