28/07/2026
Hoy compartimos una resolución de especial relevancia obtenida por nuestro despacho.
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha condenado a una mutua a indemnizar con 44.921€ a un trabajador que, tras un accidente laboral in itinere, sufrió una deficiente asistencia sanitaria que terminó obligándole a llevar una prótesis de cabeza radial que pudo haberse evitado.
El TSJ CyL considera acreditado que la fractura presentaba un desplazamiento que hacía necesario un tratamiento quirúrgico desde el primer momento. Sin embargo, se mantuvo un tratamiento conservador durante meses, retrasando la actuación hasta que la lesión evolucionó a una necrosis irreversible, haciendo inevitable la implantación de la prótesis.
Este asunto pone de manifiesto una cuestión fundamental: las mutuas no solo tienen el deber de atender a los trabajadores accidentados, sino de hacerlo conforme a la lex artis. Cuando una actuación médica inadecuada agrava las lesiones y ocasiona secuelas que podían haberse evitado, existe responsabilidad y el perjudicado tiene derecho a ser indemnizado.
En este caso se hace patente, además, una clara sucesión de graves errores perpetrados por una Mutua, a la que se le presupone gran experiencia en el tratamiento de accidentes laborales.
Si quieres saber más, la noticia completa en el siguiente enlace:
El vigilante sufrió un accidente en patinete de regreso del trabajo / El TSJCyL asegura que tenía la cabeza del radio desplazada de forma muy evidente y la mutua no acertó en el tratamiento