24/09/2026
¿No te pagan la pensión? ¡Te contamos como reclamar!
Una pensión de alimentos impagada puede reclamarse, pero conviene saber cómo hacerlo.
Cuando una pensión de alimentos no se paga, no es una simple deuda pendiente.
Si existe una sentencia o convenio aprobado judicialmente que fija una pensión de alimentos para tus hijos y no se paga, puedes actuar por dos vías:
· Vía civil: a través de la ejecución de la sentencia. Se solicita al Juzgado que obligue al pago de las cantidades pendientes, pudiendo acordar el embargo de cuentas bancarias, nóminas, devoluciones de la Agencia Tributaria, vehículos o cualquier otro bien del deudor.
Por esta vía, podrás reclamar las mensualidades impagadas de los últimos 5 años.
· Vía penal: hablaríamos de un delito de abandono de familia del artículo 227 del Código Penal.
Este delito se lleva a cabo con el impago de 2 mensualidades consecutivas o, en su defecto, 4 no consecutivas.
El delito lleva aparejada una pena de prisión de 3 meses a 1 año o multa de 6 a 24 meses, además del pago de las cantidades adeudadas.
El requerimiento previo a la vía judicial es recomendable: permite acreditar que la reclamación es conocida por el deudor, dar alternativa de pago y ofrecer una posible solución antes de acudir a la vía judicial.
Además de acreditarse la buena fe por el acreedor a efectos del pago por el deudor de las costas procesales, así como interrumpir el plazo de prescripción de los 5 años.
Si no se está pagando la pensión de alimentos, consúltanos antes de dejar pasar más mensualidades.